Clasificacion Del Derecho- Legislacion Venezolana
CarG24 de Noviembre de 2012
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Clasificación del Derecho
• Derecho Objetivo: Es el conjunto de normas jurídicas que forman la maquinaria jurídica, que rigen la conducta humana en la vida social, a fin de atribuir a una persona determinadas facultades para exigir a otra persona el cumplimiento de su deber.
• Derecho Subjetivo: Es la prerrogativa, el poder o la facultad con que cuenta una persona para reclamar el cumplimiento de las normas jurídicas y que considera le favorecen.
• Derecho Interno: Conjunto de normas jurídicas que rigen los actos de los individuos cuando se realizan dentro de un territorio nacional o estado.
• Derecho Externo: Conjunto de normas jurídicas que rigen las relaciones entre estados.
• Derecho Público: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones del estado, como ente soberano, con los ciudadanos o con otros estados.
• Derecho Privado: Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones de los particulares entre sí.
• Derecho Vigente: Conjunto de normas jurídicas que en un lugar y tiempo determinado el estado impone como obligatorias. Es aquel que no ha sido derogado ni abrogado.
• Derecho Positivo: Es el conjunto de normas que se aplican efectivamente en un tiempo y lugar determinado. Esta clasificación del Derecho es abordada más adelante en este trabajo.
• Derecho Natural: Es el conjunto de normas y principios deducidas por la razón humana, anteriores y superiores a las normas del derecho positivo. Igualmente, esta clasificación del Derecho es abordada más adelante en este trabajo.
El Derecho Privado
Se divide a su vez en:
• Derecho Civil: Es la rama del derecho que se ocupa del estudio de las relaciones civiles de los individuos entre sí como particulares, su estado, su capacidad, la organización de la familia, el régimen de los bienes y el estudio de los contratos
• El Derecho Mercantil: Se ocupa del estudio de las relaciones civiles de los individuos como particulares cuando éstos tienen el carácter de comerciantes o, sin serlo ejecutan actos de comercio.
• Derecho Del Trabajo: Se ocupa de estudiar las relaciones de los individuos particulares, que guardan la situación de ser patrones y trabajadores.
El Derecho Público
Se ramifica en:
• El Derecho Constitucional: Se ocupa de determinar la forma del Estado como representante jurídico de una Nación; así como determinar la extensión de los derechos de esos poderes respecto a los individuos como tales y como ciudadanos.
• El Derecho Administrativo: Tiene por objeto la organización y funcionamiento de los poderes públicos, en cuanto constituyen un gobierno o poder ejecutivo y determina la organización y la actividad, a la vez jurídica y técnica de ese poder en su aspecto de administración pública, es decir de poder ejecutivo, así como la extensión de sus facultades y prerrogativas frente a los particulares.
• Derecho Penal: Determina los delitos y las sanciones que deben ponerse a quienes las cometen.
• Derecho Procesal Civil: Tiene por objeto la organización de los tribunales civiles, su competencia y su jurisdicción, así como la determinación de los procedimientos que deben seguirse para hacer efectivos, es decir para realizar los derechos civiles de los particulares, como tales, mediante un procedimiento formal llamado proceso.
• Derecho Procesal Penal: Tiene por objeto la organización de los tribunales represivos, su competencia y la determinación de los procedimientos que deben seguirse para la averiguación de los delitos y castigo de los responsables de ellos.
• Derecho Internacional Público: Determina los derechos y los deberes respectivos de los estados en sus relaciones mutuas.
• Derecho Internacional Privado: Tiene como principal objeto la resolución de los conflictos
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