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EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN MÉXICO Y SUS RETOS


Enviado por   •  9 de Junio de 2015  •  2.615 Palabras (11 Páginas)  •  142 Visitas

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EL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN MÉXICO Y SUS RETOS

RESUMEN

El presente ensayo aborda al derecho de la protección de datos personales, desde su naturaleza hasta su regulación jurídica en la Constitución federal y en las leyes federales. Tratando algunos de los retos que se le presentan para garantizar de forma eficaz y eficiente su cumplimiento, ante la falta de recursos económicos, de personal apto y capacitado y del escenario de inseguridad por el que atraviesa el país.

Palabras claves: derecho a la protección de datos personales, derecho a la intimidad, derechos de la personalidad, datos sensibles.

En los tiempos modernos, el derecho a la protección de los datos personales constituye una responsabilidad del Estado ineludible y urgente de atender, ante la amenaza del uso indebido, su utilización por terceros, el imprudente empleo y hasta la venta ilícita de los datos personales que pueda o se ha llegado a realizar por parte de las instituciones públicas y empresas privadas o frente al crimen organizado.

El derecho a la protección de los datos personales tiene como finalidad que las personas tengan un libre desarrollo de la personalidad, el cual debe ser garantizado jurídica e institucionalmente por parte del Estado, para que sea efectivo tanto en el ámbito público como en el privado.

No obstante, en México, el derecho a la protección de los datos personales no se ha logrado garantizar, debido a que no existen ni los controles ni la regulación jurídica pertinente que permita su debida protección. Recientemente se ha difundido públicamente la venta de bases de datos que contienen información personal de millones de mexicanos, cuyo costo dado a conocer es en 12 mil dólares, en lugares como en el Barrio de Tepito, de la ciudad de México, en la que incluso se ofrece la información que contiene el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, también la información es ofertada en sitios de internet.

Desde esta perspectiva, el presente trabajo trata la concepción del derecho a la protección de datos personales y el derecho a la intimidad, la regulación jurídica que rige en México, dada en la constitución federal y en las leyes federales, así como sus retos ante el complejo escenario que México presenta.

DEL DERECHO A LA INTIMIDAD AL DERECHO A LA

PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES

El derecho a la protección de datos personales derivó del reconocimiento de la libertad personal como un derecho individual, que formaba parte de los denominados derechos de la primera generación, que son los derechos civiles y políticos, en la que se incorporó el derecho a la intimidad como prerrogativa objeto de tutela por los instrumentos internacionales y las constituciones.

En la actualidad, ambos derechos son autónomos y se encuentran dentro de los derechos de la personalidad, es decir, aquellos “bienes que garantizan el disfrute de cada persona de sus propias facultades físicas, morales e intelectuales, sin los cuales el ser humano se vería desprovisto de sus principales garantías para asegurar el pleno desarrollo de su persona” .

El derecho a la intimidad ha sido definido bajo varias posturas, sin embargo, debido a la brevedad del trabajo me limitare a señalar la que considero más adecuada y que es sostenida por Meján, quien define el derecho a la intimidad como “el conjunto de circunstancias, cosas, experiencias, sentimientos y conductas que un ser humano desea mantener reservado para sí mismo, con libertad de decidir a quién le da acceso al mismo, según la finalidad que persiga, que impone a todos los demás la obligación de respetar y que solo puede ser obligado a develar en casos justificados cuando la finalidad perseguida por la develación sea lícita” .

Esta perspectiva del derecho a la intimidad es planteado como: a) una limitante de la sociedad para acceder a cierta información que por su naturaleza es reservada por las personas, y b) una prerrogativa que faculta al individuo para decidir en qué medida quiere compartir con otros sus pensamientos, sentimientos y hechos de su vida personal, exceptuando los casos en que la develación de la información atienda a fines lícitos como lo es el interés público o asuntos de seguridad nacional.

De aquí que el derecho a la intimidad se conciba como un derecho negativo, de defensa frente a cualquier intromisión de la esfera privada y un derecho positivo de control sobre el flujo de informaciones que conciernen a cada sujeto .

Lo que proporciona a las personas una protección de un ámbito muy importante que hoy en día se ve mermado por la sociedad de la información digital, de la combinación de esa nueva realidad con la actuación de los medios de comunicación, donde se colisionan los derechos de la información con los derechos tendientes a la protección del ámbito más personal y más privado de la persona , así como con la existencia de una gran capacidad de transmisión y tratamiento de la información, provocando que el derecho a la intimidad haya sido rebasado, dando lugar a nuevos derechos como lo es la protección de datos personales.

El reconocimiento del derecho a la protección de datos personales parte del crecimiento desmedido de las sociedades que se tornan más complejas, inciertas y turbulentas, provocando que se almacenen elementos públicos y privados en diversas bases de datos, rebasando los medios de control de la administración pública y de las empresas privadas.

Los datos de índole personal son propiedad de su titular y subsidiariamente de los poderes públicos y de las personas o instituciones privadas que posean el consentimiento expreso o tácito del titular para ser tratados, transferidos o administrados, lo que conlleva a tratar, transmitir, recibir, conservar, archivar y cancelar datos de carácter personal .

Desde una perspectiva jurídica, el derecho a la protección de datos personales es entendido como cualquier información que concierne a una persona física y que produce que lo identifiquen como centro de derechos y obligaciones, ya sea en un ámbito público o privado.

Dentro de éste derecho encontramos los datos sensibles que Francisco Javier Acuña nos define como: “la información personal que revela el origen racial y étnico, las opiniones políticas, las convicciones religiosas, filosóficas o morales, la afiliación sindical o política o información referente a la saludo o a la vida sexual” .

En la idea de Javier Acuña, son los datos sensibles los que tiene que tener un especial tratamiento, en otras

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