ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Contrato de transporte.En virtud del contrato de transporte, una persona llamada porteador se obliga, mediante una retribución (Precio


Enviado por   •  25 de Septiembre de 2016  •  Documentos de Investigación  •  568 Palabras (3 Páginas)  •  173 Visitas

Página 1 de 3

Contrato de transporte

En virtud del contrato de transporte, una persona llamada porteador se obliga, mediante una retribución (Precio), trasladar cosas o personas de un lugar a otro, o se dedique habitualmente a verificar transportes para el público.

El artículo 576 del Código de Comercio dispone que el contrato de transporte será mercantil cuando: a) Tenga por objeto mercancías y b) cuando, sea cual fuere su objeto, el porteador sea comerciante.

Precio pagado por el transporte de mercancías, tanto terrestre como marítimo, o aéreo// Es el precio que cobra el transportista al usuario por la prestación del servicio de transporte.

En el contrato se debe pagar el precio (Flete) del servicio pagado por el trasporte de mercaderías de un punto a otro.

Los elementos personales del contrato de transporte son:

  • Cargador: Es el que se encarga de llevar la mercancía. Art. 588 Código de Comercio.
  • Porteador: Quien hace el traslado de la mercancía. Art 591 Código de Comercio.
  • Consignatario: Es aquel que recibe la mercancía. Art. 595 Código de Comercio.

Donde el porteador extiende un documento al cargador (Carta de porte) que es el comprobante fiscal donde se estipula el traslado Art 581-582 Código de Comercio. Y al cumplirse dicho contrato la carta es devuelta a quien la expidió (porteador).
El comprobante fiscal, es el documento con el que se demuestra la compra, venta o renta de algún bien, o la prestación o adquisición de servicios.

La carta porte es donde se deciden las cuestiones que ocurren durante el traslado de la mercancía Art. 583 Código de Comercio.

En la carta porte se expresará (Art. 581 Código de Comercio.):

  1. Nombre, apellido y domicilio del cargador.
  2. Nombre, apellido y domicilio del porteador.
  3. Nombre, apellido y domicilio de la persona a la cual vayan dirigidos los efectos.
  4. La designación de los efectos, con expresión de su calidad, de su peso y de las marcas o signos exteriores de los bultos que se contenga.
  5. El precio del transporte.
  6. La fecha en que se hace la expedición.
  7. El lugar de la entrega del porteador.
  8. El lugar, el plazo en que habrá de hacerse la entrega al consignatario.
  9. La indemnización que deberá de abonar el porteador en caso de retardo.

El objeto de dicho contrato son las mercancías o cualquier cosa que sea objeto de comercio, puesto que interviene en dicho contrato, así como el objeto de sus obligaciones de hacer, ya que realizan

la entrega de mercancías Art.576 Fracción. I Y II Código de Comercio.

El contrato es multimodal, es realizado por medio de dos o más formas de transportes, ya sean diferentes o iguales bajo un mismo contrato, estos pueden ser terrestres, marítimos o aéreos, así como se tiene la ventaja de emplear a un único operador para gestionar todas las operaciones de los transportes utilizados.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4 Kb)   pdf (388.3 Kb)   docx (232.7 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com