Definición De Documentos No Negociables.
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INTRODUCCION
Definición De Documentos No Negociables.
Son aquellos que se requieren para la buena marcha de una empresa, ya que son de uso diario, constante y corriente; son indispensables para el control de la empresa ya que permite sustentar los gastos, de la misma, es decir las transacciones frecuentes y no frecuentes.
También se entiende como los documentos que permiten sustentar o dan soporte a una transacción comercial o la información necesaria para poder realizarla.
El origen e historia de los documentos no negociables es reciente y se remonta a la segunda mitad del siglo XX, son creados para dar fe o dejar constancia de haber realizado una operación comercial.
Definición De Documentos Negociables.
Son documentos que en su mayoría son utilizados en el comercio, y en el campo bancario, se denominan también títulos o valores, títulos de crédito, efectos de comercio y documentos comerciales, y tienen la particularidad legal de que tienen las siguientes características:
• Autonomía: Consiste en el principio de que a su beneficiario cuando lo va a cobrar no se le puede oponer los problemas que puede existir entre el emisor y el que está obligado a pagarlo.
• Literalidad: Significa que su beneficiario debe exigir solamente el cobro de la cantidad indicada en el documento.
Incorporación: Significa que en el documento está incorporado un derecho que debe ejercer el beneficiario, y en consecuencia el documento vale por sí mismo, como por tanto en caso de extravío, su beneficiario no tiene como cobrar la
Objetivo General
Objetivo Especifico
Fundamentación Científica
Remonta:- Actividad de compra.
Autonomía:- Facultad de la persona o la entidad que puede obrar según su criterio, con independencia de la opinión o el deseo de otros.
Acreditar:- Demostrar la verdad o autenticidad de algo, especialmente asegurar o dar fe documentalmente de que una cosa es auténtica o verdadera.
Contractual:- Procedente del contrato o derivado
Suscriptor:- . Persona que está suscrita a una publicación periódica.
Correntiaste
Endoso:- Escrito, en el respaldo de un documento, para endosar una letra u otro documento a la orden.
Adjudicado:- Conceder o dar una cosa a la que aspiran varias personas o entidades.
Bursátil:- Economía que tiene relación con la bolsa de valore.
Contractuales:- Que pertenece a un tratado o convenio
Correlativa:- Que al usarse junto a otra en un período, señala relación mutua
Desarrollo
Tipos De Documentos No Negociables.
A continuación se señalan los tipos de documentos No negociables; a pesar que fueron ya previamente expuestos; se resaltan los siguientes:
Factura:- Es la nota que el vendedor entrega al comprador, que es la cual se detallan las mercancías compradas de bienes y servicios grados, 0% Estado Nacional Producto Nacional, y con tarifa 12% Procesado.
Consta de las siguientes partes:
• Apellido y nombres o denominación o razón social del titular.
• Nombre comercial (si lo tuviera.)
• Dirección de la casa del matriz.
• Dirección del establecimiento donde está ubicado el punto de emisión
• Numero de RUC.
• Denominación de comprobante de pago.
• Numeración del comprobante: serie y numeración correlativa.
• Apellidos y nombres o denominación o razón social del comprador o usuario.
• RUC del comprador o usuario.
• Fecha de emisión.
• Firma
Comprobantes De Compra:- Es un documento similar a la nota de pedido, se utiliza para solicitar mercaderías a un determinado proveedor cuando se encuentra en una misma localidad y el proveedor no envía vendedores para ofrecer el producto. Es decir, es el proveedor no envía vendedores para ofrecer compras para solicitar la mercadería que requiere. Debe ser concreto, claro y específico en lo solicita.
Consta de las siguientes partes:
• Lugar y fecha de emisión.
• Nombre y número de orden del comprobante.
• Nombre y domicilio.
• Datos de la empresa que imprime el documento, habilitación municipal, fecha de impresión y numeración de los documentos impresos.
