Discriminacion
wazzu17 de Mayo de 2013
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DISCRIMINACION EN EL AMBITO LABORAL
En México el incremento de las modificaciones Corporales (tatuajes, piercings, escarificación y quemadura) en los últimos 10 años ha sido de gran controversia para la ciudadanía, perjudicando ciertos factores esenciales para el crecimiento como ser humano.
Dado que en nuestro país es bien marcado el término mexicano como “macho”, estas nuevas ideologías han logrado penetrar el orgullo mexicano y la aceptación social como la modificación corporal un arte en la piel. Aun así por la falta de información e interés por parte del país estas nuevas tendencias han repercutido los labores de millones de personas que están siendo egresadas y adultos con años de experiencia en su profesión laboral.
Tal y como lo dice Alejandro Calle Cardona y German en sus artículos sobre la discriminación en el ámbito laboral y cuales son los artículos que necesitamos saber para poder terminar con esta discriminación laboral y la falta de información que nos han hecho creer que modificar tu cuerpo es una tendencia que te condenara a la limitación de la aceptación social.
EL TATUAJE NO DISCRIMINA PROFESION
Irreverencia, representación de lo significativo, pasiones, desamores o por simple moda. Los tatuajes se hacen más visibles en todos los círculos sociales y su tinta llega a la piel de hombres, mujeres, negros, blancos, profesionales, criminales, desempleados y a punto de serlo, incluso, por llevar uno de estos.
Aunque la falta de denuncia impide que se tenga un registro de casos en los que empresas rechazan una solicitud de empleo si el aspirante lleva un tatuaje, es una realidad innegable, al punto de que uno de los procedimientos más consultados en los estudios de tattoo es el borrado de su arte corporal, al considerar que este es el principal motivo de la no vinculación laboral.
En México, la presidenta del Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación, Jacqueline L´Hoist, reconoció en noviembre pasado que en la capital de aquel país prevalece la criminalización hacia las y los jóvenes tatuados, por lo que impulsó la campaña ‘Tatuajes por la Igualdad’, para eliminar el estigma que padece esta población.
Alejandro Calle Cardona
LEYES SOBRE TATUAJES EN MEXICO
Todo lo que refiere a las modificaciones corporales se encuentra en el capítulo VIII, en donde se habla sobre equipos médicos, prótesis, ortesis, ayudas funcionales, agentes de diagnóstico, insumos de uso odontológico, materiales quirúrgicos, de curación y productos higiénicos. Este capítulo abarca desde el artículo 262 al 268 pero en realidad lo que refiere meramente a las modificaciones corporales se expreso solo en el último de estos 7.
Entre los artículos 262 y 267 se habla entre otras cosas de los diferentes términos que se utilizan en la propia ley y se explica el significado de cada uno de ellos. También se habla del uso y mantenimiento de los equipos médicos y los materiales quirúrgicos, pero no es hasta los artículos 268 Bis y 268 Bis-1 en donde se tratan los temas que a nosotros nos interesa.
Otra de las regulaciones existentes que vale la pena mencionar es la de la Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación. En ella se señala que la gente que tenga tatuajes o perforaciones en el cuerpo no puede ser discriminada de ninguna manera, entre otras cosas al momento de conseguir empleo.
La Ley federal para prevenir y eliminar la discriminación en los puntos III, IV y V señala que entre otras cosas se considera una práctica discriminatoria:
• Prohibir la libre elección de empleo, o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo.
• Establecer diferencias en la remuneración, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales.
• Limitar el acceso a los
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