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Decreto 13-2013 Modificación A Leyes Presupuesto, Contraloria, Sat, Guatemala


Enviado por   •  19 de Febrero de 2014  •  17.753 Palabras (72 Páginas)  •  780 Visitas

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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA DECRETO NÚMERO 13-2013

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que es deber del

Estado garantizarle a los habitantes el desarrollo integral, y que este implica que las personas sean agentes y partícipes directos de sus propios objetivos, lo cual es imposible

sin educación, salud, infraestructura, seguridad y justicia.

CONSIDERANDO:

Que el Estado de Guatemala no ha logrado alcanzar las metas esperadas en materia social y que gran parte de la población aún vive en condiciones de pobreza y pobreza extrema, lo que amerita asegurar que las acciones de las entidades estatales, autoridades y servidores públicos, se ajusten a principios de transparencia, eficacia y eficiencia, especialmente en lo relativo a la calidad del gasto público.

CONSIDERANDO:

Que la transparencia y calidad en el gasto público son esenciales para el desarrollo del país, por lo que es necesario desarrollar disposiciones legales que se enfoquen en el logro del fortalecimiento institucional para la transparencia y el aseguramiento de la calidad del gasto de los Organismos del Estado, entidades descentralizadas y autónomas, incluyendo a los municipios.

CONSIDERANDO:

Que es urgente fomentar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, lo cual debe lograrse a través del fortalecimiento de la Administración Tributaria, con atribuciones para el combate al contrabando, la evasión, la defraudación y la informalidad, la simplificación de los procedimientos, una mayor efectividad de los sistemas que se aplican para la recaudación, control y fiscalización, y un mejor

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(*GANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.

MARTES 12 de noviembre de 2013 No. 29 Tomo CCXCVIII Director General: Héctor Salvatierra www.dca.gob.gt

EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ:

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 13-2013

Página 1

ORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTES

Acuérdase otorgar la "ORDEN NACIONAL DEL PATRIMONIO CULTURAL DE GUATEMALA" o la: AGENCIA ESPAÑOLA DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL PARA EL DESARROLLO (AECID).

Página 16

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN

Acuérdase reconocer la personalidad ¡urídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia denominada IGLESIA EVANGÉLICA "VOZ QUE CLAMA EN EL DESIERTO ISAIAS 40:3".

Página 17

PUBLICACIONES VARIAS

MUNICIPALIDAD DE PASTORES, DEPARTAMENTO DE SACATEPÉQUEZ

Acuérdase adoptar como Escudo de la Municipalidad de

Pastores Sacotepéquez el que se describe a continuación.

Página 17

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD

EXPEDIENTE 4463-2012

Página 18

MUNICIPALIDAD DE SAN JOSÉ ACATEMPA DEPARTAMENTO DE JUTIAPA

Acuérdase Implantación y cobro de las siguientes Tosas por Servicios Municipales y Tosas Administrativas.

Pagina 28

ANUNCIOS VARIOS

- Matrimonios Página 29

- Nacionalidades Página 29

- Constituciones de Sociedad Página 29

- Modificaciones de Sociedad Página 30

- Disolución de Sociedad Página 30

- Registro de Marcas Página 31

- Títulos Supletorios Página 34

- Edictos Página 35

- Remates Página 39

- Convocatorias Página 42V

ATENCIÓN ANUNCIANTES:

IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL Todo impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta administración ruega al público tomar nota.

2 Guatemala, MARTES 12 de noviembre 2013

DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 29

servicio a los contribuyentes, de manera que se eleve la moral tributaria de los contribuyentes responsables que cumplen con sus obligaciones.

POR TANTO:

En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) de la Constitución Política de la República de Guatemala,

se lleve a cabo con racionalidad y haciendo un uso apropiado e idóneo de los recursos."

ARTÍCULO 2. Se reforman las literales c), d) y se adicionan las literales e), f), g) y h) del Artículo 2 del Decreto Número 101-97 del Congreso de la República, Ley Orgánica del Presupuesto, el cual queda así:

c) "Las empresas cualquiera sea su forma de organización, cuyo capital mayoritariamente esté conformado con aportaciones del Estado, en lo relativo a los fondos públicos;

DECRETA:

Las siguientes:

REFORMAS A LOS DECRETOS NÚMEROS 101-97 DEL CONGRESO DE LA

REPÚBLICA, LEY ORGÁNICA DEL PRESUPUESTO; 31-2002 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY ORGÁNICA DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE CUENTAS; Y 1-98 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY ORGÁNICA DE LA SUPERINTENDENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

LIBRO I

REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 101-97 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, LEY ORGÁNICA DEL PRESUPUESTO

ARTÍCULO 1. Se reforma el artículo 1 del Decreto Número 101-97 del Congreso

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