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Contestacion Custodia


Enviado por   •  21 de Abril de 2015  •  2.016 Palabras (9 Páginas)  •  267 Visitas

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C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA

DEL RAMO FAMILIAR EN TURNO

P R E S E N T E

VICTOR OSWALDO ALVARADO SERRATO, mexicano, casado , mayor de edad, con domicilio en Privada Arcos de Belén número 28 del Fraccionamiento Los Arcos de esta ciudad y señalando como domicilio para recibir notificaciones en la Defensoria de Oficio ubicada en Avenida México 32 sur interior de Plaza Milenio y autorizando para que las reciba en los términos del articulo 66 del Código de Procedimientos Civiles vigente en la Entidad al Defensor de oficio LIC LOURDES ESTHER RODRÍGUEZ PULIDO, ante Usted C. Juez de la manera más atenta comparezco y expongo:

Que por mi propio derecho y en la vía de controversias del orden familiar; me presento a demandar a la C. MARTHA OFELIA MEZA GONZALEZ a quien solicito sea emplazada a juicio por medio de oficio comisorio que se gire al Juez competente del Partido Judicial de Compostela, Nayarit, para que en auxilio y por comisión de ese Juzgado la emplace a juicio y le haga los apercibimientos legales correspondientes, ya que esta tiene su domicilio en calle Pino número 52 de la colonia del Bosque en esa Ciudad de Compostela y de quien demando los siguientes:

C O N C E P T O S

A).- Por el derecho de convivencia con mis menores hijos VICTOR JOEL Y GAEL ambos de apellidos ALVARADO MEZA

B).- Por el derecho de visita a mis menores hijos antes mencionados.

C).- El pago de gastos y costas que se originen dentro del presente juicio

Para que su Señoría tenga un mejor conocimiento de lo anterior, me permito darle a conocer las siguientes consideraciones de hecho y de derecho.

H E C H O S

1.- Como lo acredito con la copia certificada del acta número 00020 misma que se encuentra asentada en el Libro 01 a cargo del Oficial del Registro Civil 01 de Compostela, Nayarit, con fecha 29 de Marzo de 1996 contraje matrimonio civil con la ahora demandada MARTHA OFELIA MEZA GONZALEZ

2.- Durante la vigencia de nuestro matrimonio hemos procreado dos hijos de nombre VICTOR JOEL Y GAEL ambos de apellidos ALVARADO MEZA los cuales como se acredita con la copia de sus actas de nacimiento son menores de edad.

3.- Bajo protesta de decir verdad manifiesto a ese Juzgado que la ahora demandada, MARTHA OFELIA MEZA GONZALEZ se fue del domicilio conyugal ubicado en calle Morelos número 744 de la colonia Emiliano Zapata de esta ciudad, con fecha 14 de Marzo del año 2005 a vivir con sus padres en la ciudad de Compostela, Nayarit llevándose consigo a nuestros menores hijos VICTOR JOEL Y GAEL de apellidos ALVARADO MEZA.

4.- También bajo protesta de decir verdad el suscrito he acudido al domicilio de mis suegros con el objeto de convivir con mis menores hijos ya mencionados, llevándoles ropa y dinero para su manutención, haciendo del conocimiento de ese Juzgado que la ropa me la tiraron en la cara y que el dinero al negarse a recibírmelos los deposite ante el Tribunal Superior de Justicia dentro del expediente 201/05 tramitado ante el Juzgado Primero de Primera Instancia del Ramo Familiar; y de manera extrajudicial le he pedido a mi aun esposa MARTHA OFELIA MEZA GONZALEZ que me permita convivir con mis hijos, pero esta se ha negado rotundamente o busca cualquier pretexto para impedir que el suscrito conviva con mis hijos, por lo que considerando que la patria potestad de los menores ya mencionados la ejercemos de manera conjunta y que he estado cumpliendo con mi obligación de proporcionar alimentos, considero que el suscrito tengo el derecho de visitar y convivir con mis menores hijos ya mencionados, ya que entre el suscrito y ellos existe una buena relación no obstante que no me han dejado convivir regularmente con ellos.

5.- Por tales razones estoy reclamando de la actora mis derechos de vista y convivencia en pleno ejercicio de la patria potestad sobre mis menores hijos VICTOR JOEL Y GAEL de apellidos ALVARADO MEZA; sin embargo se deja a criterio de su Señoría los tiempos de ejercicio de tales derechos en beneficio de mis menores hijos y del suscrito.

Lo anterior es justo y conforme al criterio jurisprudencial que a

la letra dice:

PATRIA POTESTAD. LIMITE EN SU EJERCICIO CUNDO UNO DE

LOS CONYUGES CONSERVA LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS MENORES, (LEGISLACION DEL ESTADO DE GUERRERO).

Si a la madre se le confiere el cuidado y guarda de su menor hijo, debe ejercitar los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad, que de acuerdo con los artículos 422 y 423 del código Civil del Estado de Guerrero, Comprenden la obligación de educarlo convenientemente, de corregirlo y castigarlo mesuradamente con un libertad que no tiene más límite que el notorio perjuicio físico o moral de dicho menor. El padre, por su parte, tiene derecho de visitar al hijo, de comunicarse y tratar con él, vigilando prudentemente el cumplimiento de las obligaciones de guarda y custodia a cargo de la madre, sin pretender una intromisión constante y absoluta que no es lógica, ni si quiera en los casos en que el matrimonio subsiste.

Amparo directo 3818/68. Martha Contreras. 14 de Febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela Guitrón.

Nota: En el informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro “PATRIA POTESTAD. LILIMITE EN SU EJERCICIO, CUANDO UNO DE LOS CONYUGES CONSERVA LA GUARDA Y CUSTODIA DE LOS MENORES”

Séptima Época

Instancia: Tercera Sala

Fuente: Semanario Judicial de la Federación

Volumen: 2 Cuarta Parte

Pagina: 67

Genealogía: Informe 1969, Tercera Sala, Pagina 29

No. De Registro 242, 513

Aislada

Materia (s): Civil

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