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Derecho .


Enviado por   •  19 de Enero de 2015  •  Prácticas o problemas  •  3.984 Palabras (16 Páginas)  •  128 Visitas

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.- En caso de que el trabajador presente su renuncia, a qué tiene derecho?

A que su empleador le pague su liquidación que comprende el pago de los días trabajados, de no haberse completado el mes, los proporcionales del décimo tercero, décimo cuarto sueldo y vacaciones no gozadas. Pago que se realizará a la firma del acta de finiquito, ante el inspector del trabajo.

Referencia: Art. 71, 111, 113 y 595 Código del Trabajo.

2.- Qué tiempo de duración tiene un contrato a prueba?

El contrato a prueba tiene un tiempo de duración de máximo noventa días, entendiéndose que transcurrido dicho plazo sin que se haya manifestado la voluntad de darlo por terminado, se entenderá que continuará en vigencia hasta completar un año. En el caso de trabajo del servicio doméstico, el período de prueba será de 15 días.

Referencia: Art. 15 y 264 Código del Trabajo

3.- Dentro del período de prueba, mi empleador puede dar por terminado el contrato de trabajo?

Durante el plazo de prueba, cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato libremente.

Referencia: Art. 15 inc. 2do Código del Trabajo

4.- Dónde se debe registrar los contratos de trabajo?

En la Inspección de Trabajo del lugar en que el trabajador preste sus servicios, dentro de los 30 días siguientes a su suscripción. En el caso de la provincia de Pichincha, deberán registrarse en la Unidad de Registro de Actas de Finiquito y Contratos de Trabajo.

Referencia: Art.20 Código del Trabajo

5.- Es obligación del empleador entregar certificados de trabajo?

Es obligación del empleador conferir gratuitamente al trabajador, cuantas veces lo solicite, certificados relativos a su trabajo.

Referencia: Art. 42 numeral 14 Código del Trabajo

6.- Es legal que el empleador imponga multas y estas se descuenten de la remuneración del trabajador?

El empleador no puede imponer multas a sus trabajadores que no se hallen previstas en el reglamento interno de trabajo aprobado por el Ministerio de Relaciones Laborales; mismas que no podrán ser superiores al diez por ciento de la remuneración del trabajador y sí pueden ser descontadas de la remuneración.

Referencia: Art. 44 literal b Código del Trabajo

7.- En el caso de que un trabajador labore más de ocho horas diarias, tiene derecho a que se le pague horas suplementarias y extraordinarias?

Tendrá derecho al pago de horas suplementarias cuando el trabajador labore posteriormente a su jornada de ocho horas diarias, con un cincuenta por ciento de recargo del valor hora, cuando trabaje hasta las 24h00, posterior a lo cual tendrá derecho al recargo del cien por ciento del valor hora. Las horas suplementarias no podrán exceder de cuatro en un día, ni de doce en la semana. Tendrá derecho al pago de horas extraordinarias, cuando el trabajador labore los días sábados, domingos y de descanso obligatorio, con un recargo del cien por ciento del valor hora.

Referencia: Art. 55 y 65 Código del Trabajo

8.- Cuántos días de vacaciones tiene derecho el trabajador?.

El trabajador una vez que ha cumplido un año de servicio con su empleador, tiene derecho a quince días de descanso, incluidos los días no laborables sin ninguna interrupción.

Referencia: Art. 69 Código del Trabajo

9.- Después de qué tiempo de trabajo tiene derecho el trabajador a un día más de vacaciones?

Cuando el trabajador haya prestado servicios por más de cinco años en la misma empresa o al mismo empleador, tendrá derecho a un día más de vacaciones por cada uno de los años excedentes o recibirán en dinero la remuneración correspondiente a los días excedentes. Los días de vacaciones adicionales por antigüedad no excederán de quince, salvo que las partes, mediante contrato individual o colectivo, convinieren en ampliar tal beneficio.

Referencia: Art. 69 Código del Trabajo

10.- Se puede acumular las vacaciones?

El trabajador podrá acumular sus vacaciones hasta por tres años consecutivos, a fin de gozarlas en el cuarto año.

Referencia: Art. 75 Código del Trabajo

11.- Es legal que el empleador se niegue a conceder vacaciones a su trabajador?

El empleador podrá negar las vacaciones en un año, cuando el trabajador desempeñe labores técnicas o de confianza para las que exista dificultad de reemplazar por corto tiempo, vacaciones que se acumularán necesariamente a las del año siguiente.

Referencia: Art. 74 Código del Trabajo

12.- Está vigente el contrato de trabajo por horas?

En la legislación ecuatoriana se eliminó la contratación por horas.

13.- Se puede contratar por menos de ocho horas diarias?

Si, a través de la celebración de un contrato de jornada parcial permanente de trabajo, cuando se estipule jornadas de menos de ocho horas diarias y/o menos de cinco días a la semana, en la que el trabajador gozará de estabilidad y de la protección integral de dicho cuerpo legal y tendrá derecho a una remuneración que se pagará aplicando la proporcionalidad en relación con la remuneración que corresponde a la jornada completa, tomando como referencia mínima a la remuneración básica unificada. Así mismo, tendrá derecho a todos los beneficios de ley, incluido el fondo de reserva y la afiliación al régimen general del seguro social obligatorio.

Referencia: Art. 82 Código del Trabajo

14.- Cuál es el porcentaje que la empresa debe pagar a los trabajadores por concepto de utilidades?

El empleador o empresa reconocerá en beneficio de sus trabajadores el 15% de las utilidades líquidas, a ser distribuido el 10% entre los trabajadores de la empresa por igual de acuerdo al tiempo de trabajo y el 5% restante, en proporción a las cargas familiares, es decir cónyuge o conviviente en unión de hecho, hijos menores de dieciocho años y los hijos discapacitados de cualquier edad.

Referencia:

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