Cuadro Comparativo De Las Escuelas
AlmaSantiago19 de Septiembre de 2013
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Introducción
Entendemos por escuelas ciertas corrientes de pensamiento coincidentes en conceptos básicos de determinada disciplina. Cuando varios autores coinciden en la concepción de algunos conceptos fundamentales como el origen y fundamento de derecho criminal, el delito, la responsabilidad, la pena, el método, los fines del derechos penal y otros, decimos que pertenecen a determinada escuela o que conforman tal o cual escuela. No se quiere significar con ello que coinciden absolutamente en todo, sino que existen unas líneas comunes en sus pensamientos.
Entendemos por escuelas ciertas corrientes de pensamiento coincidentes en conceptos básicos de determinada disciplina. Cuando varios autores coinciden en la concepción de algunos conceptos fundamentales como el origen y fundamento de derecho criminal, el delito, la responsabilidad, la pena, el método, los fines del derechos penal y otros, decimos que pertenecen a determinada escuela o que conforman tal o cual escuela. No se quiere significar con ello que coinciden absolutamente en todo, sino que existen unas líneas comunes en sus pensamientos.
Para ello en este cuadro comparativo, se muestran los representantes de cada una de las escuelas jurídicas de esos tiempos, así como los postulados de cada una de las mismas.
Cuadro comparativo de las escuelas criminológicas
Escuela Representantes o corrientes Postulados
Clásica
Cesare Beccaria
Jeremías Bentham
Pellegrino Rossi
Giovanni Carmignani
Antonio Rosmini
Francisco Carrara Libre albedrío
Igualdad de derechos
Responsabilidad moral
El delito como ente jurídico
El Método Lógico-Deductivo Aplicable al estudio del delito
Pena proporcional al delito
Clasificación de delincuentes
Positivista César Lombroso
Enrico Ferri
Rafael Garofalo • Negación del libre albedrío
• Responsabilidad social
• El delincuente como protagonista del delito
• Método inductivo (experimental) aplicado en relación con el fenómeno criminoso
• Pena proporcional a la peligrosidad
• Prevención más que represión
• Medidas de seguridad
• Clasificación de delincuentes
• Sustitutivos penales
Ecléctica Terza Scuola
Carnevale,
Alimena,
Impallomeni Distingue las disciplinas jurídicas y las empíricas, estableciendo para las primeras el método lógico-abstracto.
Concibe al delito como un hecho complejo, como fenómeno social causado naturalmente y como producto de factores endógenos y exógenos.
Rechaza la tipología de los delincuentes de los positivistas, reconociendo sólo a los ocasionales, los habituales y los anormales.
Concilia las penas con las medidas de seguridad.
No opta por el determinismo radical positivista ni por el albedrío clásico.
El fundamento de la pena es la responsabilidad moral, y la posibilidad de aplicar medidas de seguridad dependerá de la peligrosidad o temibilidad del delincuente.
La finalidad de la pena no es sólo castigar al culpable sino corregir y readaptar socialmente al delincuente.
Escuela Alemana(Joven escuela)
Von Listz,
Prins,
Von Hamel Su planteamiento filosófico es un pragmatismo que implica el análisis y conocimiento de la realidad social.
Ve al delito como un fenómeno natural y jurídico que por lo tanto debe ser estudiado empírica y dogmáticamente.
Reconoce a las penas y las medidas de seguridad.
El fin primordial de la justicia penal es la defensa social.
El estado peligroso sustituye a la responsabilidad
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