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Convenio fuera de juicio.


Enviado por   •  14 de Marzo de 2017  •  Práctica o problema  •  1.421 Palabras (6 Páginas)  •  363 Visitas

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CONVENIO DE TERMINACIÓN VOLUNTARIA

DE LA RELACIÓN DE TRABAJO

H. JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

DEL VALLE DE CUAUTITLÁN TEXCOCO CON RESIDENCIA

EN TLALNEPANTLA, EDO MEX

P R E S E N T E.

 ROSA LAURA GARCIA RUIZ por mi propio derecho y el C. RODOLFO FRED RAMOS SÁNCHEZ en su carácter de representante legal de la empresa denominada ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., tal y como se acredita con la carta poder otorgada por LICENCIADO JOSE AGUISTIN DE LA SOTA GORDILLO, quien cuenta con facultades para tal fin de acuerdo con el TESTIMONIO NOTARIAL NÚMERO VEINTIDÓS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO (22,265), VOLUMEN TRESCIENTOS VEINTICUATRO (324), DEL LIC. CÉSAR MARTÍNEZ SOLANO, NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 12 DE LA CIUDAD DE PUEBLA DE ZARAGOZA, ESTADO DE PUEBLA; señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones los ESTRADOS Y BOLETÍN DE ESTA H. JUNTA, ante Usted con todo respeto comparecemos y exponemos:

Que  venimos  a  someter a su consideración el convenio que al efecto hemos celebrado y que más adelante se determinará, con el objeto de que sea aprobado en los términos del artículo 33 y demás relativos a la Ley Federal del Trabajo. Este convenio se celebrará al tenor de las siguientes Declaraciones y Cláusulas:

D E C L A R A C I O N E S

I. Declara LA TRABAJADORA: ROSA LAURA GARCIA RUIZ :

  1. Haber ingresado el 16 de julio del año 2015, a prestar sus servicios  para su único patrón ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., desempeñando durante todo el tiempo de prestación de sus servicios y hasta últimas fechas el puesto de ENFERMERA, con una jornada de labores comprendida de las 9:00 a las 18:00 horas de  lunes a  viernes de cada semana, contando con 2:00 horas diarias para ingerir alimentos y descansar, percibiendo un salario diario de $143.33. (CIENTO CUARENTA Y TRES  PESOS 33/100 M.N.), incluyendo la parte proporcional de los séptimos  días.

  1. Que  por así convenir a sus intereses, desea dar por terminada la Relación y Contrato Individual de Trabajo que tiene celebrado con su único patrón, ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., con apoyo en lo dispuesto en la Fracción I. del Artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo.

II. Declara el patrón ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P.,  por conducto de su representante legal estar de acuerdo en dar por terminada la relación contractual y cubrir al trabajador las prestaciones a las que legalmente tenga derecho, con motivo de la terminación de la relación laboral.

III. Declaran ambas partes, celebrar este Convenio,  al tenor de las siguientes:

C L Á U S U L A S :

PRIMERA. El Trabajador ROSA LAURA GARCIA RUIZ por así convenir a sus intereses y con apoyo en lo dispuesto en la Fracción I. del Artículo 53 de la Ley Federal del Trabajo, desea dar por  terminada  la  Relación  y  Contrato Individual de Trabajo que tiene celebrado con su único patrón, ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P.,  y por virtud del cual venía ocupando el puesto de  ENFERMERA

SEGUNDA.  El Trabajador ROSA LAURA GARCIA RUIZ otorga a favor de su único patrón ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., el más amplio finiquito que en derecho proceda, no reservándose acción ni derecho que ejercer  en su contra  con  posterioridad  a  esta  fecha, en virtud de que durante el tiempo que estuvo a su servicio, siempre le fueron cubiertos puntualmente sus salarios ordinarios,  extraordinarios,  séptimos días, días festivos, vacaciones,  prima de  vacaciones,  aguinaldo  y  demás  prestaciones que conforme a su contrato de trabajo o que por Ley tuvo derecho.

TERCERA. El patrón ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., manifiesta su conformidad con lo expresado por el trabajador en las cláusulas que anteceden y en especial con la terminación de la relación laboral, otorgando a favor del propio trabajador ROSA LAURA GARCIA RUIZ el más amplio finiquito que en derecho  proceda,  no  reservándose  acción ni derecho que ejercer en su contra con posterioridad a esta fecha.

CUARTA. El trabajador ROSA LAURA GARCIA RUIZ recibirá de su patrón ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., con motivo del presente convenio la cantidad neta de $8,000.00 (CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA PESOS 84/100 M.N.), conforme a los siguientes conceptos:

PERCEPCIONES:

VACACIONES PROPORCIONALES

$

PRIMA VACACIONAL PROPORCIONAL

$

AGUINALDO PROPORCIONAL 2017

$

SALARIOS DEVENGADO

$

BONIFICACION

$

TOTAL DE PERCEPCIONES

$

DEDUCCIONES:

IMPUESTO FINIQUITO

$00.00

TOTAL DE DEDUCCIONES

$00.00

TOTAL A PAGAR                                            $4,390.84

QUINTA. El Trabajador ROSA LAURA GARCIA RUIZ manifiesta que durante el tiempo que prestó sus servicios para su patrón ASOCIACION DE HOGAR INFANTIL, SAN LUIS GONZAGA, I.A.P., no sufrió enfermedad ni riesgo profesional alguno que lo imposibilitará para el desempeño de las labores; por lo que, no se reserva acción ni derecho que ejercer en su contra con posterioridad a esta fecha.

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