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Consideraciones Del Iva


Enviado por   •  8 de Marzo de 2015  •  687 Palabras (3 Páginas)  •  239 Visitas

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13.- ¿Cuáles son los contribuyentes o giros a los que están afectos a la retención? R= ART. 1-A LIVA Honorarios arrendamiento

I. Sean instituciones de crédito que adquieran bienes mediante dación en pago o adjudicación judicial o fiduciaria.

II. Sean personas morales que:

a) Reciban servicios personales independientes, o usen o gocen temporalmente bienes, prestados u otorgados por personas físicas, respectivamente.

b) Adquieran desperdicios para ser utilizados como insumo de su actividad industrial o para su comercialización.

c) Reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas físicas o morales.

d) Reciban servicios prestados por comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.

III. Sean personas físicas o morales que adquieran bienes tangibles, o los usen o gocen temporalmente, que enajenen u otorguen residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.

14.- ¿Cuál es la base de retención en el caso de honorarios y arrendamiento? R= El iva efectivamente pagado

15.- De acuerdo al reglamento ¿Cuánto se les debe retener? R= Art 3 RIVA Fracc I 2/3 partes del IVA efectivamente pagado

16.- En el caso de transporte de bienes ¿Qué porcentaje se les retiene? R= Art 3 RIVA 4%

17.- ¿Cuál es la base para el cálculo de la retención en transporte de bienes? R= El valor de la contraprestación efectivamente pagada

18.- ¿Está gravado el transporte de pasajeros? R= Si, Art 14 LIVA

19.- ¿Qué sección de transporte de pasajeros está exenta de IVA? R= ART 15 LIVA Fracc V Áreas urbanas, suburbanas, o en zonas metropolitanas

20.- ¿Qué es el flujo de efectivo? R= Estado de cuenta que refleja y nos dice cuanto efectivo nos queda después de haber pagado los gastos, los intereses y el pago en concepto del capital. Entonces, más formalmente, el flujo de efectivo es un estado de tipo contable que nos brinda la información sobre los movimientos de efectivo que ha habido y sus equivalentes (Cobrado y pagado)

21.- ¿Para qué se considere una operación totalmente pagada que se debe hacer? Art 1-B LIVA se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban en efectivo, en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o a cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción

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