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EJEMPLO ACCION DE TUTELA.


Enviado por   •  15 de Septiembre de 2016  •  Ensayos  •  2.388 Palabras (10 Páginas)  •  2.274 Visitas

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SEÑOR:

JUEZ PENAL MUNICIPAL DE BUCARAMANGA – REPARTO

E.                    S.                    D.

Referencia: ACCIÓN DE TUTELA

Accionante: JORGE MARIO RINCON ORTIZ

Accionado: COOMEVA E.P.S. S.A. Y/O REPRESENTANTE LEGAL.

JORGE MARIO RINCON ORTIZ, identificado como aparece al pie de mi correspondiente firma, acudo ante usted, muy respetuosamente, para promover Acción De tutela de conformidad con el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto Reglamentario 2591de 1991 con el objeto de que  se amparen los derechos constitucionales fundamentales a la salud en conexidad con el Derecho a la Vida, a la Seguridad Social, al Mínimo Vital, a la atención integral y a la Dignidad Humana que considero vulnerados por la entidad COOMEVA E.P.S. S.A., conforme los siguientes:

HECHOS

PRIMERO: Me encuentro afiliado en calidad de cotizante dependiente al Sistema General De Seguridad Social En Salud (SGSSS) a través de COOMEVA E.P.S. S.A.

 

SEGUNDO: Mediante acción de tutela se me fue practicada cirugía denominada SLEEVE GASTRICO ya que se me había diagnosticado obesidad severa.

TERCERO: Después de la recuperación de la cirugía de SLEEVE GASTRICO dentro de las atenciones médicas que he recibido dentro del plan obligatorio de salud han sido las relacionadas con medicina general y medicina especializada en Cirugía Plástica Reconstructiva y Estética por intermedio de esta entidad promotora de salud, con los prestadores adscritos a su red de prestadores de servicios de salud.

 

CUARTO: En consecuencia y debido a las atenciones en esta materia recibidas el 01 de noviembre de 2012 con el Dr. Edward Barrera Múñoz, Médico especialista en Cirugía Plástica Reconstructiva y Estética, adscrito a la red de COOMEVA E.P.S S.A., el cual me valoró por obesidad mórbida, exceso de piel en abdomen, molestias al vestir, depresión por imagen corporal (ginecomastia), dificultad para hacer ejercicio por dermatitis, antecedente por manga gástrica 2010, peso inicial 132 kg actualmente 87 kg, por lo anterior determinó que se me debe practicar una LIPECTOMIA CON LIPOASPIRACIÓN TORÁCICA la cual requiere además de un día de hospitalización.

QUINTO: Me dirigía a las instalaciones COOMEVA E.P.S S.A. sede administrativa de esta ciudad en el mes de noviembre de 2012 a tramitar lo concerniente a la autorización del procedimiento de LIPECTOMIA CON LIPOASPIRACIÓN TORÁCICA que me fuera ordenado por el Dr. Edward Barrera Múñoz presentando la solicitud ante el Comité Técnico Científico, del cual nunca obtuve una respuesta negativa ni positiva al respecto de la autorización de la intervención quirúrgica que me fuera ordenada por el galeno especialista en Cirugía Plástica Reconstructiva y Estética.

SEXTO: El pasado 26 de junio de 2013 presente derecho de petición antes COOMEVA E.P.S. solicitando me fuera autorizada la cirugía de LIPECTOMIA CON LIPOASPIRACIÓN TORÁCICA.

SEPTIMO: El día 5 de julio de 2013 recibí respuesta al derecho de peticion por parte de esta entidad promotora de salud, en la cual me notificada que tal petición no podía ser autorizada ya que debía presentar la solicitud ante el Comité Técnico Científico, solicitud que fue presentada en noviembre de 2012 sin obtener respuesta alguna.

OCTAVO: Dado a lo anterior, al amparo del Artículo 83 de la Constitución Nacional declaro que actualmente carezco de los recursos económicos que me permitan practicarme la LIPECTOMIA CON LIPOASPIRACIÓN TORÁCICA de forma particular

DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS

Vistos los hechos anteriores no queda duda que se me han vulnerado palmariamente mis Derechos constitucionales fundamentales a la salud y atención integral en conexidad con el Derecho a la Vida, a la Seguridad Social, a la Dignidad Humana y al Mínimo Vital por parte de COOMEVA E.P.S. S.A, quien con su actitud desidiosa y arbitraria me ha sometido en una situación denigrante puesto que a raíz del hecho descrito se ha desencadenado que la patología ya sufrida cada día afecte la realización de mis actividades diarias y sumada a esto las patologías actuales provenientes del mismo hechos esto se hubiera prevenido si COOMEVA E.P.S. S.A hubiera obrado ágilmente en el momento en que yo solicita la LIPECTOMIA CON LIPOASPIRACIÓN TORÁCICA.

DERECHOA LA VIDA

La Constitución Nacional, en su artículo 11, dispone que IIEI derecho a la vida es inviolable. No

Habrá pena de muerte". La Constitución Nacional por ser norma de normas prevalece sobre cualquier otro tipo de Ordenamiento jurídico de manera tal que prima el derecho a la vida y con ello la existencia Digna de la persona sobre cualquier disposición que en algún momento sea contraria y para tal efecto procede darle aplicación al artículo 4 de la Carta Magna que dispone: lila Constitución es norma de normas. En todo caso de incompatibilidad entre la Constitución y la ley u otra forma jurídica, se aplicarán las disposiciones constitucionales..." Ya la Corte Constitucional se había ocupado de conceptuar sobre el tema, así quedó expuesto en la sentencia T-328de 1998:

No cabe duda de que los derechos fundamentales de las personas priman sobre cualquier tipo de derechos y cuando el conflicto anteriormente descrito se presenta, esta Corporación ha  sido enfática y clara en la decisión de protegerlos. Inaplicado para el caso concreto la legislación y Ordenando la prestación de los servicios excluidos. Cumpliendo así con lo dispuesto en el artículo 4 de la constitución política colombiana pues ni siquiera la ley puede permitir el desconocimiento de los derechos personalísimos de los individuos y cuando so pretexto de su cumplimiento se atenta contra ellos, no solamente es posible inaplicada sino que es un deber hacerlo."(Subrayas)

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