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Division Politica

yayaz18 de Julio de 2014

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VENEZUELA

UBICACIÓN GEOGRAFICA

Venezuela, oficialmente denominada República Bolivariana de Venezuela, es un país de América situado en la parte septentrional de América del Sur, constituido por una parte continental y por un gran número de islas pequeñas e islotes en el mar Caribe, cuya capital y mayor aglomeración urbana es la ciudad de Caracas.

POBLACIÓN

Su población alcanzó en 2012 30 millones de habitantes, y es ampliamente diversa, integrando etnias europeas y mestizas, y en menor grado africanas, indígenas y asiáticas, característica que influye en su cultura y sus manifestaciones artísticas.

HISTORIA JURIDICA

Al igual que la mayor parte de la historia jurídica de los países latinoamericanos, la historia constitucional venezolana , que se inicia coetáneamente al constitucionalismo español (e incluso antes, toda vez que su primera Constitución data de 21 de diciembre de 1811) es extremadamente agitada ya que es posible constatar un total de 25 textos constitucionales (1811, 1819, 1821, 1830, 1857, 1858, 1864, 1874, 1881, 1891, 1893, 1901, 1904, 1909, 1914, 1922, 1925, 1928, 1929, 1931, 1936, 1945, 1947, 1953, 1961 y 1999). Evidentemente un buen número de tales textos no constituyen otra cosa que una mera cobertura jurídica con apariencia de constitución para justificar el poder de caudillos o dictadores militares(cualquier similitud con la historia de México es mera coincidencia); de otra parte, también hay que advertir, para matizar esta afirmación inicial , que en la tradición constitucional venezolana no ha existido hasta épocas recientes el mecanismo de la reforma parcial, por lo que con frecuencia se reviste como nueva constitución lo que materialmente no ha sido más que una puntual modificación de algunos preceptos constitucionales. No obstante, todo ello no es óbice u obstáculo para que la mera enumeración de los textos formalmente constitucionales revele una ajetreada historia política y una escasa consolidación de las ideas constitucionales.

Desde su independencia en 1811 Venezuela ha tenido formalmente 26 constituciones, si incluimos su Acta de Independencia de 5 de Julio de 1811 y la Constitución de la Gran Colombia de 1821; el Acta de Independencia normalmente no se la clasificaría como una Constitución, sin embargo en puridad de teoría sí lo es, pues es la que los constituye como pueblo independiente, es voluntad y decisión política original como pueblo, esto manifestada aun antes de que la independencia fuera realidad y como tal decisión es el fundamento de todas las otras constituciones, que la presuponen como base de toda su normativa. Y es importante enumerar o hacer alusión de que algunas de las constituciones son realmente meras modificaciones de la precedente.

CONSTITUCION

Por su eficacia la constitución de Venezuela es normativa, por su procedimiento de reforma es flexible y por su expresión documental es escrita.

Aunque como todos sabemos y es conocimiento de todos existe una dictadura y los intereses políticos sobrepasan a la misma carta magna delegándola en la práctica en planos de gran inoperatividad según la conveniencia del poder de los grupos facticos.

CONSTITUCIÓN, CONTENIDO (DIVISION ORGANICA Y DOGMATICA)

PARTE DOGMATICA

En la Constitución venezolana la parte dogmática está constituida por los Principios Fundamentales que determinan la configuración política y territorial del Estado venezolano, así como por la enumeración y regulación de los Derechos Fundamentales, sus garantías y los deberes. Por otro lado se incluyen los principios rectores de la política social y económica. De esta manera, la parte dogmática se compone de:

Título I, Principios Fundamentales (artículos 1 a 9)

Título II, Del Espacio Geográfico y de la División Política los Derechos y Deberes Fundamentales Capítulo I, Del Territorio y demás Espacios Geográficos (artículos 10 a 15)

Capítulo II, De la División Política (artículos 16 a 18)

Título III, De los Derechos Humanos, Garantías y de los Deberes

Capítulo I, Disposiciones Generales (artículos 19 a 31)

Capítulo II, De la Nacionalidad y de la Ciudadanía

Sección Primera, De la Nacionalidad (artículos32 a 38)

Sección Segunda, De la Ciudadanía (artículos 39 a 42)

Capítulo III, De los Derechos Civiles (artículos 43 a 61)

Capítulo IV, De los Derechos Políticos y del Referendo Popular

Sección Primera, De los Derechos Políticos (artículos 62 a 70)

Sección Segunda, Del Referendo Popular (artículos 71 a 74)

