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Derecho De Peticion


Enviado por   •  29 de Junio de 2014  •  1.038 Palabras (5 Páginas)  •  237 Visitas

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Derecho de petición

Trabajo expositivo

Deiber Andrés Cardona Dávila

Docente

Rubén Vanegas

INSTITU TECNOLOGICO METROPOLITANO

Medellín

2014

¿Qué es?

Una petición es un documento presentado a alguna autoridad oficial y firmada por uno o varios individuos con el fin de buscar solucionar algún problema. Es posible también hacer una petición vía oral en vez de por escrito, y hoy en día, puede ser formalizada a través de internet.

El término, en algunos países, tiene también un significado específico en el ámbito legal como un pedido dirigido a una corte o tribunal administrativo, solicitando algún tipo de medida tal como una orden de la corte.

¿Para qué sirve?

La Constitución Política de Colombia de 1991 establece como derecho fundamental de todo ciudadano el de realizar peticiones respetuosas y recibir respuestas de fondo dentro de los términos legales, lo cual significa que si no se recibe una respuesta oportuna y de fondo se puede acudir ante la justicia con una Acción de tutela.

- Para quejarse por la conducta irregular de un funcionario público o de un empleado de empresa privada que preste un servicio público.

- Para reclamar por la suspensión injustificada de un servicio público o porque éste se presta de forma ineficiente.

- Para manifestar la opinión de uno o varios peticionarios sobre un tema en el que esté interviniendo una entidad pública.

- Para solicitar información sobre la actuación de una entidad pública en un caso concreto; sobre documentos públicos, o sobre copias de documentos que reposan en una oficina pública.

¿A quién se le puede interponer?

El derecho de petición al estar regulado por el código contencioso administrativo, significa que en esencia procede contra las entidades estatales excluyendo las entidades privadas como es el caso de las empresas privadas.

No obstante, el derecho de petición procede también contra las entidades privadas que prestan o administran servicios públicos, como las cámaras de comercio, notarias, las empresas de servicios públicos como el agua, gas, energía eléctrica, teléfono, etc.

¿Quiénes lo pueden interponer?

En Colombia tienen derecho a presentar peticiones todas las personas, sean nacionales o extranjeras, adultas o menores de edad, letradas o analfabetas. Sin embargo, a los militares y policías está constitucionalmente prohibido formular como tales, ante las autoridades de la fuerza pública, peticiones que no se relacionen con el servicio y la moralidad del cuerpo respectivo. Lo anterior no impide a militares y policías ejercer libremente el derecho de petición en otros ámbitos y materias, pues todos ellos son titulares de ese derecho fundamental.

¿Tiempo para resolverlo?

Para determina los días de plazo que se tienen para responder un derecho de petición, se tienen en cuenta únicamente los días hábiles, no los días calendario.

Recordemos que las autoridades o particulares que tienen la obligación legal de atender derechos de petición, tienen los siguientes plazos para hacerlo:

Quince (15) días para contestar quejas, reclamos y manifestaciones [Artículo 6 código contencioso administrativo].

Diez (10) días para contestar peticiones de información [Artículo 22 código contencioso administrativo].

Treinta (30) días para contestar consultas. [Artículo 25 código contencioso administrativo].

Los artículos del código contencioso administrativo referenciados no especifican si los días de plazo allí contemplados son hábiles o calendario, por lo que se hace necesario recurrir a otra norma para saber cómo interpretar estos días de plazo.

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