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Derecho Bancario. Introducción. El banco es una institución de tipo financiero


Enviado por   •  13 de Marzo de 2017  •  Tesinas  •  407 Palabras (2 Páginas)  •  2.091 Visitas

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Introducción.

El banco es una institución de tipo financiero, que se dedica a realizar operaciones financieras con el dinero procedente de sus accionistas y de los depósitos de sus propios clientes. Los bancos nacieron con la necesidad de realizar simples operaciones de cambio y crédito a nivel personal, pero con el transcurso del tiempo se comenzaron a desarrollar funciones más amplias, hasta que se volvieron instituciones, fue aproximadamente hasta el siglo xv, en el año 1406 que se fundó el primer banco en la historia, que tuvo sede en Génova, Italia, que llevo el nombre de “banco di san Giorgio.

La bancas en un término que se emplea en el ámbito de las finanzas y de los negocios para designar al conjunto de acciones del ámbito económico, que tienen como encomienda llevar actividades comerciales y por otro margen la palabra banca se usa para designar de una manera amplia y general, al conglomerado de bancos y banqueros que desempeñan actividades financieras. En tanto a la banca comercial es un término que denota a aquella institución financiera que se desempeña como intermediario al momento de una oferta o demanda de los recursos financieros. Debe acentuarse que la banca comercial da múltiples servicios, a lo mismo que operaciones de tipo pasivo y activo, que se encuentran determinados y regulados por una normativa especial. Entre otras actividades la banca comercial puede aceptar el ingreso de los ahorros de los cuales disponen las personas físicas, a lo mismo que del que disponen las personas jurídicas o morales, para situarlos en cuentas corrientes, cajas de ahorro, plazos fijos, según sea el arreglo y la necesidad del cliente en cuestión. La banca comercial también se prepondera en el otorgamiento de préstamos y créditos, el recibimiento de dinero es una operación pasiva, en cuanto que la entrega de dinero es una operación activa.

Los delitos bancarios son aquellas conductas realizadas por particulares, funcionarios o empleados bancarios, son todas aquellas acciones u omisiones de operaciones de inversiones, depósitos, préstamos, créditos, o servicios que están tipificados y son sancionados por la ley de instituciones de crédito, algunas de las conductas pueden considerarse como delitos patrimoniales, esto deja claro el perjuicio directo que se le hace a una persona en su patrimonio, es decir que viola un bien jurídico tutelado constitucionalmente. Los delitos bancarios son definidos por Hernández Quintero (1997) como delitos pluriofensivos,  en el sentido que lesionan diversos bienes o intereses jurídicos tutelados por el legislador


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