ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Credito Tributario


Enviado por   •  1 de Agosto de 2011  •  1.507 Palabras (7 Páginas)  •  628 Visitas

Página 1 de 7

CREDITO TRIBUTARIO COMO INCENTIVOS

1. INTRODUCCIÓN.

La mayoría de las economías del mundo ejercen su potestad de cobro y basan principalmente su financiamiento a través de los ingresos permanentes que significan una fuente de ingreso directos para el estado, los tributos en general tienen fines fiscales, es decir sirven para financiar gastos que son necesarios en la sociedad, también se constituyen en una herramienta eficaz de política económica, que podría afectar tanto de manera positiva o negativa a la sociedad.

De manera positiva pueden estimular a ciertos sectores de la economía a través de incentivos o exoneraciones que los volverían más competitivos

2. Que es un Incentivo Tributario?

Los incentivos tributarios a la inversión constituyen uno de los instrumentos frecuentes que utilizan los gobiernos para estimular la generación de empleo y el crecimiento económico.

3. Objetivos

La racionalidad de los incentivos fiscales se sustenta en lograr impactos significativos sobre la economía, por ejemplo:

1. Desarrollo de ciertas regiones atrasadas

2. Aumento de Inversión

3. Promoción de Exportaciones

4. Industrialización

5. Generación de empleo

6. Transferencia de tecnología

4. Instrumentos utilizados

Los incentivos fiscales toman diferentes formas:

1. Concesión de Impuestos

2. Incentivos a la Inversión (depreciación acelerada, deducción parcial, o créditos fiscales)

3. Incentivos al Empleo (subsidios a la contratación, rebajas en impuestos a la planilla)

4. Zonas especiales con tratamiento tributario privilegiado

5. CREDITO TRIBUTARIO

5.1. Que son las retenciones?

Es un mecanismo de ingresos inmediatos para el estado a su vez constituye un pago por adelantado de impuesto para los sujetos pasivos de los tributos.

5.2. IMPUESTO A LA RENTA

LRTI; Art. 47.- Crédito Tributario y Devolución.- En el caso de que las retenciones en la fuente del impuesto a la renta sean mayores al impuesto causado o no exista impuesto causado, conforme la declaración del contribuyente, éste podrá solicitar el pago en exceso, presentar su reclamo de pago indebido o utilizarlo directamente como crédito tributario sin intereses en el impuesto a la renta que cause en los ejercicios impositivos posteriores y hasta dentro de 3 años contados desde la fecha de la declaración; la opción así escogida por el contribuyente respecto al uso del saldo del crédito tributario a su favor, deberá ser informada oportunamente a la administración tributaria, en la forma que ésta establezca.

Análisis: El crédito tributario generado por las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta no constituyen incentivos tributarios, sino más bien un reclamo legal que tienen los sujetos pasivos por lo pagos adelantados que se realizan al momento de la transferencia de los bienes o prestaciones de servicios.

Estas retenciones sirven para reducir el impuesto generado en el ejercicio fiscal, la elección del contribuyente será la compensación y en caso de ser mayor la traslación o la debida devolución.

RLTI; Art. 139.- Crédito tributario generado en el impuesto a la salida de divisas.- Podrán ser utilizados como crédito tributario, los pagos realizados por concepto de impuesto a la salida de divisas en la importación de materias primas, bienes de capital e insumos para la producción de bienes o servicios, siempre que, al momento de presentar la declaración aduanera de nacionalización, estos bienes registren tarifa cero por ciento de ad-valórem en el arancel nacional de importaciones vigente.

Análisis; El Crédito tributario generado por Impuesto a la salida de las divisas, constituye más que un incentivo un beneficio tributario para los Importadores de bienes gravados 0% de ad-valoren, este tipo de bienes son ciertos insumos y equipos agropecuarios, por ende el incentivo tributario realmente lo perciben los agricultores, de esta manera se convierte en una herramienta de política económica directa para dinamizar el sector agrícola del país, la finalidad de este incentivo es tornar a este sector más productivo por el acceso a nuevas tecnologías.

5.3. IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Art. 66.- Crédito tributario.- El uso del crédito tributario se sujetará a las siguientes normas:

1.- Los sujetos pasivos del impuesto al valor agregado IVA, que se dediquen a: la producción o comercialización de bienes para el mercado interno gravados con tarifa doce por ciento (12%), a la prestación de servicios gravados con tarifa doce por ciento (12%), a la comercialización

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (9.6 Kb)  
Leer 6 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com