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Contrato Individual De Trabajo


Enviado por   •  1 de Marzo de 2013  •  1.429 Palabras (6 Páginas)  •  232 Visitas

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Contrato Individual de Trabajo

CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO que celebran por una parte, la empresa ACE S.A. de C.V., representada por el Sr. Andrés Isidro Prado Monterroza como patrón, y por la otra ------, como trabajador, y quienes por razón de brevedad se denominarán en el curso del presente contrato “COMPAÑÍA” y “TRABAJADOR”, respectivamente, y el que sujetan a las siguientes:

PRIMERA.- OBLIGACIONES. El TRABAJADOR se obliga aprestar sus servicios personales subordinados a la COMPAÑÍA en el domicilio de ésta, ubicado en: colón #110 col. Centro, Oaxaca, o en el lugar que para tal efecto se le indique, trabajo que deberá desempeñar desarrollando siempre su mayor actividad y eficiencia. Las actividades principales del TRABAJADOR serán: Coordinación de la administración y contabilidad interna de la empresa; Coordinación de la contabilidad externa, Revisión de la cobranza, Control estricto de los movimientos de los estados de cuenta de la empresa así como de las entradas y salidas, Elaboración de recibos, Seguimiento del archivo, Asistencia a la Dirección General, Vigilar la situación fiscal y Control de los Recursos Humano; pero queda bien entendido que enumeración de labores es enunciativa y no limitativa, cualquier otro trabajo anexo y conexo con su obligación principal, o cualesquiera otra actividad, siempre y cuando se le respete su salario, aun cuando accidentalmente haya de ser desempeñado fuera del lugar de trabajo. El TRABAJADOR acatará siempre en todos sus actos las órdenes que sus jefes le den, las disposiciones del Reglamento Interior de Trabajo de la COMPAÑÍA que le sean aplicables, y las demás disposiciones y órdenes que ésta le dicte.

SEGUNDA.- DURACIÓN DEL CONTRATO. El presente contrato se presenta por tiempo indeterminado, y no podrá ser suspendido, rescindido o terminado sino de acuerdo con lo previsto en la Ley Federal del Trabajo o por voluntad de ambas partes contratantes, sin embargo los primeros treinta días de prestación de servicios se considerarán como período de prueba, término durante el cual la COMPAÑÍA podrá dar por terminado el presente contrato sin ninguna responsabilidad si, a su juicio, el TRABAJADOR no tiene la capacidad y competencia suficientes para desempeñar el trabajo contratado.

TERCERA.- JORNADA DE TRABAJO. El horario d trabajo del Trabajador será de las 8 horas en que se iniciará, a las 14 horas en que se interrumpirá, y de las 18 horas en que se reanudará, a las 20 horas en que concluirá. Este horario de trabajo se observará de lunes a viernes de cada semana.

La jornada de trabajo a que se refiere la cláusula anterior obedece a que se tiene repartida la jornada en los términos del artículo 59 de la Ley Federal del Trabajo.

EL TRABAJADOR faculta expresamente a la COMPAÑÍA para modificar el horario de trabajo anterior, de acuerdo con las necesidades de la misma.

CUARTA.- SALARIO. EL TRABAJADOR percibirá como sueldo por la prestación de los servicios a que se refiere este contrato, la cantidad de $12,000.00 (doce mil pesos 00/mn) mensuales, suma que le será pagada por mitad en dos quincenas los días 15 y último de cada mes, en las oficinas de la COMPAÑÍA.

EL TRABAJADOR recibirá por concepto de aguinaldo el importe de días de salario, el que le será pagado antes del 20 de diciembre de cada año, o la parte proporcional en caso de que no haya laborado el año completo.

QUINTA.- DIAS DE DESCANSO SEMANAL. EL TRABAJADOR disfrutará semanalmente de un día de descanso con goce de sueldo, el que se conviene por ambas partes que será el día domingo de cada semana, y cuyo salario queda incluido en la suma señalada en la cláusula que antecede, por tratarse de retribución mensual.

EL TRABAJADOR faculta expresamente a la COMPAÑÍA para cambiar el día de descanso a que antes se hace mención, de acuerdo con sus necesidades.

SEXTA.- DIAS DE DESCANSO OBLIGATORIO. EL TRABAJADOR disfrutará de los días de descanso obligatorio señalados en la Ley Federal del Trabajo, cuyo salario también queda pagado con la cantidad señalada en la cláusula cuarta, por tratarse de sueldo mensual.

SEPTIMA.- VACACIONES. EL TRABAJADOR disfrutará de vacaciones por cada año completo de servicios prestados, en los términos del artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que dicho período le será concedido después de vencido el año de servicios y en la época que determine la COMPAÑÍA obligándose al TRABAJADOR, en todo caso, a solicitar sus vacaciones con una anticipación no menor de un mes. EL TRABAJADOR tendrá derecho a recibir una rima vacacional del 25%.

OCTAVA.-

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