Cuadro Comprativo Tipos De Robos
cecilia4159807 de Septiembre de 2012
1.326 Palabras (6 Páginas)702 Visitas
Infracción Definición Base Legal Elementos Constitutivos Penal Aplicable Agravantes Tentativa Complicidad Proyecto Codigo Penal
Estafa Consiste en hacerse entregar o remesar, valores u objetos, usando un falso nombre o falsa calidad o empleando maniobras fraudulentas, en las condiciones resistas en el Art. 405 de CP ,
Art- 313-1
Constituye estafa el hecho de usar un falso nombre o calidad, o abusar de una calidad verdadera, o emplear maniobras fraudulentas, para engañar a otra persona fisica o moral y convencerla asi, en su perjuicio o en el algún tercero, para entregue valores, fondos o un bien cualquiera, o brinde algun servicio, o consienta un acto que opere obligación o descargo. Art. 405 Cp 1.-Que haya tenido lugar mediante el empleo de maniobras fraudulentas.
2.-Que la entrega o remesa de valores capitales u otros objetos ha sido obtenida con la ayuda de esas maniobras fraudulentas.
3.-Que haya un perjuicio
4.-Que el culpable haya actuado con intención delictuosa.
Art 405.-
• Prisión correccional de 6 meses a 2 años y multa de igual a un ¼ del salario mínimo vigente.
• Reclusión menor si no sobrepasa los RD$ 5,000.00, B) Reclusión mayor si excede los RD$ 5,000.00.
• La devolución del valor que envuelva la estafa y multa no menor de ese valor ni mayor del triple.
• Cuando los hechos incriminados en el Art. 405, sean cometidos en perjuicio del Estado Dominicano o de sus instituciones.
Art. 2.- Toda tentativa de crimen podrá ser considerado como el mismo crimen Art 59 cp
.-Lo los cómplices de un crimen o delito se les impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponde a lo autores de este crimen y delito. Captiulo III la estafa e infracciones afines.
Art.- 313-1La estafa se sancionara con las penas de 2 meses a 3 años de prision menor y multa de 2 a 4 salarios.
Abuso de confianza
Art. 408 CP
Lo que con perjuicio de los propietarios , poseedores o detenedores8 ,sustrajeren o distrajeren efectos , capitales, mercancías, billetes ,finiquitos o cualquier otro documentos que contenga obligaciones o que opere en calidad de mandato, deposito, alquiler, prenda, prestamos a uso o comodato o para un trabajo sujeto o no a remuneración. Art. 406,407,408 CP 1.-Es necesario que haya disipación o distracción.
2.-Distracción fraudulenta
3.-La naturaleza del Objeto
4.-La entrega del onjeto a titulo precario
5.-Que la entrega haya tenido mediante unos de los contratos enumerados por el art. 408 de CP- Abuso Confiaza simple: Pena de 1 a 2 años de prisión y multa no menor de ¼ del salario mínimo vigente, ni mayor de la tercera parte de la indemnización que se le imponga al condenado.
Abuso confianza Agravado:
1)Dirigiéndose al publico: Reclusión menor y multa no menor de ¼ de salario mínimo a RD$ 2,000.00
2) Agravante en razón de la calidad del agente: de 3 a 10 años de reclusión mayor.
3Perjuicio de RD$ 1,000.00 a RD$ 5,000.00: de 3 a 5 años de reclusión menor perjuicio de mas de RD$ 5,000.00: El Máximo de la reclusión menor.
• Medios Empleados: Cuando ha sido cometido dirigiéndose al publico con el objeto de obtener la entrega de fondos o valores a titulo de deposito, mandato o prenda.
• Calidad del Agente: 1) Oficial publico o ministerial;2) Criados, asalariados, discípulos, dependientes, obreros o empleados.
• En razon del monto del perjuicio: Cuando exceda RD$ 1,000.00 Art. 2.- Toda tentativa de crimen podrá ser considerado como el mismo crimen
. . Art 59 cp
.-Lo los cómplices de un crimen o delito se les impondrá la pena inmediatamente inferior a la que corresponde a lo autores de este crimen y delit Capitulo IV
las distracciones ,
Sección I
Abuso de Confianza.
Art-314-1,
Constituye abuso de confianza el hecho de distraer en perjuicio de otro persona valores, fondos o algun bien cualquiera que le ha sido entregado, para que este lo devuelva.
El abuso de confianza se sanciona con las penas de 2 meses a 3 años de prisión menor
...