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EL CHEQUE


Enviado por   •  26 de Noviembre de 2013  •  2.258 Palabras (10 Páginas)  •  221 Visitas

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Mi nombre es anna giancana cursante saia sección D de la cátedra derecho mercatil I cuya facilitadora es la Abg. Diana Herrera. En esta oportunidad estaré abordando el tema relativo a los títulos valores, y específicamente haré una breve exposición sobre el cheque.

Comencemos entonces con el concepto de cheque y sus características.

Un cheque es un documento contable de valor en el que la persona que es autorizada para extraer dinero de una cuenta (por ejemplo, el titular), extiende a otra persona una autorización para retirar una determinada cantidad de dinero de su cuenta la cual se expresa en el documento, prescindiendo de la presencia del titular de la cuenta bancaria.

El cheque es un título valor a la orden o al portador y abstracto en virtud del cual una persona, llamada librador, ordena incondicionalmente a una institución de crédito el pago a la vista de una suma de dinero determinada a favor de una tercera persona llamada beneficiario.

El cheque sólo puede ser expedido cuando se reúnan los requisitos siguientes:

• La calidad del librado de ser una institución de crédito la cual celebrará un contrato con el librador: Este requisito significa, que los bancos reciben de sus clientes dinero que se obligan a devolver a la vista, cuando el cliente lo requiera. Para documentar las órdenes de pago de los clientes se utilizan los cheques. Por el contrato de cheque, en consecuencia, el banco se obliga a recibir dinero de su cuenta-habiente, a mantener el saldo de la cuenta a disposición de éste, y a pagar los cheques que el cliente libre con cargo al saldo de la cuenta. A la cuenta de cheques se le denomina en la práctica bancaria “cuenta corriente de cheques”, porque el cuenta-habiente hace entregas que se le abonan y libra cheques que se le cargan al ser pagados; por lo que la cuenta tiene una secuencia indefinida.

Y si el banco se negare a pagar un cheque sin causa justa, a no ser que esté indispuesto u obrando, infringiendo sus obligaciones derivadas del contrato de cheque, también deberá pagar al librador una pena por el cheque desatendido.

Otro requisito es,

• Los fondos disponibles: La existencia de fondos disponibles es también un presupuesto de la regularidad del cheque; presupuesto cuya existencia no influye sobre la eficacia del título, y cuya ausencia es sancionada también.

El ultimo requisito, es

• Que el librador haya sido autorizado por el librado para expedir cheques a cargo de la cuenta del librador

Respecto a las características de los cheques pueden mencionarse las siguientes:

• Literalidad: Significa que vale única y exclusivamente por lo que se plasme en el cheque de manera específica.

• Otra característica es que tienen valor per se, es decir que tiene valor por sí mismo en el documento como el título valor que es. Esto significa por ejemplo que al cobrarse en un banco, el poseedor, siempre y cuando el cheque cuente con endoso, no tiene que dar explicación al banco de por qué lo está cobrando. Esta característica hace que un cheque sea como un billete, que tiene un valor por sí mismo mas el portador a la causa validada en un solo cheque sea como un billete. Además se llena un formulario especial a través del cual el librado le ordena al librador que donó todo o parte de los fondos realizados en la entidad bancaria de manera conjuctiva y ordenada.

• Otra características, es que los cheques son siempre a la vista, es decir que no tienen fecha de cuándo deben ser pagados. La fecha que se plasma en el cheque sólo cumple la función de dejar constancia de cuándo el emisor tenía la intención de que ese cheque se cobrase. No obstante el banco está obligado a hacer efectivo un cheque el día en que se presenta al cobro, sin importar que la fecha que aparezca plasmada en éste aún no haya llegado. Hay cheques pos-fechados. Hay que tener muy en cuenta que los cheques prescriben y por ende caducan.

• Otra característica del cheque como título valor es que la ley le da una calidad tal, que un juicio para hacer efectivo un cheque se desarrolla en plazos más cortos, esto jurídicamente se conoce como que los títulos valores tienen fuerza ejecutiva, o que conllevan aparejada ejecución.

• Otra característica es lo referente a la seguridad, Los cheques pueden tener inscripciones o tintas de seguridad para verificación y así aumentar la prevención de fraudes.

Por su parte, los caracteres jurídicos del cheque, que se desprenden del concepto y las características que he mencionado anteriormente, son los siguientes:

A. El cheque es un título de crédito, esto es, el documento necesario para ejecutar el derecho literal consignado en el mismo. A su vez, de la calidad de título de crédito que el cheque posee derivan estas consecuencias:

a) el cheque es un documento (constitutivo-dispositivo y formal);

b)el cheque participa de los caracteres de incorporación, legitimación, literalidad y autonomía, propios de los títulos de crédito;

c) el cheque es cosa mercantil;

d) el cheque está provisto de fuerza ejecutiva;

e) en el cheque los signatarios son obligados solidarios.

a. Otra característica jurídica, es que El cheque, como título de crédito, es un documento. Pero un documento de naturaleza especial. Es un documento constitutivo y dispositivo, no simplemente probatorio. Constitutivo porque sin el documento no existe el derecho. Pero como es necesario además para la transmisión y para el ejercicio del derecho, se le califica también como documento dispositivo. El cheque es además un documento de naturaleza esencialmente formal, en cuanto a que la ley exige para su validez, que contenga determinados requisitos y menciones, en ausencia de los cuales no producirá efectos de título de crédito.

b. Otra característica jurídica, es que El cheque participa de los caracteres de incorporación, legitimación, literalidad y autonomía, propios de los títulos de crédito. Como el tema corresponde a la teoría general de los títulos de crédito, porque se encuentra tan íntimamente ligado a él que sin la existencia del título no existe el derecho, ni por tanto la posibilidad de su transmisión o de su ejercicio. El documento es lo principal y el derecho lo accesorio: el derecho ni existe ni puede ejercitarse, sino es en función del documento.

c. Otra característica jurídica, es que El cheque tiene carácter mercantil. De

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