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Contabilidad de costos. Análisis y aplicación de ejemplo práctico en una empresa de servicio

cordorafaDocumentos de Investigación13 de Abril de 2016

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD DEL ZULIA

NÚCLEO PUNTO FIJO

PROGRAMA DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA PÚBLICA

CATEDRA: CONTABILIDAD ADMINISTRATIVA

PROF: ORAZIO FALCO

[pic 1]

TRABAJO NRO. 2

ELABORADO POR:

José Jordaz Rojas

C.I. V- 24.705.095

PUNTO FIJO, MAYO DE 2015


ÍNDICE[pic 2]

Pág.

INTRODUCCIÓN        3

1. Análisis y aplicación de ejemplo práctico en una empresa de servicio y/o empresa manufacturera basándose en la Ley de Costos y Precios Justos        4

CONCLUSIÓN        14

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS        15

 


INTRODUCCIÓN

De acuerdo con Redondo (2003), la contabilidad de costos es una rama de la contabilidad general cuyo principal objetivo constituye la medición de los costos y utilidades de la empresa en un período determinado. En el caso de las empresas venezolanas, las aplicaciones de la contabilidad de costos, constituye una manera única de conocer en detalle y en conjunto los costos asociados a la producción de bienes y prestaciones de servicios, fundamentando las tareas de previsión, control y toma de decisiones.

Las aplicaciones de la contabilidad de costos adquirieron importancia representativa durante el año 2014 con la promulgación del del Decreto Nº 600 emitido por la Presidencia de la República que establece la Ley Orgánica de Precios Justos, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial Nº 40.340, 23 de Enero de 2014, y la subsecuente publicación de la Providencia Administrativa Nº 003/2014, mediante la cual fijan criterios contables generales para determinación de Precios Justos, la cual fue publicada en Gaceta oficial 40351 de fecha 07 de Febrero de 2014. Todo ello, determinó la incorporación de ajustes a los sistemas de manejo de costos en las empresas.

En función de ello, se planteó como objetivo general de este trabajo es analizar y aplicar un ejemplo práctico en una empresa de servicio y/o empresa manufacturera basándose en la Ley de Costos y Precios Justos, para ello se consideró la empresa  Aerolínea Tiara Air NV, S.A., cuya Oficina Principal está ubicada en el Aeropuerto Internacional “Josefa Camejo”, y su Sucursal en el Centro Comercial Ciudad del Viento Local Pb-21, en la Avenida Girardot entre Calle Los Caobos y Las Flores en Punto Fijo, Estado Falcón, la cual facilitó información referente a sus costos.


1. Análisis y aplicación de ejemplo práctico en una empresa de servicio y/o empresa manufacturera basándose en la Ley de Costos y Precios Justos        

El Decreto Nº 600 emitido por el Presidente Nicolás Maduro sobre de la Ley Orgánica de Precios Justos, Publicada en la Gaceta Oficial Nº 40.340, 23 de Enero de 2014, establece en su Artículo 1, que tiene por objeto asegurar el desarrollo armónico, justo, equitativo, productivo y soberano de la economía mediante la determinación de precios justos de bienes y servicios, mediante el análisis de las estructuras de costos, la fijación del porcentaje máximo de ganancias y la fiscalización efectiva de la actividad económica y comercial, a fin de proteger el ingreso de todas las ciudadanas y ciudadanos y especialmente el salario de las trabajadoras y trabajadores, el acceso a bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades, establecer los ilícitos administrativos, sus procedimientos y sanciones, los delitos económicos, su penalización y el resarcimiento de los daños sufridos para la consolidación del orden económico socialista productivo.

Por ello, están sujetos a su cumplimiento las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades económicas en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela, incluidas las que se realizan a través de medios electrónicos, salvo aquellas que por la naturaleza de su actividad se rijan por normativa legal especial. En esencia esta ley, tiene fines específicos orientados a la consolidación del orden económico socialista, consagrado en el Plan de la Patria, el incremento a través del equilibrio económico, el nivel de vida del pueblo venezolano, con miras a alcanzar la mayor suma de felicidad posible, la determinación de precios justos de los bienes y servicios y la fijación de criterios justos de intercambio, para la adopción o modificación de normativas que incidan en los costos, y en la determinación de porcentajes de ganancia razonables.

