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Cuenta Corriente


Enviado por   •  9 de Mayo de 2012  •  774 Palabras (4 Páginas)  •  1.068 Visitas

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1.- NOCIONES PREVIAS.

No es lo mismo el contrato en cuenta corriente (c.c.c.), que la apertura de

crédito en cuenta corriente, ni tampoco la cuenta corriente en cheques.

El c.c.c. se encuentra contemplado como una operación de crédito aunque en

realidad no implica una apertura de crédito, tiene una naturaleza sui generis.

El artículo 302 LGTOC, proporciona el concepto, a saber:

En virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos derivados de las mesas

recíprocas de las partes se anotan como partidas de abono o de cargo en una

cuenta, y sólo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta constituye un

crédito exigible y disponible.

De lo anterior se desprende que en el presente contrato, existen dos partes

que se denominan cada una “cuentacorrientista” y celebran un c.c.c. en virtud

del cual se hacen cargos y abonos recíprocos en su cuenta y solo pueden ser

exigibles los saldos que resulten.

2.- UTILIDAD PRÁCTICA.

En la actualidad el contrato de cuenta corriente es utilizado fundamentalmente

por las instituciones de crédito, pero no en operaciones con sus clientes sino

en las celebradas con otras instituciones de crédito, sin embargo, también tiene

cierta difusión entre los comerciantes particulares, principalmente entre los que

guardan relación maquilador-fabricante.

3.- CARACTERÍSTICAS Y REGULACIÓN.

El c.c.c. es un contrato bilateral y la apertura de crédito es unilateral.

En la apertura de crédito hay una cuantía definida, en el c.c.c. no hay cuantía

definida.

El c.c.c. es oneroso y conmutativo, además no es necesario que conste por

escrito, sin embargo debe de haber un acuerdo entre las partes respecto del

régimen de asiento.

4.- EFECTOS DEL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE:

1. La transformación de las remesas en asientos de la cuenta, la anotación

es definitiva y la anotación siempre se entiende salvo buen cobro.

Artículo 306 LGTOC. La doctrina dice que es una “novación” pero en

México esta figura tiene una serie de requisitos que no se dan en el

contrato de cuenta corriente. Ejemplo: Juan Pérez pide a Pedro Pablo

$300 de manzanas, pero no le debe ni las manzanas, ni los $300.00

pesos, sino lo que resulte en el saldo.

2. Se da una novación pero sobre el crédito anotado, o sea

desaparece la obligación del crédito anotado y aparece la obligación

sobre el saldo exigible.

A este respecto es menester comentar que las garantías que

correspondían a los créditos subsisten

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