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Delitos Sexuales


Enviado por   •  18 de Enero de 2015  •  1.528 Palabras (7 Páginas)  •  152 Visitas

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I. Introducción

La violencia sexual y el abuso infantil se han convertido en un grave problema para la cristiandad en los Estados Unidos. Es casi imposible ver un tele-noticiero o abrir un periódico sin encontrar reportajes sobre el tema. Además, las revistas de noticias más prestigiosas del país, como Times, Newsweek y US News & World Report, han publicado largos ensayos sobre estos temas.

Aunque la inmensa mayoría de los casos que han llegado a las noticias han involucrado sacerdotes católico-romanos, no debemos pensar que los protestantes estamos exentos de estos problemas. Del mismo modo, aunque la mayor parte de las personas acusadas son anglo-europeas, el ministerio hispano no está exento de estos problemas.

Cada caso de abuso infantil socava el lugar que la Iglesia Cristiana, en todas sus expresiones, ocupa en la sociedad. Las personas que viven alejadas de Dios usan estas acusaciones como excusa para su incredulidad. En fin, esta penosa situación nos afecta a todos.

II. ¿Qué es la violencia sexual y el abuso infantil?

La violencia y el abuso sexual cubren varios tipos de conducta inadecuada, sobre todo para ministros del Evangelio de Jesucristo. Algunas de estas conductas indebidas son:

1. El abuso verbal: La forma más común de abuso sexual es la violencia verbal. Cuando una persona hace chistes sobre sexo, comentarios inadecuados sobre el físico de sus compañeros de trabajo, preguntas impropias sobre la vida sexual de sus feligreses, alarde de sus proezas sexuales, o se queja de que su pareja no le satisface, dicha persona está cometiendo actos de violencia sexual. El ministro que hace este tipo de comentarios impropios constantemente, está creando un ambiente de trabajo negativo. Del mismo modo, algunos empleados o feligreses pueden considerar ofensiva la exposición de afiches, revistas, dibujos, o libros sobre sexo. Los comentarios constantes sobre temas sexuales y la exposición de material sexual son suficientes para que empleados o feligreses acusen a supervisores o ministros de hostigamiento sexual. Debe quedar claro que la conducta que vemos comúnmente en los programas de televisión y películas de cine—cuyos temas giran generalmente en torno al sexo—es inadecuada en cualquier lugar de trabajo, y mucho más en las instituciones religiosas. En Puerto Rico hubo un sonado caso donde una empleada acusó a un ministro de hostigarle sexualmente por comentarios impropios en tono de broma. La acusación manchó su carrera, costándole decenas de miles de dólares.

2. El hostigamiento sexual: El hostigamiento sexual incluye todo tipo de acercamiento que un subalterno considere indebido. Algunos de los actos que pueden considerarse como hostigamiento son los siguientes:

•Invitaciones o insinuaciones sexuales: Esto incluye todo tipo de comentario que pueda ser considerado impropio por otra persona. Incluye las invitaciones a ir solos a comer, al teatro, o a pasear. Además, incluye los regalos poco apropiados, como la ropa interior o los trajes de baño. Abarca también las invitaciones a ir a nadar o a estar juntos en una bañera de agua caliente (en inglés, «hot tub»). Claro está, incluye cualquier invitación o insinuación a dormir juntos, a acariciarse, a desnudarse, a cometer actos sexuales, o a tener relaciones sexuales de cualquier tipo.

•Contacto físico: Esto incluye todo tipo de contacto físico que pueda ser considerado impropio por otra persona. Incluye los roces de áreas sexuales del cuerpo, las cosquillas, jugar a la lucha libre con jóvenes de la iglesia, los abrazos muy largos, los besos (sobre todo en los labios) y apretar a la persona que uno está abrazando.

•Amenazas o exigencias sexuales: Los casos más claros de hostigamiento sexual son aquellos donde un hombre que está en una posición de autoridad le exige a una empleada que tenga relaciones sexuales con él, bajo amenaza de perder su empleo. También son claros los casos donde hay violencia, como cuando un ministro besa a la fuerza a una feligrés.

• Cualquier tipo de contacto sexual: Dado que los pastores y las pastoras ocupan posiciones de autoridad, cualquier miembro de la congregación puede acusarles. Aunque la congregación no tenga empleados como tal, la ley considera que la relación entre ministros y feligreses es equivalente a las relación entre jefes y empleados.

3. Las relaciones consensuales: Algunos ministros piensan que pueden sostener relaciones románticas, de noviazgo, y hasta sexuales con sus feligreses, siempre y cuando su pareja esté de acuerdo. Esto es un gran error. Ante los ojos de la ley, la relación pastoral no se elimina cuando la otra persona acepta las insinuaciones del ministro. Para la ley, la relación entre un ministro y un feligrés es una relación

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