Documento De Anticresisi
rmaster17 de Julio de 2013
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ANTICRESIS DE UNA CASA DE HABITACION
Entre los suscritos a saber, por un lado SONIA YANETH MORA QUIÑONEZ, mayor de edad, vecina de este municipio, identificada con la cédula de ciudadanía número 41.103.833 expedida en Puerto Asís (Putumayo), y quien en lo sucesivo se llamará LA DEUDORA y, por otra parte los señores IVAN ANIBAL ZAMBRANO ROMO, y YOLANDA CORDOBA, también mayores de edad y vecinos de Mocoa, identificados con cédula de ciudadanía número 18.127.924 y 69.008.840 respectivamente, ambas expedidas en Mocoa (Putumayo), quien en lo sucesivo se llamarán ACREEDORES ANTICRETICOS, personas hábiles para contratar y en común acuerdo hemos celebrado el CONTRATO DE ANTICRESIS, que se rige por las siguientes cláusulas: PRIMERA.- La señora SONIA YANETH MORA QUIÑONEZ, entregará en calidad de anticresis a los señores IVAN ANIBAL ZAMBRANO ROMO, y YOLANDA CORDOBA el siguiente bien inmueble: Una casa de habitación ubicada en el Barrio HUASIPANGA, del municipio de Mocoa, Departamento del Putumayo, con una extensión superficiaria de CIENTO SESENTA Y DOS METROS CUADRADOS (162.oo M2) y se haya demarcada por los siguientes linderos generales: ORIENTE.- En 18.0 metros lineales colinda con propiedad de SONIA YANETH MORA QUIÑONEZ, OCCIDENTE.- En 18 metros lineales Colinda con la lote 6 y manzana 1, NORTE.- En 9,0 metros lineales colinda con carrera 14, SUR.- En 9.0 metros Colinda con lote 16 manzana 1. El inmueble se encuentra construido en paredes de bloque, pisos en baldosa, techo en eternit y claraboyas y consta de una sala-comedor, seis alcobas, un hall amplio con techo, una cocina amplia enchapada completa en cerámica, una cocineta enchapada, con un mesón en mineral, dos baños con ducha, sanitario y lavamanos, lavadero enchapado en baldosa, un patio de ropas pequeño sin techo, once puertas en madera, una puerta en aluminio y acrílico del baño trasero, dos divisiones en aluminio y acrílico de los baños, ocho ventanas metálicas con sus respectivos vidrios, de las cuales, tres tienen antepecho, un marco en madera instalado en la cocina principal, un closet en madera en regular condición, una reja metálica en antejardín. SEGUNDA.- Que el inmueble que se ha dejado identificado anteriormente y que es objeto de este anticresis, lo adquirió mediante Escritura Pública No. 1952 de fecha del 10 de octubre de 2007, otorgada en la Notaría Unica del Círculo de Mocoa, y registrada en la oficina de Instrumentos Públicos de Mocoa, con matrícula inmobiliaria número 440-1902. TERCERO.- El valor de este anticresis es por la suma de TRECE MILLONES DE PESOS ($13.000.000.oo) Mda.Cte, que el ACREEDOR ANTICRÉTICO hace entrega a la deudora el día de hoy 28 de Marzo del 2011, fecha en que se suscribe el presente contrato, así mismo manifiesta la DEUDORA haberlos recibido a satisfacción, como también ésta se compromete a entregar el bien inmueble identificado en la cláusula primera de este contrato, el día 28 de marzo del 2011. CUARTO.- El tiempo de duración del presente contrato de anticresis es por doce (12) meses, contados a partir del veintiocho (28) de marzo de 2011 y hasta el 27 de marzo de 2012, fecha en la cual la DEUDORA se compromete a la devolución de la suma recibida y el ACREEDOR ANTICRETICO a entregar el inmueble identificado en la cláusula PRIMERA de este contrato. PARAGRAFO PRIMERO: El ACREEDOR ANTICRETICO, se compromete a hacer entrega del bien inmueble en las mismas condiciones que lo recibe, es decir en perfecto estado de conservación, debidamente pintado. PARAGRAFO SEGUNDO. Antes del vencimiento del presente contrato, deberán los contratantes manifestar a la otra parte su deseo de no prorrogar el contrato con tres (3) meses de anticipación, caso contrario se entenderá prorrogado automáticamente por el mismo término, empero los contratantes podrán de común acuerdo prorrogar el presente contrato por el término que estimen conveniente. QUINTO.- Que el citado inmueble
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