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Constitución de Sociedad Anónima.


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2016  •  Apuntes  •  1.424 Palabras (6 Páginas)  •  178 Visitas

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Constitución de Sociedad Anónima

ESCRITURA NUMERO...: Ante mí..., Notario Público con oficina en la ciudad de San José, comparecen: los señores: (se deben indicar las calidades de todos los socios)...(nombre y apellidos), mayor, ... (estado civil completo), ...(ocupación u oficio), vecino de ...(domicilio exacto), portador de la cédula de identidad número..., y ... (nombre y apellidos), mayor, ... (estado civil completo), (ocupación u oficio), vecino de (domicilio exacto), portador de la cédula de identidad número..., y DICEN: Que han convenido en constituir una sociedad anónima, que se regirá por las disposiciones correspondientes del Código de Comercio vigente y por las siguientes cláusulas: PRIMERA. DEL NOMBRE. La sociedad se denominará: (nombre de la empresa que se constituye) Sociedad Anónima, que es nombre de fantasía, pudiendo abreviarse las dos últimas palabras en " S.A ". SEGUNDA. DEL DOMICILIO. El domicilio social será la ciudad de (...) (debe indicarse el domicilio exacto) pudiendo establecer agencias y sucursales o ambas en cualquier lugar del país. TERCERA. DEL OBJETO. Su objeto será principalmente (...), sin perjuicio de que pueda dedicarse al ejercicio del comercio en su forma mas amplia, la industria, la ganadería, la agricultura, el turismo, la prestación de servicios, la exportación e importación de toda clase de productos, pudiendo en el cumplimiento de sus fines adquirir, vender, comprar, hipotecar y disponer en forma amplia de todo tipo de bienes muebles e inmuebles, derechos reales o personales, permitidos por la ley y los presentes estatutos. Podrá formar parte de otras sociedades y rendir todo tipo de fianzas y garantías a favor de sus socios o de terceros, siempre que por ello perciba un beneficio económico. Podrá abrir cuentas corrientes en bancos nacionales y extranjeros, participar en licitaciones individualmente o en asocio con otras personas físicas o jurídicas, obtener concesiones, franquicias y patentes, asumir la representación de firmas nacionales y extranjeras así como realizar toda clase de contratos y gestiones administrativas, judiciales y extrajudiciales. CUARTA. DEL PLAZO SOCIAL. El plazo social es de noventa y nueve años a partir de la fecha de su constitución. QUINTO. DEL CAPITAL SOCIAL. El capital social es la suma de (...) colones representados por (...) acciones comunes y nominativas de (...) colones cada una, íntegramente suscritas y pagadas de la siguiente forma: el socio (...), suscribe y paga (...) acciones, el socio (...), suscribe y paga (...) acciones. El suscrito Notario da fe del pago en dinero efectivo de las acciones antes indicadas. El monto de capital social queda debidamente depositado en una cuenta corriente de alguno de los bancos del sistema bancario nacional. Las acciones lo mismo que los títulos respectivos que de éstas se emitan, deberán ser firmadas por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva , quienes quedan debidamente autorizados para hacer la emisión correspondiente. SEXTA. DEL EJERCICIO ECONOMICO. El ejercicio económico termina el treinta de setiembre de cada año, fecha en que se practicarán inventarios y balances utilizando las prácticas contables usuales. SÉPTIMO. DE LAS UTILIDADES. De las utilidades líquidas anuales se separará un cinco por ciento para la formación de un fondo de Reserva Legal, cesando esta obligación una vez que este fondo alcance el veinte por ciento del capital social, según lo establecido en el artículo ciento cuarenta y tres del Código de Comercio. Sobre el remanente se distribuirán los dividendos en proporción a las acciones de cada socio. En la misma forma se soportarán las pérdidas si las hubiera. OCTAVA. DE LA JUNTA DIRECTIVA. La sociedad será administrada por una Junta Directiva compuesta por tres miembros socios o no, con los cargos de Presidente, Secretario y Tesorero. La elección de los directivos se regirá por el sistema de voto simple. Corresponderá al Presidente y Secretario (o a los directores que se desee) la representación judicial y extrajudicial de la compañía, quienes actuarán conjunta o separadamente con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma, conforme al artículo mil doscientos cincuenta y tres del Código Civil. Podrán sustituir o delegar sus poderes en todo o en parte, reservándose o no su ejercicio, revocar dichas sustituciones o delegaciones y efectuar otras nuevas. NOVENA. DE LA VIGILANCIA. La