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Cumplimiento Y Extinción De Las Obligaciones


Enviado por   •  16 de Junio de 2014  •  380 Palabras (2 Páginas)  •  212 Visitas

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Cumplimiento

La obligación se contrae para ser cumplida, por tanto, el cumplimiento es el efecto normal de toda obligación, la ley es quien regula el pago, y se le define como la entrega de la cosa o de la cantidad debida o la prestación del servicio que se hubiere prometido.

Analizando el pago con base en las reglas que para la solutio datan del derecho romano, encontramos que respecto a las personas, quién puede pagar y a quién se puede hacer dicho pago, en lo que a la prestación se refiere, señala el modo de pago, el lugar de pago y el tiempo en que debe hacerse el mismo. Actualmente el derecho moderno no hace exigible el animus solutio, pues adicional e independientemente de la voluntad del deudor, al realizarse el pago, la obligación se extingue.

Por otro lado, la ley indica que en caso de que el acreedor se rehuse sin justa causa a recibir la prestación debida o a dar el documento justificativo de pago, y cuando fuese persona incierta o incapaz de recibir, podrá el deudor librarse de la obligación haciendo consignación de la cosa, previo ofrecimiento formal de la misma.

Extinción

Hay extinción cuando se provoca el finiquito de la relación causal que la obligación entraña, dicha extinción puede originarse por:

a) Por satisfacción específica de la expectativa del acreedor; mediante el cumplimiento o solutio (pago); anormalmente, por cumplimiento forzado o forzoso.

b) Por satisfacción equivalente de dicha expectativa; cuando el deudor y acreedor convienen en sustituir la prestación original por otra disciplina (compensación, dación y cesión en pago, novación); anormalmente, cuando se produce la sustitución equivalente de la prestación originalmente debida, pero sin convenio entre las partes (resarcimiento de daños y perjuicios).

c) Sin satisfacción de tal expectativa para el acreedor; cuando deudor y acreedor convienen la liberación del sujeto pasivo (mutuo disenso, desistimiento unilateral, remisión de deuda), o cuando con el nacimiento de la obligación, se previene dicha liberación del deudor con referencia a eventos bajo conjeturas (condición resolutoria, término extintivo), por necesidad lógica, si hay confusión de derechos, por necesidad técnico jurídica, por prescripción, por necesidad material, ante las situaciones de muerte del deudor en la obligación personalísima o, indistintamente, del acreedor; por pérdida de la cosa debida sin culpa del deudor, por último, por imposibilidad sobrevenida, también sin culpa del deudor.

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