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Derecho A La Alimentacion Infantil


Enviado por   •  26 de Septiembre de 2014  •  379 Palabras (2 Páginas)  •  261 Visitas

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Derecho a la alimentación del Niño Nina y adolescente

Artículo 46

Lactancia materna.

El Estado, las instituciones privadas y los empleadores o las empleadoras proporcionarán condiciones adecuadas que permitan la lactancia materna, incluso para aquellos o aquellas hijos e hijas cuyas madres estén sometidas a medidas privativas de libertad.

Los alimentos son todos aquellos medios indispensables para que una persona pueda satisfacer sus necesidades básicas según su posición económica.

Esta alimentación comprende (MANUTENCION): alimentos, educación, transporte, vestuario, asistencia médica, recreación, deportes entre otros ART. 365 de la LOPNNA.

La doctrina de protección integral planteada en la ley orgánica del niño y del adolescente (LOPNNA) regula todo lo relacionado con los derechos, deberes y garantías de todos los niños y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional.

El estado tiene la obligación indeclinable, tomar todas las medidas administrativas, legislativas judiciales y de cualquier otra índole que sea necesaria y apropiada para asegurar los derechos de los niños y adolescentes. Mientras que la familia es responsable prioritariamente de asegurar los derechos de los niños y del adolescentes. El padre y la Madre tienen obligaciones comunes e iguales en lo que respecta al cuidado, desarrollo y educación integral de sus hijos.

No solo contempla la obligación que tienen los padres de darle alimentos (comida) a sus hijos sino que es mucho más amplia, abarca todos los aspectos que se involucren con el desarrollo del niño

ART. 368 LOPNNA: (personas obligadas de manera subsidiaria) si los padres han fallecido o carecen de medios económicos o están impedidos para cumplir la obligación alimentaria esta recae en los hermanos mayores, ascendientes, parientes colaterales o la persona que lo represente al niño o adolescente.

Artículo 383

Extinción

La Obligación de Manutención se extingue:

a) Por la muerte del obligado u obligada o del niño, niña o adolescente beneficiario o beneficiaria de la misma;

b) Por haber alcanzado la mayoridad el beneficiario o la beneficiaria de la misma, excepto que padezca discapacidades físicas o mentales que le impidan proveer su propio sustento, o cuando se encuentre cursando estudios que, por su naturaleza, le impidan realizar trabajos remunerados, caso en el cual la obligación puede extenderse hasta los veinticinco años de edad, previa aprobación judicial.

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