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Código de Ética de un Lic. en Administración de Empresas Turísticas

chelo019Informe13 de Noviembre de 2013

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Código de Ética de un Lic. en

Administración de Empresas Turísticas

1• Ejercerá la profesión y las actividades que de ella se deriven, con decoro, dignidad e integridad, manteniendo los principios éticos por encima de sus intereses personales y los de su empresa.

 2• Dará el crédito a quien encuentre o cree ideas, hallazgos o inventos, que el Administrador use en escritorios o en investigaciones propias.

 3• Respetará la dignidad de la profesión, rechazando y denunciando las actuaciones que se supongan ilegales de la profesión, cualquier negocio que sea deshonesto, corrupto o impropio y en general todo hecho que represente inhabilidad, incapacidad y deshonra para la profesión.

 5• No avalará con su firma a título oneroso ni gratuito, documentación inherente a la profesión que no haya sido estudiada, ejecutada o controlada personalmente, o que sea falsa o no tenga un soporte cierto.

 6• Considerará como meta importante, la generación de empleo eficiente como contribución y aporte a la prosperidad de la Nación.

 7• Tomará parte activa en las decisiones y problemática de la localidad donde trabaja y de la nación en general, buscando soluciones cívicas y de servicio comunitario.

 8• El Técnico en Administración de Empresas deberá ser consciente que capacitarse en forma regular, garantiza el desempeño óptimo en las actividades que realice.

De su ejercicio profesional como Servidor Público

 1• El Técnico en Administración tendrá siempre en mente que los intereses de la sociedad en la cual sirve están por encima de cualquier interés particular y por consiguiente no actuará en perjuicio de aquella.

 2• Orientará toda su capacidad y esfuerzos en beneficio de la sociedad antes que a sus intereses personales o intereses de capitales privados, representándola y honrándola en cada acto de vida que realice.

 3• Desempeñará aquellos cargos para los cuales cuente con los conocimientos adecuados y procurará que los resultados de su eficiente administración se traduzcan en beneficios para las clases más desprotegidas.

 4• Siempre dará a la administración de los recursos públicos una orientación de servicio a la comunidad, recordando que del adecuado manejo de éstos depende el bienestar social.

IRMA BELEN BETSABE MUÑOZ

De su ejercicio profesional en el Sector Privado

 1• Se abstendrá de prestar servicios profesionales a personas o entidades cuyas prácticas u honorabilidad estén en contra de los principios éticos o fuera de la Ley.

 2• Ofrecerá al consumidor, servicios y productos de buena calidad, acatando las normas técnicas de calidad, evitando en todo momento lesionar a la comunidad.

 3• Acatará toda la legislación que regule su empresa sometiéndose a las inspecciones y a la vigilancia que el Estado establezca.

 4• Procurará la inversión en tecnología que signifique un aporte al desarrollo y al autoabastecimiento nacional, fomentando además el progreso científico y al mismo tiempo, impedirá que por sus aplicaciones prácticas, se conviertan en una amenaza para la especie humana.

De su ejercicio profesional Independiente

1• El Técnico en Administración guardará el secreto profesional y no revelará por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión a menos de que lo autoricen él o los interesados, y salvo los informes que obligatoriamente establezcan las leyes respectivas.

2• Sin embargo, podrá consultar o cambiar impresiones con otros colegas en cuestiones de criterio o de doctrina, sin identificar a las personas o negocios de que se trate y podrá recomendar la implantación de métodos,

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