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Comisiones Mixtas De Seguridad E Higiene


Enviado por   •  11 de Marzo de 2015  •  2.081 Palabras (9 Páginas)  •  455 Visitas

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2.5 COMISIONES MIXTAS DE SEGURIDAD E HIGIENE

Antecedentes

• En 1911 nace a partir de la creación del Departamento del Trabajo -- él cual tenía como propósito solucionar los problemas laborales que se gestaban en plena revolución.

• En 1928 se crea en la sección de higiene y seguridad -- para atender las consultas y reclamaciones por riesgos laborales en el trabajo la cual dependía del Departamento del Trabajo y éste a su vez de la Secretaría de Industria y Comercio. En 1931 fue la promulgación de la primera Ley Federal del Trabajo como consecuencia, el Departamento del Trabajo obtuvo su autonomía en 1932 con las siguientes funciones: aplicar la Ley Federal del Trabajo, buscar soluciones a los conflictos laborales y desarrollar una política de previsión social e inspección.

• Por ley se considera que debe haber por lo menos una Comisión Mixta de Seguridad en cada empresa.

• El Artículo 509, de la Ley Federal del Trabajo dice que en cada empresa o establecimiento se organizarán las comisiones de seguridad e higiene que se juzgue necesarias, compuestas por igual números de representantes de los trabajadores y del patrón, para investigar las causas de los accidentes y enfermedades, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.

¿Qué son las comisiones mixtas de higiene y seguridad?

• Una comisión o comité de seguridad es un medio eficaz para interesar y educar a grandes cantidades de personas en una determinada actividad. También sirven para poder obtener la cooperación, coordinación e intercambio de ideas entre las personas que no serían capaces de reunirse por voluntad propia.

• La Comisión Mixta General es la encargada de determinar las labores que se consideran como insalubres y peligrosas, determinando las condiciones de trabajo, elementos de protección, higiene y prevención, y en general de los riesgos profesionales o de trabajo que se requieran, establecer los lineamientos generales para que se proporcionen los servicios y elementos de higiene y prevención de accidentes de trabajo y /o enfermedades profesionales en cada uno de los centros de trabajo.

Al iniciar una comisión, debe prepararse una declaración escrita indicando:

a) Misión o responsabilidad del comité.

b) Autoridad.

c) Presupuesto.

d) Procedimientos. (frecuencia de las reuniones, orden del día, exigencia en cuanta asistencia, minutas o actas, etcétera.)

e) Objetivo.

a. Salvaguardar la vida y preservar la salud y la integridad física de los trabajadores por medio del dictado de normas encaminadas a que se les proporciones sus derechos y obligaciones.

¿Cómo deben integrarse?

Las Comisiones Mixtas de Seguridad e Higiene deberán integrarse con igual número de representantes obreros y patronales, en un plazo no mayor de 30 días a partir de la fecha en que inicien sus actividades los centros de trabajo y de inmediato en donde no existan.

El número total de representantes en las Comisiones, debe ser en relación con el número de trabajadores que laboren en cada división, planta o unidad, en la siguiente forma.

• Para un número de trabajadores no mayor de veinte, un representante de los trabajadores y uno de los patrones.

• De veintiuno a cien trabajadores, dos representantes de los trabajadores y dos de los patrones.

• Para un número mayor de cien trabajadores, cinco representantes de los trabajadores y cinco de los patrones.

Se podrán nombrar más representantes si así se considera necesario. Por cada representante propietario, se debe designar un suplente.

Importancia de las comisiones.

Las comisiones son el organismo por el cual el patrón conoce las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:

• El cumplir con las normas establecidas en las leyes de seguridad e higiene para evitar sanciones o accidentes.

• Mantenimiento del equipo y maquinaria de trabajo: calculando el tiempo de vida de la maquinaria a fin de evitar accidentes de trabajo.

• Aplicación de políticas de seguridad e higiene: por parte del patrón se debe cumplir con la creación y continuo mantenimiento de las comisiones de seguridad e higiene para encontrar los actos inseguros y de riesgo, para los compañeros de trabajo ya que son ellos los directamente afectados por algún accidente de trabajo, pudiendo llegar a perder hasta la vida.

• Participación de los responsables de las comisiones de seguridad e higiene: la secretaría de trabajo y previsión social debe exigir, orientar y ayudar al patrón, este a su vez debe exigir formar y ayudar a organizar las comisiones mixtas de seguridad e higiene.

• Aplicación de programas de preventivos de seguridad e higiene: el patrón debe capacitar, adiestrar, motivar a los trabajadores esto se verá reflejado en la disminución de los accidentes.

• Eficientar los sistemas de información del trabajador: esto se logra poniendo un periódico mural, juntas de evaluación e informativas, cartas personales.

• Manejo adecuado del equipo de protección personal: motivar y capacitar al personal para usar la maquinaria que se utiliza.

Deberes de los miembros de una empresa:

Trabajador.

• Denunciar los riesgos de trabajo en la empresa a su comisión mixta de seguridad e higiene: a fin de levantar un acta para que quede constancia del el previo aviso a fin de que alguien que no lo ha visto salga dañado o muerto de ese acto inseguro.

• Proponer mejorar en los procesos de trabajo: esto es con el fin de que el trabajador este más a gusto, rinda más y evitar un accidente por apatía o descuido, logrando un mejor desempeño de su tarea.

• Participar en las actividades de seguridad e higiene: esto se logra motivando al trabajador con asociar al trabajador con los demás compañeros.

Sindicato.

• Vigilar el cumplimiento de las normas referentes

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