DERECHO PÚBLICO
sitijo522 de Mayo de 2013
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INTRODUCCIÓN
Este trabajo, contiene la información más resaltante e importante que da vida a las institución del Derecho Público, contemplada en el Derecho Privado (Derecho Civil) denominada Registro Civil o Registro del Estado Civil, el cual tiene por objetivo servir de fuente de información sobre el estado (civil) de las personas y suministrar medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia para demostrar el estado de las mismas. Contiene además la Ley Orgánica de Identificación, pasaporte e identificación de extranjeros. La Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela y el Ministerio Publico Conocidos los numerosos e importantes efectos del estado civil se comprenderá la enorme importancia de contar con una fuente de información y con unos medios probatorios que permitan al Estado, a los terceros y al propio sujeto conocer el estado civil de las personas y probarlo sin tener que recurrir a pesquisas y pruebas de dudoso valor. Por lo demás debe destacarse que el Registro Civil, bien organizado, puede y debe prestar grandes servicios, tanto en la esfera del Derecho Público, como del Derecho Privado.
La metodología de la investigación de tipo documental, tuvo su fuente en las siguientes leyes (Derecho Positivo): Código Civil de Venezuela, Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA), Ley Orgánica de Identificación, mención especial merece el texto del ilustre jurista civilista venezolano José L. Aguilar Gorrondona denominado Derecho Civil Personas, por ser una fuente de obligatoria consulta, para toda persona que desea profundizar el tema de los Registros del Estado Civil.
En cada párrafo, con la información detallada he señalado entre paréntesis, los artículos de las normas jurídicas con las cuales se puede corroborar la información legal.
El concepto de Registro Civil, su organización, funcionamiento, la intervención de las personas para su funcionamiento, así como los documentos que se insertan dentro de este Registro del Estado Civil, son algunos de los tópicos que se encuentran en el presente trabajo. Nos hemos limitado a señalar los aspectos más importantes de esta Institución, ya que existen extensas definiciones de otros autores, menos conocidos.
Debo señalar, que históricamente en Venezuela se introdujo el registro secularizado de modelo francés en 1873 por Decreto del entonces presidente, Antonio Guzmán Blanco. Por lo demás, los Registros Parroquiales católicos se siguen llevando y las partidas eclesiásticas conservan valor legal porque sirven para probar los actos y hechos correspondientes ocurridos antes de 1873.
Un buen sistema de Registro Civil debe ser completo, centralizado y público. Debe ser completo, en el sentido de comprender todos los actos y hechos que puedan tener relevancia en materia de estado civil. No se trata pues de registrar sólo los nacimientos, matrimonios y defunciones sino toda la serie de actos y hechos determinantes y modificativos del estado civil de las personas.
Debe ser centralizado en el sentido de que toda la información relativa al estado civil de una personas se encuentre registrada en una misma oficina y, si es posible, en un mismo expediente o el sistema de anotaciones marginales en cada partida del resto de la información inserta en los Libros del Registro Civil de las demás oficinas, la formación de un expediente civil único para cada persona, mediante el sistema de fichas o tarjetas movibles y la formación de las llamadas cartillas familiares, que se abrirían a cada matrimonio y donde se anotarían las informaciones que ulteriormente se registrarán respecto de los cónyuges y sus hijos. Debe ser público en el sentido de que todas las personas tengan acceso al Registro Civil y puedan obtener las copias de las actas que estimen convenientes.
La recepción, control, y tramitación de documentos son principios fundamentales de la organización para desarrollar la alta gerencia. Están incorporados a los mecanismos internos que se ejecutan para realizar una excelente labor administrativa, siendo necesaria la revisión para constatar efectivamente como operan.
La Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX) es una institución de carácter público, dependiente del Ministerio de Relaciones Interiores, funciona el Departamento de Naturalización el cual se encarga de la recepción, control y tramitación de documentos requeridos para la obtención o pérdida de la nacionalidad; llamando la atención el retardo por parte de este Departamento, en dar aprobación o negatividad de la solicitud. Aun cuando la ley establece un lapso no mayor de cinco meses a partir de la fecha de entrega de los documentos necesarios para decidir. Ameritando una revisión exhaustiva de cada uno de estos principios fundamentales logrando una celeridad laboral.