vigilancia de la sociedad estará a cargo de un fiscal de nombramiento de la Asamblea de Accionistas, que durará en su cargo durante todo el plazo social salvo remoción por parte del órgano que lo nombró y cuyas atribuciones son las consignadas en el artículo ciento noventa y siete del Código de Comercio. DÉCIMA. DEL AGENTE RESIDENTE. La sociedad tendrá un Agente Residente, que será un abogado con oficina abierta en el territorio nacional el cual tendrá las facultades a las que se refiere el artículo dieciocho inciso trece del Código de Comercio, será nombrado por la Asamblea General de Accionistas, durará en su cargo durante todo el plazo social salvo remoción por parte del mismo órgano que lo nombró. UNDECIMA. PLAZO DEL NOMBRAMIENTO. Los directivos durarán en su cargo todo el plazo social, salvo remoción por parte de la Asamblea de Accionistas. DUODECIMA: SESIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. La Junta Directiva se reunirá ordinariamente por lo menos una vez al año, y extraordinariamente cuando sea convocada por el Presidente, quien lo hará por medio de carta certificada que enviará al domicilio de cada directivo al menos, con tres días de anticipación, o por cualquier otro medio en que quede constancia escrita. Las sesiones se harán en el domicilio social y harán quórum dos de sus miembros y sus resoluciones se tomarán por mayoría de votos presentes, en caso de empate decidirá el Presidente con doble voto. DÉCIMO TERCERA. DE LA ASAMBLEA GENERAL. Los socios celebrarán una reunión anual ordinaria dentro de los tres primeros meses después de finalizado el año económico. En la Asamblea Ordinaria se conocerá lo siguiente: a) Discusión y aprobación o no del informe sobre los resultados del ejercicio anual que presenten los administradores y tomar sobre él las medidas que juzguen oportunasb) Acordar la distribución de las utilidades conforme a lo que al respecto se ha dicho c) Realizar los nombramientos o revocatorias pertinentes de los administradores cuando proceda. Extraordinariamente se reunirán cuando sean convocados por el Presidente de la Junta Directiva, mediante carta certificada que se hará llegar a cada socio, con al menos quince días naturales de anticipación, en los que no se contarán el de envío de la carta ni el de celebración de la Asamblea. Podrá prescindirse de la convocatoria cuando estando reunidos la totalidad de los socios así lo acuerden, haciéndose constar tal circunstancia en el acta correspondiente, la cual deberá ser firmada por la totalidad de los socios. Para que en la Asamblea Ordinaria haya quórum en la primera convocatoria deberán estar presentes, la mitad de las acciones con derecho a voto y las resoluciones serán válidas únicamente cuando se tomen con el voto de las que representan más de la mitad de ellas. En las Asambleas ordinarias y extraordinarias, en virtud de la segunda convocatoria formarán quórum con cualquier número de accionistas presentes y los acuerdos se tomarán por simple mayoría de los presentes. La primera y segunda convocatoria pueden hacerse simultáneamente. DÉCIMO CUARTA. DE LA DISOLUCION. La sociedad se disolverá por cualquiera de las causas establecidas en el artículo doscientos uno del Código de Comercio. En este caso la Asamblea General procederá a nombrar un liquidador y fijará sus atribuciones en el propio acuerdo de nombramiento. Constituidos los comparecientes en Asamblea General por unanimidad de votos, se toman los siguientes acuerdos que se declaran firmes: a) aprobar los anteriores estatutos y tener por definitivamente constituida la sociedad a partir de hoy, b) hacer los siguientes nombramientos para la integración de la Junta Directiva, Fiscal y Agente Residente. (En cada caso debe indicarse el nombre completo de los directivos y sus calidades. Si los puestos serán ocupados por los socios puede indicarse solamente el nombre agregando "de calidades antes indicadas ". Presidente: (...), Secretario:(...), Tesorera: (...) Fiscal:, (...), Agente Residente: (..En este caso debe indicarse la dirección exacta de la oficina.), con oficina en.- Estando todos presentes DICEN que sus calidades son las antes dichas, que aceptan los cargos que se les han confiado y entran en posesión de los mismos desde este momento ( o bien se podría indicar que no encontrándose presentes los señores directores, aceptan mediante cartas que se adjuntan a los archivos de la compañía). ES TODO.- Expido un primer testimonio para la sociedad. Leído lo anterior a los comparecientes lo aprueban y juntos firmamos en (...) a las (...) horas del (...) de (...) de ... (...). -(Firmas del notario y las partes)

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