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Derechos reales


Enviado por   •  3 de Abril de 2020  •  Apuntes  •  405 Palabras (2 Páginas)  •  106 Visitas

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TEMA 11 DERECHOS REALES

Ius in re

Poder inmediato y absoluto sobre una cosa que los demás han de tolerar.

El titular del derecho real puede utilizar el derecho y oponer su existencia a todo el mundo.

El derecho real es una relación de un sujeto titular de dicho derecho que ejerce el poderío, las facultades, derechos y deberes que tiene sobre la cosa. Con preferencia a otro a quien se le pudiera transmitir, se le ofrece la transmisión o se le haya transmitido a otro.

Relaciona a un sujeto. El derecho de propiedad tiene erga omnes.

Tenemos por 1 lado el derecho de propiedad y el resto. P.e. derecho de usufructo, de hipoteca. Como derecho subjetivo supone un poder atribuido a una persona para que satisfaga un interés. Implica la relación de poder inmediato que le permite obtener directamente el disfrute de que se trate, sin la interposición de otro como sujeto pasivo. El objeto es la cosa sobre la que recae el derecho real, no solo cosas materiales, también incorporales (p.e. creación artística) el contenido es el poder o señorío que se le atribuye al sujeto y que le permite obtener el goce o utilidad. Este poder se puede hacer valer frente a todos porque despliega su eficacia erga omnes. Si no se respeta, se pueden emprender acciones judiciales y extrajudiciales.

¿Qué facultades puedo ejercer con 1 derecho real?

Uso y disfrute, Enajenación (vender, donar...), Ceder la explotación, Destruir

Modificarla, Celebrar contratos jurídicos, Compartir etc

Diferencias entre derechos reales y derechos de créditos o personales:

1. Los derechos personales vinculan al acreedor y al deudor, mientras que los derechos reales determinan un poder/influencia sobre una cosa.

2. Los derechos reales pueden hacerse efectivos contra cualquier tercero, mientras que los derechos de créditos solo son efectivos frente al deudor.

3. Teoría del título y el modo.

4. Los derechos reales son susceptibles de ser inscritos en el Registro de la Propiedad, mientras que los derechos de crédito no pueden ser inscritos.

TIPOS DE DERECHO REAL

1.- Derecho real total o completo: el derecho real se extiende a todas las posibles facultades sobre la cosa.

Derecho de propiedad: teoría del título y el modo.

2.- Derechos reales limitados: facultades sobre cosas qeu pertenecen a terceras personas. Permiten el uso o disfrute parcial de una cosa que pertenece a otra persona.

Usufructo: nuda propiedad + usufructo = propiedad

Servidumbre: de paso, de luces y vistas, etc.

3.- Derechos reales de garantía: otorgados en garantía de un derecho de crédito, del que son accesorios.

Prenda: bienes muebles

Hipoteca: bienes inmuebles

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