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Criterios De Interpretacion


Enviado por   •  13 de Marzo de 2014  •  674 Palabras (3 Páginas)  •  402 Visitas

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CRITERIOS DE INTERPRETACIÓN

Etimológicamente “Interpretación” es traducir o explicar algo, lo que conlleva a concluir que un interprete es un traductor, de un texto normativo en este caso, el cuál debe primero entender que dice el texto y luego trasmitir ese conocimiento para que el público lo entienda. Siguiendo este orden de ideas, se puede decir que un interprete, al igual que un traductor, puede usar distintas metodologías para tratar de llegar a la conclusión más acertada.

Cuando un Juez profiere sentencia debe tener siempre presente que deben interpretar y aplicar el derecho según la lógica jurídica, y deben utilizar un mismo criterio, que sea homogéneo con el derecho Colombiano, para descifrar el espíritu de la ley cuando éste no es claro y así poder mantener la seguridad jurídica en el sistema. Esto es importante puesto que el lenguaje jurídico, al igual que el lenguaje en general, es ambiguo y puede llevar a confusiones en la interpretación del mismo; y es por esta razón que los juristas, mediante la teoría del derecho, han intentado disminuir al máximo el choque que puede generar la exégesis de la norma.

Existen dos augustas corrientes que han tratado de sistematizar la interpretación jurídica y así evitar la inseguridad que puede generar los distintos criterios utilizados por diversos jueces; éstas son la iusnaturalista y la iuspositivista. Ambas intentan construir una senda por la cuál el sentenciador debe transitar para llegar a la interpretación correcta y homogénea (con los demás intérpretes) de la norma.

El iusnaturalismo sugiere que el conjunto de normas vigentes deben ser analizadas, para su aplicación, bajo ciertos principios inmutables y universales, llamados leyes naturales. Se basa en un concepto llamado principio pro homine, el cual indica que la ley debe ser interpretada a favor o mayor beneficio al hombre.

Por el contrario, el iuspositivismo infiere que se debe separar la moral del derecho y el jurista simplemente debe acatar lo dictado por la norma; dejando atrás cualquier uso de moral, principios o valores. Hoy en día el iuspositivismo ha hecho ciertas alteración a su doctrina, y se puede evidenciar en las palabras de un iuspositivista, Luigi Ferrajoli, “… la sujeción del juez a la ley ya no es, como en el viejo paradigma positivista, sujeción a la letra de la ley, cualquiera que fuere su significado, sino sujeción a la ley en cuanto válida, es decir, coherente con la Constitución.”.

En el caso concreto, la Corte Constitucional usó un lenguaje vago para referirse a la situación de las parejas de un mismo sexo, lo que impulsó a una interpretación amplia de las palabras. Al usar “unión” y no escindir meticulosamente el significado que quería emplear en dicha palabra, dejó las puertas abiertas a la interpretación del sentenciador. Además no explicó arduamente el

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