En tal sentido, este instrumento establece la creación de la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), como un órgano desconcentrado con capacidad de gestión presupuestaria, administrativa y financiera, adscrita a la Vicepresidencia Económica de Gobierno, la cual tiene diversas atribuciones como ejercer la rectoría, supervisión y fiscalización en materia de estudio, análisis, control y regulación de costos y determinación de márgenes de ganancias y precios, así como fijar los precios máximos de la cadena de producción o importación, distribución y consumo.  Para ello, ha de elaborar, mantener y actualizar el Registro Único de personas naturales y jurídicas que desarrollen actividades económicas y comerciales en el Territorio Nacional, pudiendo establecer sub-categorías del mismo.

En atención a las optimizar sus funciones, la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE),  cuenta en su estructura con la Intendencia de Costos, Ganancias y Precios Justos, que se encargan del estudio, análisis, control, regulación y seguimiento de las estructuras de costos, la determinación de precios justos en cualquiera de los eslabones de las cadenas de producción o importación, distribución y consumo, la fijación de los márgenes máximos de los cánones de arrendamiento de los locales comerciales y la determinación de las ganancias máximas de los sujetos objeto de la aplicación de la Ley de Precios Justos. Así mismo, cuenta con una Intendencia de Protección de los Derechos Socioeconómicos, responsable de unciones de inspección, fiscalización e investigación establecidas.

En la Ley de Precio Justo (2014), se establece que la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), tendrá un Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE), al cual es obligatorio inscribirse y mantener los datos actualizados. De igual forma, este ente es el único con potestad en la determinación, modificación y control de precios, con base a la información de los costos presentados, la categorización de bienes y servicios, o de sujetos, atendiendo a los criterios técnicos que estime convenientes.

Para la determinación del precio justo de bienes y servicios, así como la determinación de los márgenes de ganancia, la Ley establece que la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), puede fundamentarse tanto en la información suministrada por los administrados, la cual debe reflejar las estructuras de costos y su utilidad o información recabada y resguardada en los archivos de organismos internacionales o administraciones de otros países, conforme a los convenios de cooperación existentes o el carácter público de la misma. En todo caso la información de costos y gastos informados, no podrán exceder de los costos razonables registrados contablemente. En este punto,  es conveniente mencionar, que el  margen máximo de ganancia será establecido anualmente, pero en ningún caso, excederá de treinta (30) puntos porcentuales de la estructura de costos del bien o servicio.

Un aspecto resaltante de la Ley de Precios Justos, se corresponde con las infracciones por el incumplimiento de las obligaciones establecidas por la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), la cual tiene atribuciones para aplicar diversas sanciones como multas calculadas sobre la base de Unidades Tributarias; suspensión temporal en el Registro Único de Personas que Desarrollan Actividades Económicas (RUPDAE); ocupación temporal con intervención de almacenes, depósitos, industrias, comercios, transporte de bienes, por un lapso de hasta ciento ochenta (180) días; cierre temporal de almacenes, depósitos o establecimientos dedicados al comercio, conservación, almacenamiento, producción o procesamiento de bienes, por un lapso de hasta ciento ochenta (180) días.

Otras sanciones comprenden la clausura de almacenes, depósitos y establecimientos dedicados al comercio, conservación, almacenamiento, producción o procesamiento de bienes; la confiscación de bienes, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; la revocatoria de licencias, permisos o autorizaciones, y de manera especial, los relacionados con el acceso a las divisas. Para cada una se dictamina un procedimiento administrativo, para su ejecución.

Ahora bien, la ley establece que la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socio Económicos (SUNDDE), regulariza los costos, precios y ganancias, lo cual determinó la promulgación de la Providencia Administrativa Nº 003/2014, mediante la cual fijan criterios contables generales para determinación de Precios Justos publicada en Gaceta oficial 40351 de fecha 07 de Febrero de 2014. Este instrumento legal en su Artículo 1, describe que tiene por objeto establecer criterios contables generales que deberán utilizar los sujetos de aplicación del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Precios Justos para la adecuación de sus estructuras de costos que les permitan determinar precios justos.

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