Cuenta Corriente
Enviado por nuyma • 9 de Mayo de 2012 • 774 Palabras (4 Páginas) • 1.119 Visitas
1.- NOCIONES PREVIAS.
No es lo mismo el contrato en cuenta corriente (c.c.c.), que la apertura de
crédito en cuenta corriente, ni tampoco la cuenta corriente en cheques.
El c.c.c. se encuentra contemplado como una operación de crédito aunque en
realidad no implica una apertura de crédito, tiene una naturaleza sui generis.
El artículo 302 LGTOC, proporciona el concepto, a saber:
En virtud del contrato de cuenta corriente, los créditos derivados de las mesas
recíprocas de las partes se anotan como partidas de abono o de cargo en una
cuenta, y sólo el saldo que resulte a la clausura de la cuenta constituye un
crédito exigible y disponible.
De lo anterior se desprende que en el presente contrato, existen dos partes
que se denominan cada una “cuentacorrientista” y celebran un c.c.c. en virtud
del cual se hacen cargos y abonos recíprocos en su cuenta y solo pueden ser
exigibles los saldos que resulten.
2.- UTILIDAD PRÁCTICA.
En la actualidad el contrato de cuenta corriente es utilizado fundamentalmente
por las instituciones de crédito, pero no en operaciones con sus clientes sino
en las celebradas con otras instituciones de crédito, sin embargo, también tiene
cierta difusión entre los comerciantes particulares, principalmente entre los que
guardan relación maquilador-fabricante.
3.- CARACTERÍSTICAS Y REGULACIÓN.
El c.c.c. es un contrato bilateral y la apertura de crédito es unilateral.
En la apertura de crédito hay una cuantía definida, en el c.c.c. no hay cuantía
definida.
El c.c.c. es oneroso y conmutativo, además no es necesario que conste por
escrito, sin embargo debe de haber un acuerdo entre las partes respecto del
régimen de asiento.
4.- EFECTOS DEL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE:
1. La transformación de las remesas en asientos de la cuenta, la anotación
es definitiva y la anotación siempre se entiende salvo buen cobro.
Artículo 306 LGTOC. La doctrina dice que es una “novación” pero en
México esta figura tiene una serie de requisitos que no se dan en el
contrato de cuenta corriente. Ejemplo: Juan Pérez pide a Pedro Pablo
$300 de manzanas, pero no le debe ni las manzanas, ni los $300.00
pesos, sino lo que resulte en el saldo.
2. Se da una novación pero sobre el crédito anotado, o sea
desaparece la obligación del crédito anotado y aparece la obligación
sobre el saldo exigible.
A este respecto es menester comentar que las garantías que
correspondían a los créditos subsisten aunque
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