Capítulo V, De los Derechos Sociales y de las Familias (artículos 75 a 97)

Capítulo VI, De los Derechos Culturales y Educativos (artículos 98 a 111)

Capítulo VII, De los Derechos Económicos (artículos 112 a118)

Capítulo VIII, De los Derechos de los Pueblos Indígenas (artículos 119 a 126)

Capítulo IX, De los Derechos Ambientales (artículos 127 a 129)

Capítulo X, De los Deberes(artículos 130 a 135)

PARTE ORGANICA

Se diseña la estructura del Estado regulando los órganos básicos que ejercen los poderes estatales. El sistema venezolano conserva el diseño tripartito.

PROCEDIMIENTO DE REFORMA DE LA CONSTITUCION

El procedimiento esta expresado de la siguiente manera en la carta magna de este país y es de la siguiente manera.

Artículo 340.- La enmienda tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de la Constitución, sin alterar su estructura fundamental.

Artículo 341.- Las enmiendas a la Constitución se tramitarán en la forma siguiente:

1. La iniciativa podrá partir del quince por ciento de los ciudadanos y ciudadanas inscritas en el Registro Civil y Electoral; o de un treinta por ciento de los integrantes de la Asamblea Nacional o del Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros.

2. Cuando la iniciativa parta de la Asamblea Nacional, la enmienda requerirá la aprobación de ésta por la mayoría de sus integrantes y se discutirá, según el procedimiento establecido en esta Constitución para la formación de leyes.

3. El Poder Electoral someterá a referendo las enmiendas a los treinta días siguientes a su recepción formal.

4. Se considerarán aprobadas las enmiendas de acuerdo con lo establecido en esta Constitución y la ley respecto al referendo aprobatorio.

5. Las enmiendas serán numeradas consecutivamente y se publicarán a continuación de la Constitución sin alterar el texto de ésta, pero anotando al pie del artículo o artículos enmendados la referencia de número y fecha de la enmienda que lo modificó.

Artículo 342.- La Reforma Constitucional tiene por objeto una revisión parcial de esta Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto Constitucional.

Artículo 345.- El proyecto de Reforma Constitucional aprobado por la Asamblea Nacional se someterá a referendo dentro de los treinta días siguientes a su sanción. El referendo se pronunciará en conjunto sobre la Reforma, pero podrá votarse separadamente hasta una tercera parte de ella, si así lo aprobara un número no menor de una tercera parte de la Asamblea Nacional o si en la iniciativa de reforma así lo hubiere solicitado el Presidente o Presidenta de la República o un número no menor del cinco por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral.

Artículo 346.- Se declarará aprobada la Reforma Constitucional si el número de votos afirmativos es superior al número de votos negativos. La iniciativa de Reforma Constitucional revisada no podrá presentarse de nuevo en un mismo período constitucional a la Asamblea Nacional.

Artículo 347.- El Presidente o Presidenta de la República estará obligado a promulgar las Enmiendas y Reformas dentro de los diez días siguientes a su aprobación. Si no lo hiciere, se aplicará lo previsto en esta Constitución.

MEDIOS DE DEFENSA A LA CONSTITUCIÓN

La Seguridad y Defensa Nacional son elementos concebidos como primordiales dentro de la conformación de las naciones, puesto que los mismos conceden o dan cierto nivel de confiabilidad y protección a todas las personas que integran la nación. En todo Estado y en particular en el Estado venezolano se encuentran una serie de elementos tanto naturales, como territoriales que deben ser preservados y protegidos del alcance de sujetos a los cuales no les corresponde administrarlos ni usarlos.

La Seguridad Nacional está referida a las manifestaciones externas, que los sujetos integrantes de la nación pueden percibir, y que se manifiesta en la sensación de tranquilidad o de inseguridad de los ciudadanos, ya que depende de la percepción por parte de la ciudadanía de la sensación de paz, peligro o amenaza para con la nación, y por ende para con la seguridad de sus ciudadanos. La misma es parte inherente de lapolítica de la nación y está directamente vinculada con el Poder Nacional, el cual le proporciona los medios para que se pueda llevar a cabalidad.

En el ámbito político la seguridad nacional es el objetivo principal, la meta, el fin, mientras que la defensa nacional es el medio, o uno de los medios, el más destacado para lograr la seguridad. Se puede señalar el aspecto de la Seguridad como un aspecto psicológico, como una actitud o un estado de conciencia, y que va a depender del grado de confianza

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