Cuarta facilitacion
eli0410Documentos de Investigación5 de Enero de 2016
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Universidad De La Tercera Edad (UTE)
- Tema:
- Cuarta facilitación
- Sustentastes:
- Carlos Manuel Pérez Ramírez
- Matriculas:
- 2015-00670.
- Facilitador:
- JOSE MIGUEL FERNANDEZ.
Fecha:
14 de Diciembre del 2015.
Santo Domingo, Rep. Dom
CUARTA FACILITACION
81. Personalidad jurídica.
82. Persona física y moral.
83. Filiación.
84. interés-capacidad-calidad.
85. Domicilio y su clasificación.
86. Matrimonio.
87. Actos del estado civil-clasificación.
88. Patrimonio.
89. Derechos de familia
90. Prueba testimonial-material-documental.
91. Hecho Fáctico.
92. Divorcio.
93. Prueba.
94. Prueba en materia civil y penal.
95. Indicios y evidencias.
96. Medios de prueba-clasificación.
97. Descensos a lugares.
98. Peritaje.
99. Interrogatorio en materia civil y penal.
100. Sentencia.
101. Instancia 102. Teoría del caso y escena del crimen.
103. Sentencias en primera y última instancia.
104. Sentencias condenatorias y absolutorias.
105. Contenido de una sentencia y sus efectos.
81. Personalidad jurídica. Se les llama así a las personas físicas y a las personas morales. Individuo o miembro de una comunidad con derechos y obligaciones determinados por el ordenamiento jurídico.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
82. Persona física y moral. La persona física es un ente jurídico y esta configurada por los atributos de los cuales no puede desprenderse salvo un acto de s propia voluntad: e cuerpo y la vida del ser humano. Persona moral son entes colectivos dotados de personalidad jurídica, independientemente de sus miembros.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
83. Filiación. Exiten varios tipos de afiliación como son 1- afiliación legitima. El hijo toma el apellido de padre en primer lugar e inmediatamente después toma el de la madre. 2- filiación natural. Al hijo natural le pertenece de pleno derecho el apellido de la madre. Y 3- filiación adoptiva. Implica que el adoptado lleve el apellido del adoptante inmediatamente después de los suyo.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
84. interés-capacidad-calidad. Interés esta es la medida de la acción y debe ser jurídico, personal y directo, nacido y actual. Capacidad esta se contempla en dos puntos de vista: capacidad de goze y de ejercicio. Calida es el titulo jurídico en el cual se figura en el acto.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
85. Domicilio y su clasificación. Esto lo tienen todos los sujetos del derecho de la misma forma que tiene un nombre. Esta se constituye en una institución civil durante la vida. Se clasifican en: 1- domicilio legal, se divide en domicilio de origen, domicilio dependiente, domicilio funcional. 2- domicilio voluntario. Es el que resulta por la propia voluntad del interesado y 3- domicilio elegido. Es cuando en un contrato las partes pueden hacer una elección de domicilio totalmente distinto a su real establecimiento.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
86. Matrimonio. En este determinamos la vida patrimonial. Aquí se trazan las reglas de las relaciones pecuniaria entres los esposos con motivo de la vida común entre ellos
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
87. Actos del estado civil-clasificación. Se inscribirán en los registros destinados a ese fin, y expresarán la hora, el día y el año en que se reciban, como también los nombres, apellidos, edad, profesión, nacionalidad y domicilio de las personas que en ellos figuren.
Los testigos llamados a figurar en los actos del estado civil, deberán ser mayores de dieciocho años, parientes o no de las partes interesadas, y serán escogidos por éstas.
Sus clasificaciones: Actas de Nacimiento, Actas de Matrimonio, Actas de Fallecimiento, Actas del Estado Civil,
FUENTE:
CODIGO CIVIL
88. Patrimonio. Esta compuesto por todos los derechos y bienes materiales y morales de las personas. El patrimonio y la persona están íntimamente ligados en la doctrina clásica.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
89. Derechos de familia La familia es el fundamento de la sociedad y el espacio básico para el desarrollo integral de las personas. Se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla. Este se ha ido extendiendo considerablemente ya que la familia es la célula primaria sobre la cual se levanta la sociedad y más que cualquier otra rama del derecho.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
CODIGO CIVIL
90. Prueba testimonial-material-documental. Prueba Testimonial: Debe extenderse acta ante notario o bajo firma privada, de todas las cosas cuya suma o valor exceda de 251 treinta pesos, aun por depósitos voluntarios; y no se recibirá prueba alguna de testigos en contra o fuera de lo contenido en las actas, ni sobre lo que se alegue haberse dicho antes, o después de aquellas, aunque se trate de una suma o valor menor de treinta pesos. Prueba Material: Es el testimonio de una cosa que el juez puede percibir directamente en su forma material. Ej.: Un acta de inspección del lugar del hecho (articulo 173,312). Prueba Documental: Es el testimonio de persona que es presentado en forma escrita o en otra forma material permanente, que no puede ser reproducido de manera oral. Ej.: Anticipo de prueba (artículos 287, 312).
FUENTE:
CODIGO CIVIL
91. Hecho factico. Es la identificación de los hechos relevantes que nos ayudan a comprobar la responsabilidad o no del procesado.
92. Divorcio. Es lo que conlleva a la terminación de la comunidades esta la esposa goza de tres opciones que se entienden como protección a sus derechos. Esta son: aceptar la comunidad, renunciar o aceptar bajo beneficio de emolumento que es un beneficio de inventario.
FUENTE:
Introducción al derecho Salvador jorge blanco
93. Prueba. Es la averiguación que se hace de un hecho con el fin de hacer resplandecer su veracidad o también su falsedad en el curso de un juicio. Además es la demostración de la verdad de un hecho que es afirmado en una instancia por una de las partes y que es negado por la otra.
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