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Demanda LABORAL


Enviado por   •  9 de Diciembre de 2013  •  1.473 Palabras (6 Páginas)  •  838 Visitas

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EXPEDIENTE NÚMERO: _____/2013

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VS

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H. JUNTA ESPECIAL NÚMERO TRES

DE LA LOCAL DE CONCILIACION Y

ARBITRAJE EN EL ESTADO.

C ::::::::::::::::::::::::::::::::::::::::, por mi propio derecho Señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de documentos y notificaciones en el despacho jurídico ubicado en __________________________ de esta Ciudad de _____________, Chiapas; solicitando se le reconozca personalidad de conformidad con el artículo 692 de la Ley Federal de Trabajo a favor de los licenciados _______________________, indistintamente, para lo cual anexo carta poder para que obre como corresponda; por lo que con el debido respeto comparezco para EXPONER:

Que por medio del presente escrito, y en la vía Ordinaria Laboral, y a nombre de mi poderdante, vengo a demandar formalmente a:

A) LA SECRETARIA DE SALUD QUIEN TIENE SU DOMICILIO EL UBICADO EN LA UNIDAD ADMINISTRATIVA EDIFICIO "C" COL. MAYA C.P. 29010, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.

B) INSTITUTO DE SALUD, QUIEN TIENE SU DOMICILIO EL UBICADO EN UNIDAD ADMINISTRATIVA EDIFICIO "C" COL. MAYA C.P. 29010, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.

C) AL C. MIGUEL ANGUEL TREVILLA GARCIA, QUIEN TIENE SU DOMICILIO EL UBICADO EN PRIMERA NORTE ESQUINA TERCERA PONIENTE NUMERO 408 DE LA CIUDAD DE TUXTLA GUTIERREZ.

D) AL C. LUIS ENRIQUE HERNANDEZ PEREZ, QUIEN TIENE SU DOMICILIO EL UBICADO EN UNIDAD ADMINISTRATIVA EDIFICIO "C", 1.ER PISO, COL. MAYA C.P. 29010, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.

E) A LA C. JANET GUTIERREZ DELGADO, QUIEN TIENE SU DOMICILIO UBICADO EN, PRIMERA NORTE ESQUINA TERCERA PONIENTE NUMERO 408 DE LA CIUDAD DE TUXTLA GUTIERREZ.

F) C. OSWALDO HENRRY DOMINGUEZ CORDOVA, CON DOMICILIO UBICADO EN UNIDAD ADMINISTRATIVA EDIFICIO "C" 1.ER PISO, COL. MAYA C.P. 29010, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.

G) C. MARCO AURELIO HUETE MEZA, CON DOMICILIO UBICADO EN UNIDAD ADMINISTRATIVA EDIFICIO "C" 1.ER PISO, COL. MAYA C.P. 29010, TUXTLA GUTIÉRREZ, CHIAPAS.

H) QUIEN O QUIENES RESULTE SER LA RESPONSABLE DE LA FUENTE DE TRABAJO.

De quien se RECLAMA LA INMEDIATA REINSTALACIÓN DEL DEMANDANTE EN EL PUESTO DE TRABAJO QUE VENÍA DESEMPEÑANDO, EN LAS CONDICIONES QUE SE SEÑALAN EN LA RELACIÓN DE HECHOS DE LA PRESENTE DEMANDA, más el pago y cumplimiento de las siguientes prestaciones derivadas de la relación laboral y del despido injustificado del trabajo de que fue objeto por parte de los demandados, para el caso de que los demandados se niegan a la reinstalación solicitada, de forma alternativa y sin que ello implique contradicción en las acciones ejercitadas, desde ahora se demanda el pago de las siguientes:

CAPITULO DE PRESTACIONES:

a) El pago de la cantidad de $ 64,395.00 ( sesenta y cuatro mil trescientos noventa y cinco pesos 00/100 M.N), correspondiente a tres meses de indemnización Constitucional a que tiene derecho mi poderdante y más el pago de salarios caídos que se generen desde la fecha del despido, hasta aquella en que se dé cumplimiento total del laudo que se dicte en este juicio, lo que se reclama con base en el salario integrado de $ 715.46 pesos diarios.

b) El pago de la cantidad $205,098.53 (Doscientos cinco mil noventa y ocho pesos 53/100 M.N.), correspondiente a veinte días por año de servicios prestados, a que tiene derecho mi poderdante a razón del salario integrado de $715.46 pesos diarios, considerando la antigüedad de 14 años 4 meses 10 días laborados de servicios prestados para las partes demandadas y que se señala en la relación de hechos de esta demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 y 52 de la ley federal del trabajo, por lo que procede su pago conforme al salario indicado.

c) El pago de la cantidad de $120,197.28 ( ciento veinte mil ciento noventa y siete pesos 28/100 M.N), correspondiente a prima de antigüedad a que tiene derecho mi poderdante a razón de doce días por cada año de servicios prestados, teniendo en cuenta la antigüedad 14 años 4 meses y 10 días que se señala en la relación de hechos de esta demanda, lo que se reclama con base en salario máximo actual de $715.46 pesos diarios de conformidad con el artículo 162 en relación con el 485 y 486 de la ley federal del trabajo.

d) El pago de la cantidad de $21,463.79, (Veintiún mil cuatrocientos sesenta y tres pesos 79/100 M.N.) por concepto de aguinaldo proporcional a que tiene derecho el demandante por el periodo comprendido de 01 enero al mes de01 septiembre del año en curso, que no le fue cubierto a mi poderdante al ser despedido del trabajo, por lo que procede su pago conforme al salario integrado

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