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Enviado por   •  20 de Agosto de 2015  •  Ensayos  •  1.126 Palabras (5 Páginas)  •  99 Visitas

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Miguel xxxxx xxxxxx

Vs

Eduardo Maez y otro

Juicio extraordinario civil

C. JUEZ DEL RAMO CIVIL

P R E S E N T E.-

MIGUEL xxxxxc, de generales conocidas dentro del expediente número 5015, relativo al JUICIO EXTRAORDINARIO CIVIL, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo las siguientes:

M A N I F E S T A C I O N E S

PRIMERO.- Que por este conducto y dentro del término legal vengo a realizar manifestaciones respecto al escrito de NULIDAD DE ACTUACIONES promovido por el codemandado RICARDO DE MINCHACA, al particular es de advertir lo siguiente:

a) RESULTA NOTORIAMENTE INFUNDADO E IMPROCEDENTE el recurso promovido por el codemandado RICARDO MINCHACA, el demandado BASA SU DICHO EN que la C. MARIA MAGDALENA, ES SU ESPOSA QUE NO ES FAMILIAR DEL DEMANDADO EDUARDO xxxxx QUE NO VIVE EN ESE DOMICILIO Y QUE NO ESTUVO PRESENTE EN LA DILIGENCIA DE EMPLAZAMIENTO DEL DEMANDADO EDUARDO MAYORGA RAMIREZ, CON ESTO MANIFIESTA “…QUE LE CAUSA AGRAVIO POR EL HECHO DE QUE DE REALIZARSE EL PROCEDIMIENTO CONFORME A DERECHO Y AL NO HACERSE EXISTE TEMOS FUNDADO DE QUE SE HAGA EN ESTE JUICIO LAS COSAS ERRONEAS EN PERJUICIO DEL SUSCRITO (SIC)..”

Como ya lo manifesté, resulta totalmente INFUNDADO E IMPROCEDENTE el recurso interpuesto por el co- demandado RICARDO DE JESUS, en virtud de que como consta en autos EXISTENCIA DE ACTA DE EMPLAZAMIENTO de la funcionaria adscrita a la central de actuarios realizada en contra de RICARDO DE JESUS , en el cual fue debidamente llamado A JUICIO, el demandado, ERRONEAMENTE promueve manifestaciones en contra de la razón de citatorio levantada en contra de mi demandado el C.EDUARDO, dichas manifestaciones EN NADA LE BENEFICIAN en virtud de que FUE DEBIDAMENTE LLAMADO A JUICIO, OBSERVANDO TODAS LAS LINEAMIENTOS CONSTITUCIONALES Y DE LEGISLACION LOCAL, Y DEL CUAL CONSTA SU RUBRICA EN EL ACTA CORRESPONDIENTE.

El cuestionamiento a realizar es si lo manifestado por el demandado se ACREDITA con las probanzas presentadas y si esto a su vez ACREDITA DEFECTO EN EL EMPLAZAMIENTO.

PRIMERO, suponiendo sin conceder, que de acuerdo a su dicho y con diversas documentales intenta ACREDITAR que la persona de nombre MARIA MAGDALENA, ES SU ESPOSA, tal manifestación en nada le favorece, lo anterior simplemente porque su Estado civil no es Litis en este negocio.

SEGUNDO, que la C. MARIA MAGDALENA, no es familiar de mi demandado EDUARDO, y que la misma no recibió citatorio alguno y que no estuvo presente el día que se ejecutó el emplazamiento por su conducto, el demandado RICARDO DE JESUS, NO APORTA MEDIO DE CONVICCION ALGUNO QUE ACREDITE TAL MANIFESTACION, en virtud de que se limita a manifestar que su esposa vive en su domicilio conyugal, manifestación que nada le ayuda en cuanto el tiempo, lugar y modo del acto y personas presentes en el emplazamiento realizado el 27 de mayo del 2015 a las 12:00 en el domicilio ubicado en Paseo Puerta Magna número 106, Puerta de Piedra perteneciente a esta ciudad capital.

TERCERO, que con recibo de luz intenta acreditar el domicilio de la señora C. MARIA MAGDALENA, suponiendo sin conceder que esto sea cierto, esto no exime que la señora citada se encuentre presente en otros domicilios y realice diversas manifestaciones.

Para robustecer el análisis de los cuestionamientos realizados es preciso observar lo que al respecto manifiesta el demandado

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