ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

DERECHO COMERCIAL


Enviado por   •  9 de Febrero de 2014  •  576 Palabras (3 Páginas)  •  193 Visitas

Página 1 de 3

I. Especifique las características que se piden para cada tipo societario indicado

Sociedad en Comandita Simple Sociedad Anónima Simplificada Sociedad de Responsabilidad Limitada

Partes Sociales

(nombre, valor mínimo y máximo, límites para la transferencia, otros)

Se denominan intereses, los cuales no son negociables.

Las partes sociales no podrán ser cedidas sin el consentimiento unánime de los socios. Sin embargo, los estatutos pueden disponer que los intereses de los socios sean transferibles libremente entre ellos mismos, y/o que dichos intereses pueden transferirse por un socio o un socio comanditado a terceros con el consentimiento de todos los socios comanditados y de la mayoría en número y en capital de los socios comanditarios.

(Privada)

Partes sociales: Se denominan acciones las cuales son esencialmente negociables. El valor nominal mínimo de las acciones será de RD$1.00.

• Suscripción: La suscripción y pago de las acciones se constatará a través de un comprobante de suscripción por un valor nunca inferior a su valor nominal.

• Restricciones de transferencia: ninguna, salvo disposición contraria de los estatutos sociales (sin que esto implique prohibición de transferencia de las acciones).

• Derecho de preferencia: Los accionistas tendrán un derecho de preferencia para la suscripción de acciones en el evento de un aumento de capital. Este derecho es un derecho renunciable o transferible.

(Publica)

Partes sociales: Se denominan acciones las cuales son

esencialmente negociables.

• Suscripción: La suscripción y pago de las acciones se realizará mediante un boletín de suscripción, nunca por un valor inferior al valor nominal.

• Restricciones de transferencia: ninguna.

• Derecho de preferencia: Los accionistas tendrán un derecho de preferencia para la suscripción de acciones en el evento de un aumento de capital. Este derecho es un derecho renunciable o transferible. Se denominan cuotas sociales, las cuales no podrán estar representadas por títulos negociables ni tener un valor nominal inferior a RD$100.00.

Las cuotas sociales son libremente transmisibles por vía de sucesión o en caso de liquidación de comunidad de bienes entre esposos, y libremente cesibles entre ascendientes y descendientes, salvo que los socios hayan establecido limitaciones estatutarias. La cesión a terceros requerirá el consentimiento de los socios que sean titulares de las 3/4 partes de las cuotas sociales, previo el cumplimiento

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (4.1 Kb)  
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com