ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Convenio Cotif


Enviado por   •  15 de Noviembre de 2012  •  952 Palabras (4 Páginas)  •  570 Visitas

Página 1 de 4

CONVENIO RELATIVO A LOSTRANSPORTES INTERNACIONALES POR FERROCARRIL (COTIF) DE 9 DE MAYO DE 1980 SEGÚN LA REDACCIÓN QUE FIGURA EN EL PROTOCOLO DE MODIFICACIÓN DE 3 DE JUNIO DE 1999

TÍTULO I.

GENERALIDADES.

Artículo 1. Organización intergubernamental.

1. Las Partes en el presente Convenio constituyen, como Estados miembros, la Organización intergubernamental para los transportes internacionales por ferrocarril (OTIF), denominada en lo sucesivo la Organización.

2. La sede de la Organización se establecerá en Berna. La Asamblea General podrá decidir fijarla en otro lugar situado en uno de los Estados miembros.

3. La Organización tendrá personalidad jurídica. Tendrá especialmente capacidad para contratar, adquirir y enajenar bienes muebles o inmuebles, así como para comparecer ante los tribunales.

4. La Organización, los miembros de su personal, los expertos a los que recurra y los representantes de los Estados miembros gozarán de los privilegios e inmunidades necesarios para cumplir su misión, en las condiciones definidas en el Protocolo sobre privilegios e inmunidades de la Organización, anexo al Convenio.

5. Las relaciones entre la Organización y el Estado de sede se reglamentarán en un acuerdo de sede.

6. Las lenguas de trabajo de la Organización serán la alemana, la francesa y la inglesa. La Asamblea General podrá introducir otras lenguas de trabajo.

Artículo 2. Objetivo de la Organización.

1. La Organización tendrá como objetivo favorecer, mejorar y facilitar, desde todos los puntos de vista, el tráfico internacional ferroviario, en particular:

a. estableciendo regímenes de derecho uniforme aplicable en los ámbitos jurídicos siguientes:

1. contrato referente al transporte de viajeros y mercancías en tráfico internacional por ferrocarril directo, incluidos los transportes complementarios que utilicen otros medios de transportes y que sean objeto de un solo contrato;

2. contrato relativo a la utilización de vehículos como medio de transporte en tráfico internacional por ferrocarril;

3. contrato relativo a la utilización de la infraestructura en tráfico internacional ferroviario;

4. transporte de mercancías peligrosas en tráfico internacional por ferrocarril;

b. contribuyendo, teniendo en cuenta intereses públicos particulares, a la supresión, a la mayor brevedad, de los obstáculos para el cruce de fronteras en tráfico internacional por ferrocarril, cuando las causas de esos obstáculos sean competencia de los Estados;

c. contribuyendo a la interoperatividad y armonización técnica en el sector ferroviario mediante la convalidación de normas técnicas y la adopción de prescripciones técnicas uniformes;

d. estableciendo un procedimiento uniforme para la admisión técnica de material ferroviario destinado a su utilización en tráfico internacional;

e. velando por la aplicación de todas las reglas y recomendaciones establecidas en la Organización;

f. desarrollando los regímenes de derecho uniforme, reglas y procedimientos a que se refieren las letras a a e, teniendo en cuenta el desarrollo jurídico, económico y técnico.

2. La Organización podrá:

a. en el marco de los objetivos a que se refiere el 1, elaborar otros regímenes de derecho uniforme;

b. constituir un marco en el que los Estados miembros puedan elaborar otros convenios internacionales cuyo objetivo sea favorecer, mejorar y facilitar el tráfico internacional por ferrocarril.

Artículo 3. Cooperación internacional.

1.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (6.9 Kb)  
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com