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Convenio Que Pone Fin A Juicio

luisini9 de Septiembre de 2011

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Convenio que pone fin a juicio laboral y ejecuta la sentencia

Que celebra por un parte el C. xxxxxxxxxxxxxxxxxxx en su carácter de Sindico Municipal del Ayuntamiento de Tamasopo S.L.P. (municipio de Tamasopo S.L.P.) a la en el cuerpo del presente instrumento se denominara “El patrón” y por otra el C. xxxxxxxxxxxxxxxx en su carácter de trabajador y al que en el cuerpo del presente instrumento se denominara “El Trabajador”, al tenor de las siguientes:

D E C L A R A C I O N E S

Primero.- El patrón por conducto del Sindico Municipal acredita su personalidad con la publicación en el periódico oficial respecto de la constitución de los ayuntamientos para el periodo 2009-2012 publicado en fecha 30 de septiembre del 2009 y tener su domicilio en Hidalgo sin numero en la cabecera municipal de Tamasopo S.L.P. y señalar domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Calle Gómez Farías numero 560 en esta Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P.

Segundo.- El trabajador declara tener acreditada la personalidad en el expediente numero 286/2005/M-4 ante el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado, y tener como domicilio legal el ubicado en Vallejo numero 707 Barrio de San Miguelito, en esta Ciudad de San Luis Potosí, S.L.P.

Tercero.- Amabas partes manifiestan tener conocimiento del laudo de fecha 14 de Mayo del 2009 y su auto aclaratorio del fecha 6 de agosto del año 2009 en el que se establece como condena al H. Ayuntamiento de Tamasopo S.L.P. y al Consejo de Desarrollo Social del H. Ayuntamiento de Tamasopo S.L.P. el pago de $ 518. 678.01 pesos, además de reinstalar al trabajador en el puesto de auxiliar del Consejo de Desarrollo Social con un salario diarios de $269.17 y un horario de labores de las 09:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes.

C L A U S U L A S

Primera.- Las partes se reconocen la personalidad con la que comparecen.

Segunda.- Las partes acuerdan y reconocen que la parte de la sentencia relativa a la reinstalación, ya fue ejecutada desde el día 1 de octubre del año 2009, por lo que desde ese día quedo formalmente reinstalado el trabajador en el departamento de Desarrollo Social del Municipio de Tamasopo S.L.P. con las condiciones mejoradas al cargo que venia desempeñando y un horario de labores de las 09:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes, reconociéndole desde ahora los derechos laborales contemplados en la Ley de los Trabajadores de las Instituciones Publicas del Estado de San Luis Potosí.

Tercera.- En cuanto a la parte económica, las partes manifiestan su voluntad en pactar el pago de $ 260.000 (doscientos sesenta mil pesos 00/100 MN) mismo que se llevara a cabo de la siguiente manera:

Se pagara en doce parcialidades mensuales de $ 21 666.66 (veintiún mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 MN) pesos en las siguientes fechas:

1) 30 de Noviembre del 2009

2) 31 de diciembre del 2009

3) 29 de enero del 2010

4) 26 de febrero del 2010

5) 31 de marzo del 2010

6) 30 de abril de 2010

7) 31 de mayo del 2010

8) 30 de junio del 2010

9) 30 de Julio del 2010

10) 31 de Agosto del 2010

11) 30 de Septiembre del 2010

12) 29 de Octubre del 2010

Cuarta.- El pago se hará en las oficinas de la tesorería municipal de Tamasopo S.L.P. y el trabajador se compromete a suscribir el recibo correspondiente y el patrón puede hacer pagos adelantados con la finalidad de terminar de cubrir la cantidad obligada en el menor tiempo.

Quinta.- El trabajador se compromete a presentarse personalmente ante el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado a fin de poner en conocimiento y reconocer los pagos hechos en cumplimiento del presente convenio.

Sexta.- Las partes acuerdan que en caso de incumplimiento a cualquiera de los pagos parciales se tendrá por exigible la cantidad

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