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¿ES EL DERECHO UN SISTEMA DE NORMAS?


Enviado por   •  1 de Abril de 2022  •  Prácticas o problemas  •  1.643 Palabras (7 Páginas)  •  52 Visitas

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LUIS EDUARDO CORREA  ANAYA

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¿ES EL DERECHO UN SISTEMA DE NORMAS?

Como ya sabemos es muy común que los juristas tomen como apoyo los conceptos de derecho subjetivo y obligación jurídica. Estos conceptos son mayormente utilizados cuando tenemos que formular demandas sólidas, reclamaciones o para criticar a un funcionario público acertadamente. Sin embargo, la mayoría de veces nosotros tenemos un concepto erróneo de lo que es o no, y se nos hace fácil hacer este tipo de demandas y críticas.

Cuando nosotros decimos que alguien tiene una obligación jurídica sabemos que esta va a ser determinada según la aplicación del derecho en su caso particular. Entonces pues poco a poco estos enigmas sobre lo que es el concepto del derecho y de lo que es la obligación jurídica llegan a ser muy fuertes cuando los tribunales se enfrentan a problemas de esta índole.

Todo esto empieza a generar un sin número de síntomas de dudas en los procesos jurídicos, porque como ya sabemos todos los días mandan a la cárcel, obligan a hacer cosas que no quieren a personas gracias a la fuerza coercitiva y justificamos todo esto en que estas personas están violando algún derecho , y aun sabiendo que el caso es muy claro no hemos podido llegar a esa capacidad de poder dar una explicacion buena de él porque el castigo impuesto.

A raíz de todo esto nacen los “normalistas” que dan una opinión sobre lo que es la obligación jurídica y el de derecho en el cual dicen que estos son solo un tipo de mitos  que mezclan  motivos conscientes e inconscientes , lo cual está errado ya que para poder decir que son un mito primero tenemos que saber         qué son y qué mejor que con ayuda de una teoría.

Los nominalistas crean una teoría llamada la “teoría mecánica” en la cual exponen que cuando hablamos de derecho no estamos refiriendo a un conjunto de reglas extraviadas y los jueces se encuentran en busca de ellas y cuando hablamos de obligaciòn jurídica nos referimos a un tipo de cadena invisible , y que de algún modo estas reglas cuelgan sobre nosotros.

Por obvias razones la sugerencia de dejar de utilizar el concepto de derecho y de obligación jurídica es una idea absurda. Estos dos conceptos son unos de los cimientos en nuestra estructura de las prácticas políticas, y desprendiendonos de esta absurda propuesta lo único a lo que se resume este ataque nominalista es  a un ataque a la jurisprudencia mecánica.

Existen diferentes variantes que definen a el positivismo, una de las resis claves son esta la cual dice que el derecho de una comunidad es un conjunto de reglas que son usadas por una comunidad ya sea directa o indirectamente con el objetivo de poder poner un límite de lo qué acciones están y no castigadas por el poder público. Estas normas son medidas por su contenido como reglas jurídicas válidas y reglas jurídicas espurias, esto quiere decir que todas aquellas reglas que sean válidas contienen derecho y si un caso no se lleva mediante esas reglas no puede ser resuelto con la aplicación del derecho.

Cuando hablamos de una obligación jurídica estamos diciendo en otras palabras qué su caso recae en una regla jurídica válida la cual te va a poder exigir o limitar a hacer determinadas acciones.

Pero todo esto es a lo que le llamamos como el puro esqueleto de lo que es el positivismo , muchos autores cambian esta concepción en algunas particularidades incluso algunos cambian toda la idea que se acaba de plantear como positivismo.

Austin definió qué cuando contraen una obligación a la vez igual una regla la cual describió como un mandato general y ese mandato general como una expresión que pueda respaldar el poder y la voluntad de poder poner un castigo. También distingue tres tipos de reglas  las cuales son ; morales, jurídicas y religiosas. Austin establece la primera tesis del positivismo en la cual dice que el derecho es un conjunto de reglas que sirven para poder gobernar el orden público  ,habla también de el control público en una nación moderna como la actual y cómo va cambiando y se va pluralizando  ,dejando por entendido que  ninguna persona tiene el seel control para ser un soberano.

Por otra parte Hart da otra versión muy distinta al positivismo ya comparación de la de Austin aparte de ser más compleja habla de que las reglas son diversos tipos lógicos en las cuales incluye dos primarias y secundarias que van a tener un peso importante en su teoría. También rechazaba la idea de Austin de que una regla era un tipo de mandato lo cual sustituye por un análisis más completo de lo que debería ser una regla.

Define laa reglas primarias como las que imponen y otorgan a los miembros de una comunidad y las reglas secundarias son las que definen para quien son creadas o reconocidas las reglas primarias.

Por último Hart y Austin concuerdan en que funcionarios  e instituciones públicas sí pueden crear  reglas jurídicas válidas , así también los dos reconocen  que las reglas jurídicas van a tener límites variantes.

Para este tema se atacará el positivismo que definen como un modelo de y para un sistema de reglas con solo una prueba fundamental de lo que es derecho haciendo que se pase  por alto otros patrones muy importantes .

Utilizaremos el concepto de principios en un sentido genérico para poder referirme al conjunto para poder definir los diferentes patrones que una regla tiene , pero para ser más claros haremos una distinción entre principio y política. Llamamos política a una clase de patrón que genera una meta a ser alcanzada para obtener un beneficio que en su mayoría tiene que ver con los aspectos económicos , sociales de una comunidad.

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