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Deontología Jurídica. Este trabajo fue realizado para la materia de Estudios Contemporáneos, enseñada por el profesor Jose Miguel Velez.


Enviado por   •  19 de Diciembre de 2015  •  Tareas  •  439 Palabras (2 Páginas)  •  256 Visitas

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Deontología Jurídica

Universidad Católica de Santiago de Guayaquil

Antonella Zavala

Nota de Autor

Este trabajo fue realizado para la materia de Estudios Contemporáneos, enseñada  por el profesor Jose Miguel Velez.

La constitución de la republica del 2008 en su artículo 195, señala que las funciones de la Fiscalía General del Estado son Dirigir de oficio o a petición de parte, la investigación antes, durante y después del proceso penal y civil. Además, también están encargados de acusar a los infractores de la ley ante un juez competente. Organizar un sistema de investigación, medicina legal, ciencia forense y proteger a las víctimas, testigos y cualquier otro participante durante el proceso penal.

Atribuciones de los fiscales de acuerdo al art 444 son:

  • Recibir denuncias tipificadas o verbales.
  • Reconocer lugares, huellas, armas y objetos con la intervención de un sistema especializado de investigación.
  • Formular cargos e impulsar el proceso.
  • Supervisar al personal encargado de la investigación.
  • Recibir testimonios de la víctima y de testigos presentes durante los hechos.
  • No permitir que la persona que tiene información se ausente del lugar.
  • Que la persona aprendida sea puesta bajo el órgano judicial correspondiente en un plazo de 24 horas desde el hecho.
  • Ordenar el peritaje integral de todos los indicios que hayan levantado en la escena.

Finalmente, es necesario señalar que según el art 265 cualquier persona que almacene, envase o transporte en puertos marítimos o mar territorial cualquier producto derivado de hidrocarburos, petróleo sin autorización será privado de su libertad con hasta siete años de prisión. También, se sanciona a quien destruya instalaciones, centros comerciales, puertos, canales, embalses, minas, polvorines, vehículos o cualquier medio de transporte será privado de su libertad hasta siete años en prisión.  La persona que destruya, lesione o sea considerado un peligro para ocupantes en un transporte terrestre, marítimo o en aeropuertos, también será sancionado de acuerdo con la ley.

 

Referencias

DEONTOLOGIA JURIDICA (2015), UNIVERSIDAD CATOLICA SANTIAGO DE GUAYAQUIL.

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