En este sentido se analizan los mecanismos empleados por el Departamento de Naturalización en la recepción, control y tramitación de documentos para garantizar la obtención o pérdida de la nacionalidad en Venezuela.
El presente trabajo también pretende brindar un alcance informativo de manera detallada y precisa sobre la importante labor que cumplen estos dos organismos del estado dentro del marco social, político y económico en nuestro país, para el desarrollo progresivo y convivencia en el ámbito de una sociedad justa y solidaria. Asimismo, se dará a conocer en el desarrollo del trabajo conocimientos previos a cerca de las funciones que cumplen el Ministerio Publico y la Defensoría del Pueblo como organismo público de un Estado Democrático mediante el ejercicio representativo de facultades que revisten los caracteres de delito y sobre todo prevalecen la protección y el cumplimiento de los derechos fundamentales de la persona y de la comunidad. Para ello es muy grato presentar este alcance a vista y disposición del público lector a fin de pulir sus conocimientos y fortalecer su capacidad intelectual con este útil material educativo; por ende, les invitamos compartir esta información de vital importancia.
NORMAS CONSTITUCIONALES Y LEGALES DEL REGISTRO CIVIL
Registro civil
El Registro Civil es un organismo administrativo o servicio público, encargado de dejar constancia de los hechos o actos relativos al estado civil de las personas naturales, así como otros que las leyes le encomienden.
En el Registro Civil se inscriben los nacimientos, la filiación, el nombre y apellido de las personas, los fallecimientos reales o presuntos, los matrimonios. Asimismo, puede corresponderle, según el país, el registro de las guardas, la patria potestad, las emancipaciones y las nacionalizaciones.
Fundamento del Registro Civil
Las relaciones sociales requieren frecuentemente acreditar de forma segura e indiscutible las condiciones de capacidad y el entorno familiar de las personas, su edad, su soltería o la posible incapacitación.
La experiencia ha demostrado que los datos relativos al estado civil de las personas deben ser recogidos de modo fidedigno y custodiados en archivos oficiales. Esto beneficia, tanto a los interesados como al Estado y a los terceros.
Además los estados modernos han mostrado un enorme interés por contar con un registro de sus ciudadanos, de gran utilidad para diversas cuestiones como el censo electoral, la protección de las familias numerosas, etc. El Registro civil viene a ser el organismo que cubre esta información.
Antecedentes históricos
Los vestigios más remotos que pueden citarse como antecedentes del Registro Civil los encontramos en algunas culturas orientales, en las que practicaban censos.
En la antigua Roma (siglo VI a. C.), existieron datos censales desde la época del rey Servio Tulio. En el siglo II, se implantaron normas sobre filiación. También se decretó la obligación de los padres de registrar el nacimiento de sus hijos.
Durante la Edad media, la expansión y el auge del catolicismo hizo que la iglesia católica tuviera el control del registro de los nacimientos y matrimonios. Los primeros libros parroquiales en donde aparecen inscripciones se encuentran en Francia e Italia central, a mediados del siglo XIV.
En 1787 en Francia, Luis XVI dispuso la libertad de cultos y, con ello, el establecimiento de un rústico Registro Civil para que los nacimientos, matrimonios y defunciones fueran objetos de inscripción ante los oficiales de la justicia real.
La Revolución francesa de 1789 trajo consigo la constitución civil del clero y, en 1804, se reguló el funcionamiento del Registro Civil, secularizando en el Código de Napoleón.
A partir del siglo XIX, su existencia se extendió al resto del mundo como parte del progresivo proceso seculizador del Estado y el dictado de leyes laicistas
EL REGISTRO CIVIL
Concepto de registro civil
Un concepto de Registro Civil en sentido amplio es el siguiente: Es la institución que con carácter de servicios administrativos, tiene a su cargo la inscripción de los hechos afectantes al estado de las personas, para que públicamente conste la versión oficial sobre la existencia, estado y condición civil de cada individuo. (La Roche, 1984:120)
Se define como “El Registro Civil o Registro del Estado Civil que tiene como finalidad servir de fuente de información sobre el estado de las personas y suministrar medios probatorios de fácil obtención y señalada eficacia para demostrar el estado de las mismas” (Aguilar, 2002:107)
Antecedentes históricos
En Venezuela, se introdujo el registro secularizado de modelo francés en 1873 por
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