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EL Proceso De Cristo


Enviado por   •  4 de Abril de 2015  •  4.407 Palabras (18 Páginas)  •  203 Visitas

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INTRODUCCIÓN.

Tratar un tema que tiene que ver con la religión muchas veces concluye en discordia, molestia, posturas distintas y enojos o rupturas innecesarias. Así como hablar de política, el tema de la religión merece ser tratado con atención y sobre todo con cierto cuidado o delicadeza; pues esto implica hablar sobre la “fe humana”, cosa que de ante mano es susceptible de ser mal intencionada o mal interpretada. El tema que tiene que ver con la muerte y resurrección de Cristo es universalmente conocido, pues dentro de la fe católica es recordado año con año con el comienzo de la pascua y concluyendo con la pasión y muerte de Jesucristo. Lo que de ante mano advierto es que el siguiente escrito no es, en sí mismo, una exposición de las posturas personales de quien aquí escribe, sino la reflexión y el análisis del proceso jurídico de un hombre como lo fue Cristo; y de las irregularidades que sucedieron durante el proceso jurídico. No obstante es inevitable preguntarse lo siguiente; ¿qué hubiera pasado con la historia del cristianismo si dicho proceso se hubiera apegado estrictamente a Derecho?, ¿qué sería de la fe humana y sobre todo de la fe católica si en lugar de condenar a Jesucristo a morir en la cruz, hubiera vivido y seguido predicando la palabra de Dios?

Las cuestiones anteriores implican una reflexión profunda que, seguramente no tendrían tampoco una respuesta tácita, pues de ser así la historia de las religiones hubiera sido escrita de muy diferente forma; y entonces, no tendría caso hablar de mártires, de bondad y de un paraíso que espera por quienes tienen fe en él. En otras palabas, la vida no tendría el sentido que tiene hoy, es decir, que la bondad o la felicidad serían cuestiones comunes, dadas al hombre; cuestiones que, de hecho, todos mereceríamos.

DESARROLLO.

1. DERECHO PENAL ROMANO

Ignacio Burgoa Orihuela escribe este libro al cual decide titular como El proceso de Cristo, monografía jurídica sinóptica. Es de llamar la atención que desde el titulo Orihuela advierte que la principal intensión de este libro es hablar solo acerca del proceso jurídico que enfrentó Cristo, es decir que lejos de ser una crítica o aprobación hacia la doctrina de Jesucristo, el autor se enfrenta a hablar acerca de las causas por las cuales este hombre fue condenado a morir en la cruz.

Como ya he mencionado antes, la pasión de Cristo es un tema universalmente conocido y recordado año con año; la educación católica recibida por la mayoría de nosotros nos habla de este hecho como algo injusto, como un hecho atroz que se cometió con la persona de Jesús, que además lleva consigo cierta responsabilidad, pues es además un sacrificio; si bien, la muerte del Hijo de Dios es causa de nosotros los hombres, empero, la Biblia advierte por su parte que fue un hecho de antemano necesario para la salvación de nuestras almas. Ahora bien, cabe preguntarse qué es lo que hace a Cristo ser sentenciado a morir en la cruz; o bien fue la injusticia colectiva, acreedora de una muerte tan injusta y lamentable como esta, o bien fue el juicio justo aplicado en la persona de Jesucristo quien lo llevó a morir en el monte calvario. Para ello hemos de revisar ahora cuales con las bases del derecho romano y de esta forma ir aclarando poco a poco las cuestiones que ahora nos ocupan. El llamado “PRCESO DE CRISTO” se desenvolvió en dos juicios, a saber, el “religioso” o judío ante el Sanhedrín, y el “político” ante Poncio Pilato, gobernador de Judea. Por consiguiente, el primero debió regirse por la “ley judía” y el segundo por la “ley romana” . Tales juicios deben estudiarse por separado para determinar así, si estos acataron o no el principio de juridicidad que exige imperativamente que todos los actos de autoridad se sometan al Derecho. En la época de Cristo, Judea era una provincia de Roma, y esta a su vez tuvo tres regímenes sucesivos, a saber, la monarquía, la republica y el imperio.

1.1 LA MONARQUÍA

En la monarquía el Derecho Penal no estaba regulado por leyes positivas sino por la costumbre, cuando se cometía un atentado contra la cosa pública, el delito era de carácter político, cuya persecución correspondía a los ciudadanos. A dicha encomienda solo importaban la instrucción del proceso y la acusación contra el autor de dicha falta ante el pueblo quien tenía la facultad de juzgarlo. Todo atentado contra la res publica era castigado con la pena de muerte, cuya ejecución se confería a los lictores . En este sentido la justificación de esta irreversible pena radicaba en que el ofendido era el propio Estado por la traición que contra la patria entrañaba el delito político y que recibía el nombre de perduellio . Este ilícito era grave en el sentido de que revelaba “flagrante hostilidad” contra la sociedad.

1.2 LA REPÚBLICA

Por otro lado la república se basaba en la ley de las doce tablas, quien tenía su origen en la propia Judea, pues esta era una provincia de Roma; en este sentido cuando los romanos conquistaban una región habitada por pueblos les llamaban “bárbaros” (barbari), a su vez las provincias eran manejadas por el pretor , quien podía expedir la ley en virtud de la “supuesta delegación” que había recibido del pueblo. Estos pueblos conquistados no estaban incorporados al pueblo romano ni tenían los derechos de los ciudadanos romanos; es decir que su sistema conservó sus leyes y costumbres. Sin embargo las ordenanzas de los pretores o gobernadores provinciales y los edictos provenientes de Roma, tenían hegemonía normativa sobre las disposiciones legales y las costumbres de cada provincia; en otras palabras el pretor tenía el “derecho de la vida y la muerte” sobre los habitantes de su provincia.

1.3 EL IMPERIO

El sistema penal del imperio era muy severo. La aplicación de la pena de muerte llegó a ser muy frecuente, y se decretaba en los casos en que no se impusiera al delincuente la relegación y la deportación, que entrañaba la perdida de los derechos civiles. Los esclavos podían ser condenados a trabajos obligatorios en las minas, así como los individuos de baja extracción social. Así, los gobernadores conservaron la facultad de administrar justicia como en épocas anteriores al régimen imperial. Su cede llamada conventus, la tenían en diferentes ciudades de la provincia respectiva. Los gobernadores provinciales, por si mismos a través de funcionarios subordinados, tenían la facultad jurisdiccional. En esta última hipótesis, las partes interesadas en el proceso respectivo tenía el derecho de apelar ante el gobernador.

Tratándose de las provincias, sus

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