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Contratos Derivados De Operaciones Neutras O Servicios


Enviado por   •  2 de Noviembre de 2013  •  3.505 Palabras (15 Páginas)  •  664 Visitas

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UNIVERSIDAD SAN MARTINDE PORRES

FACULTAD DE DERECHO

Tema: Contratos Derivados de Operaciones Neutras o Servicios

Curso: Derecho Monetario Y Bancario

Profesor: Dr. Rafael Edward Gertin Barturen

Integrantes:

La Molina, 14/10/2013

ÍNDICE

1. NOCIONES PREVIAS

2. OPERACIONES NEUTRAS O SERVICIOS

3. ALQUILER DE CAJA DE SEGURIDAD

4. COMISIONES DE CONFIANZA

5. TRANSFERENCIA Y GIRO

6. FIDEICOMISO

7. ASESORAMIENTO DE EMPRESAS

8. BANCA POR INTERNET

9. BIBLIOGRAFÍA

1. Nociones Previas

Se denominan Contratos Bancarios aquellos que regulan las distintas operaciones que realizan las entidades de crédito en el desarrollo de su actividad como intermediarios financieros.

Los contratos bancarios se clasifican en tres:

• Contratos Derivados de Operaciones Activas

• Contratos Derivados de Operaciones Pasivas

• Contratos Derivados de Operaciones Neutras o Servicios

2. Operaciones Neutras o Servicios

Son aquellas en las que las entidades financieras presentan un servicio al cliente que no supone ni un activo ni un pasivo para la entidad de crédito, estas entidades actúan en estos casos como intermediarios o gestores en beneficio del cliente y percibe de este una comisión como contraprestación por sus servicios.

Las comisiones son el beneficio económico que el acreedor recibe como contraprestación de un servicio y otros conceptos, como por ejemplo el otorgamiento de crédito. Las comisiones deben responder a los costes de las transferencias, sin que puedan cargarse diferentes comisiones por conceptos parecidos. Por ejemplo, no cabe cobrar una comisión por el abono en la cuenta y otra por notificar el abono a la persona que ha recibido la transferencia. En todo caso, al ordenar la operación el cliente debe ser informado de los costes, para que pueda aceptarlos de forma expresa .

A continuación se mencionan algunas de ellas:

a) Prestar servicio de cajas de seguridad:

Son cajas de diferentes tamaños de acero que se encuentran dentro de una bóveda, que los bancos ponen a disposición de su clientela, quienes las utilizan para guardar, joyas, metales, documentos etc., a cambio del pago de un alquiler mensual.

b) Hacer efectivos créditos y realizar pagos por cuenta de sus clientes:

Si la carta de crédito implica el otorgamiento de un crédito, es una operación activa; pero si previamente a su expedición el cliente paga su importe, es claro que se trata de una operación neutra es decir de servicio. En estos supuestos la institución funge como simple mediadora para hacer pagos por cuenta del cliente (por ejemplo mediante un giro) o cobrar documentos por él (caso en el cual de no obtenerse el cobro, puede devolver esos documentos).

c) Practicar operaciones de fideicomisos, mandatos y comisiones:

Fungir como fiduciario es una de las operaciones más importantes de la banca moderna. En virtud del fideicomiso, un sujeto (el fideicomitente) destina ciertos bienes (Dinero en efectivo, Muebles E Inmuebles valores, etc.) a un fin lícito determinado, y encomienda la realización de ese fin a una institución de crédito (institución fiduciaria). Los beneficiarios en el fideicomiso reciben el nombre de fideicomisarios.

Conviene precisar que hemos hablado de la afectación de ciertos bienes porque con el fideicomiso se constituye en realidad un patrimonio autónomo que no puede ser atribuido al fideicomitente, al fiduciario o a los fideicomisarios. Los fideicomisos pueden ser, entre otros, de garantía (de créditos otorgados), de administración (de créditos, de disposiciones testamentarias, de beneficencia social), de inversión en valores. Por ejemplo: de seguridad social (de fondos de jubilación o de pensiones, etc.).

d) Recibir depósitos en administración o custodia en garantía por cuenta de terceros.

Títulos o valores y en general de documentos mercantiles: En ellos. La institución únicamente está obligada a la conservación material de los títulos (custodia) o a efectuar el cobro de los títulos y a practicar todos los actos necesarios para la conservación de los derechos conferidos al depositante (en administración). Jurídicamente se realizan mediante contratos de prestación de servidos, de comisión, de mandato o mediación.

e) Banca Electrónica.

Es un término que hace referencia a los servicios que ofrece un banco, por los cuales se puede realizar cualquier tipo de transacción entre un cliente y dicho banco, iniciada mediante medios electrónicos, tales como una tarjeta de crédito, tarjeta de débito o algún dispositivo de almacenamiento de valor, con autorización expresa del cliente, con la cual se instruye al banco de cargar, debitar o transferir valor desde la cuenta indicada por dicho cliente.

3. Alquiler de Caja de Seguridad

Mediante este contrato los bancos arriendan un espacio dentro de sus instalaciones donde le arrendatario guardará los bienes que desee. Se da cuando se quiere dar protección a bienes de gran valor como joyas, obras de arte, dinero, etc., y no queremos tenerla en casa.

Debemos asegurar el contenido de la caja y pagar una comisión establecida.

El acceso es controlado por el banco y únicamente puede abrirla el arrendatario o persona debidamente autorizada en el contrato. En este caso no cabe la administración de lo depositado pues el banco ni siquiera sabe lo que está guardado en la misma es un contrato a título oneroso

Es un contrato mixto (de arrendamiento de

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