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Derecho Comercial


Enviado por   •  12 de Febrero de 2014  •  333 Palabras (2 Páginas)  •  198 Visitas

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1. Nombre del fallo: “Sejean, Juan Bautista c/ Ana María Zaks de Sejean”.

2. Fallos: 3908:2268

3. Año: 1986

4. Hechos: Juan B. de Sejean y Ana M. Zaks de Sejean aducen la inconstitucionalidad del artículo 64 de la ley de matrimonio civil, solicitando el restablecimiento de su aptitud nupcial, debido a que esta impide realizarlo.

5. Cuestiones presentadas: ¿El impedimento para restablecer las nupcias viola derechos constitucionales?

6. Primera instancia: Resuelven rechazar la impugnación por inconstitucionalidad del articulo 64 de la ley de matrimonio civil. Se interpone recurso de apelación.

7. Segunda instancia: Confirman el fallo de primera instancia.

8. Tipo de jurisdicción invocada para acceder a la corte suprema: Apelación extraordinaria.

9. Decisión de la corte suprema: La Corte Suprema decide conceder el recurso extraordinario, dejar sin efecto la sentencia apelada.

Declarar inconstitucional el art. 64 de la ley 2393 y todos aquellos que resulten concordantes con el teto legal mencionado anteriormente, restableciendo la aptitud nupcial de las partes al quedar disuelto su vinculo matrimonial.

10. Principios elaborados: Principio de igualdad; principio de supremacía

constitucional; principio de razonabilidad; principio de división de poderes; libertad de conciencia.

11. Holding: El art. 64 de la ley 2393 y todos aquellos que resulten concordantes con ella, violan el derecho de todas las personas a la dignidad humana y aniquilan el ejercicio del derecho.

12. Razonamiento: Todas las personas tienen derecho a la dignidad humana, que es un derecho no enumerado, el cual encuadra dentro del art. 33 de la Constitución Nacional.

Las necesidades del hombre son correlativas a este derecho y deben ser satisfechas (considerando los límites del artículo 19 de la Constitución Nacional). El matrimonio, con miras a constituir una familia, encuadra dentro de ello (ambos garantizados por los artículos 14 nuevo y 20 de la Constitución Nacional).

Además, caso contrario, el derecho a casarse se agotaría con un solo ejercicio, oponiéndose asi al principio de igualdad, debido a que solo las personas que enviuden serían capaces de volver a contraer matrimonio.

13. Obiter Dcitum significativo: El control constitucional debe realizarse teniendo en cuenta el proceso histórico y social.

El poder judicial debería intervenir cuando se desconozcan derechos constitucionales.

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