Nota De Crédito:- La Nota de Crédito será emitida al mismo adjudicado o usuario para modificar comprobante de pago emitidos con anterioridad. Específicamente para disminuir (abonar o acreditar) el importante de una factura no se le ha considerado oportunamente ciertos descuentos o que por pronto pago se deba conceder un determinado descuento, así como por anulación de operaciones.
Consta de las siguientes partes.
• Lugar y fecha en el que extiende.
• Nombre y domicilio del que envía la nota y del aquel a quien va remitida.
• Detalle del motivo que original al descargo o crédito.
• Importe que se acredita.
• Numero de individualización.
Recibo:-El recibo es una constancia de pago o de haber recibido dinero. Lo otorga siempre el que recibe y su firma puesta al pie es la prueba de la extinción parcial o total de la deuda.
Consta de las siguientes partes:
• Lugar y fecha en se otorga.
• Nombre de la persona de quien se recibe.
• La cantidad de dinero, valores o bienes, escrita en letras y cifras.
• El concepto por el cual se ha recibido esa cantidad.
• La firma del que recibe.
Cotización:- Es aquel documento que el departamento de compras usa en negociación. Es decir, la cotización es darle el valor a un bien, de esta manera se cotizan los valores que participan en el mercado bursátil.
Precio registrado en la Bolsa de cuando se realiza una negociación de valores, o también expresión de uso bursátil para señalar el valor de acciones y otros instrumentos que se venden a través de la bolsa de valores.
Consta de las siguientes partes:
• Descripción de la mercancía.
• Precio de la Oferta y Condiciones.
• Plazo de Entrega.
• Forma de Entrega y Trasporte utilizado.
• Necesidad de aceptación del pedido y/o plazo límite de vigencia de Entrega y Trasporte utilizado.
• Necesidad de aceptación del pedido y/o plazo límite de vigencia de la cotización.
• Sistema de Facturación y sistemas de cobro.
• Garantías contractuales y normativa aplicable de la cotización.
• Sistema de Facturación y sistemas de cobro.
• Garantías contractuales y normativa aplicable.
A continuación se señalan los tipos de Documentos Negociables; a pesar que fueron ya previamente expuestos; se resaltan los siguientes:
Letra De Cambio:- Documento mediante el cual una persona ordena, a otra que pague a favor de un tercer una determinada cantidad de dinero.
Consta de las siguientes partes:
• Es una orden de pago.
• Es su emisión intervienen tres personas (librador, librado y beneficiario).
• Debe llevar la firma del suscriptor.
• Cantidad de dinero.
El Pagaré:- es un título de crédito o título valor que contiene la promesa incondicional de una persona a la cual se le denomina suscriptora, de que pagará a una segunda persona llamada beneficiaria o tenedora, una suma determinada de dinero en un determinado plazo de tiempo.
Se debe indicar que el instrumento es un "Pagaré", siendo expresado en el idioma que se firme el convenio de pago. Al ser impreso el documento, el título del pagaré debe ser escrito totalmente en el mismo idioma del país donde se suscribe.
Consta de las siguientes partes:
• Denominación de la entidad y oficina librada.
Datos de la cuenta librada, habitualmente código cuenta cliente.
• Fecha de vencimiento del pagaré, esto es, momento a partir del cual puede hacerse efectivo.
• Importe consignado en cifras del pagaré.
• Persona a la que se debe realizar el pago, en el caso de los pagarés estos siempre deben ir emitidos a favor de una persona, física o jurídica, o a su orden.
• Importe del pagaré expresado en letras, en caso de discrepancia entre el importe expresado en letras y el importe expresado en cifras prevalecerá el primero.
• Fecha y lugar de emisión.
• Identificación del documento en sí mismo, serie y número de documento.
• Firma del emisor del pagaré.
• Identificación del pagaré codificada especialmente para una lectura automatizada del documento.
EL Cheque:- Es uno de los instrumentos con los cuales se moviliza la mayor cantidad de
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