De educación inicial
crislindaDocumentos de Investigación12 de Junio de 2013
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República bolivariana de Venezuela
Ministerio del poder popular para la educación universitaria
Universidad bolivariana de Venezuela
Socopó - barinas
Marco legal relacionado con la educación.
Docentes en formación:
Karin merchán
Nelsy merchán
Dalia canchica
Criss depablos
Docente asesor:
Guillermina solorzano
Viii semestre
De educación inicial
Sección:”u”
Socopó Junio del 2013
El marco legal relacionado con la educación inicial y con los proyectos comunitarios en el modelo de estado social y comunal
C.R.B.V
(Constitución de la República Bolivariana de Venezuela)
Artículo 3: Este artículo resalta los valores de la Educación, y del trabajo, que tiene el Estado, como recursos esenciales para alcanzar los fines personales y sociales, que requieren los ciudadanos, tales como; su defensa, su desarrollo, el respeto a su dignidad, la promoción del bienestar y la prosperidad social, el ejercicio democrático y además de permitir construir una sociedad que establezca la justicia, defienda la paz, y garantice el cumplimiento de los principios, derechos y deberes establecidos en la Constitución
Articulo 75: El Estado tiene la obligación de proteger y garantizar a todos sus miembros (familias –ciudadanos) sus derechos, seguridad social y estabilidad económica, y moral. Por lo tanto hay que resaltar que los niños o niñas tienen que vivir y ser criados en el seno de su familia natural.
Artículo 102: La Educación es un derecho y un deber social gratuito y obligatorio.
Articulo103: Todo ciudadano (a) tiene derecho a una educación integral gratuita en todos los niveles y modalidades donde el estado brindara instituciones suficientemente dotadas resaltando que las personas con necesidades educativas especiales tendrán los mismo deberes y derecho sin exclusión alguna.
Articulo 107: Señala que la educación ambiental es obligatoria en los niveles y modalidades del sistema educativo, asi como también en la educación ciudadana no formal
Artículo 108: El Estado garantizara los medios de comunicación: radio, televisión, bibliotecas y tecnología para que los ciudadanos as estén informados y a la vez contribuyan para su formación integral.
Articulo 111: Todas las personas tienen derecho al deporte y a la recreación Siendo obligatoria en todos los niveles de la educación publica o privada hasta diversificada.
Artículo 121: Este artículo estipula el derecho a la educación propia desarrollando su identidad étnica, cultural, bilingüe, valores, tradiciones de los pueblos indígenas
Ley Orgánica de Educación (L.O.E):
Artículo 4: El Estado asume a la educación como un proceso esencial para promover fortalecer y difundir los valores de la venezolanidad.
Artículo 8: El Estado garantizará la igualdad de condiciones y oportunidades para que los niños niñas y adolescentes hombres y mujeres ejerzan al derecho de una educación integral.
Articulo 14: La Educación es un derecho humano y un deber social y fundamental con un proceso de formación integral gratuita, laica exclusiva y de calidad permanente
Artículo 17: las familias tienen el deber y el derecho a la responsabilidad en la orientación y formación de principios y valores donde la triada educativa es la corresponsable en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral
Ley Orgánica de Concejos Comunales:
Capitulo I
ARTÍCULO 3: Este artículo tiene como fin de establecer la base
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