ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Economia Politica

yulesca.rocca29 de Junio de 2013

2.626 Palabras (11 Páginas)845 Visitas

Página 1 de 11

7

PLANIFICACION E INTEGRACION: Definición. Planificación de países desarrollados y subdesarrollados. El estado como ente planificador. Integración de América Latina. Acuerdos con el fondo Monetario Internacional. Banco Mundial. Banco interamericano de desarrollo. ALBA. ALCA. MERCOSUR. CAN.

PLANIFICACION E INTEGRACION:

Plan general metódicamente organizado y de gran amplitud para obtener objetivos determinados, tal como el desarrollo económico, investigación científica y el funcionamiento de una industria. Tal planificación Art. 318 Const.

PRINCIPALES CARACTERISTICAS DE PLANIFICACION EN DOS PAISES INDUSTRIALIZADOS:

• La forma de sistema capitalista y su economía industrial.

• Existe un bajo índice de inflación y desempleo.

• Alto nivel de vida.

• Independencia económica

• Elevado ingreso anual

• Existencia de óptimas condiciones medico asistenciales.

• Elevado crecimiento del producto territorial bruto.

• Alimentación y educación de alta calidad

• Amplio desarrollo de sector industrial en relación con los otros sectores.

PLANIFICACION EN PAISES SUBDESARROLLADOS:

• Sus habitantes disponen de lo necesario para subsistir.

• Los recursos no están bien aprovechados

• Existe alto crecimiento demográfico

• La población es mayoritariamente dependiente

EL ESTADO COMO ENTE PLANIFICADOR:

Desempeña el papel como regulador y planificador a través de la propiedad de sus empresas de carácter comercial. Ej. PDVSA. MERCAL, METRO DE CCS.

Regula la economía en macro.

INTEGRACION EN AMERICA LATINA:

Nos vamos a encontrar con cierto proceso que se dan tanto en todo el mundo.

Segunda mitad de siglo XX

Acuerdo general sobre aranceles y comercio GATT que se suscribió para la regulación de los aranceles comerciales sobre la mercancía,

Yodo acuerdo de comercio es un acuerdo entre comerciante y no entre los estados, el cual solo funge un carácter de representación. Son acuerdos económicos y no políticos.

INTEGRACION ECONOMICO-POLITICO.

La integración económica tiene más tradición .

• La creación del Mercado Común Centroamericano (MCC) o acuerdo de Managua, 1960. Fue escrito por costa rica, Guatemala, Nicaragua, El salvador y Honduras.

• El caribean Common Marketing CARICOM, 1991. Acuerdos con ALCA, ALBA

FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

Es una agencia especializada de la ONU que se basa en la cooperación internacional desde el punto de vista económico, donde participan todo de organizaciones.

La Institución con frecuencia se considera los mecanismos más efectivos y más idóneos de la colaboración multilateral.

Estos mecanismos son: Recepción y Trascepcion.

Es un fondo que recibe dinero y brinda auxilio financiero por medio de préstamos para mantener el desarrollo productivo del país que lo necesitan.

FUNCIONES DEL FONDO MONETARIO INTERNACIONAL

• Desempeña funciones de establecer las normas sistema monetario Internacional.

• Prestar asistencia financiera en determinados casos a los países miembros.

• Actuar como órgano consultivo de los gobiernos.

• Ayuda transitorias de la balanza de pago y lo hace a través de la asistencia

ACUERDO CON EL BANCO MUNDIAL:

Nace con un acuerdo el 24 de julio 1944 con el propósito de la reconstrucción de la economía de los países miembros que sufrieron en europa Central una guerra

RELACION CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO:

Para finales de 1970 de los préstamos del banco fue para el otorgamiento blando que se denomino operaciones con recursos de capital ordinaria.

ALBA PROPUESTA BOLIVARIANA DE LAS AMERICAS

Alternativa Bolivariana para las América, se fundamenta en hacer mecanismos de ventajas competitivas de las naciones y de esta manera compensar las asimetrías existentes entre los países del hemisferio.

ALCA ASOCIACIÓN DE LIBRE COMERCIO DE LAS AMERICAS

Se inicia en Miami USA en 1949.

Después de Can.

MERCOSUR

Aparece como una gran solución a los principios de Latino América , en la unión de Brasil , Argentina, Paraguay y Uruguay que buscaban desde 1991 de un acuerdo de tratado de Asunción , últimamente Venezuela fue admitida en dicha integración con derecho a voz , pero sin derecho a voto.

CAN: COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES.

Es una organización subregional con personalidad jurídica internacional.

Países miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú, Venezuela y órganos adscriptos.

SAIC: Sistema Andino de Integración, 1969.

Cuando se firmo el pacto de Cartagena conocido como el pacto andino. Inicia sus funciones en 1997

Obj. 8

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA: Creación. Fundamentacion constitucional. Art. 318, 319 y 320 se la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela . funciones. Fundamentacion legal . Ley del Banco Central de Venezuela. Art. 1 al 18, 21 al 27, 44 y 45. Diferencias entre el Banco Central, Caja de Conversión y Dolarización. Dinero. Fondo de Estabilización Macroeconomica. Art . 321 de la constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA:

Fue creado el 8/09/1939

FUNDAMENTACION CONSTITUCIONAL

La fundamentacion están contenidas en la ley del BCV Art. 318 / 319 /320 de la Const.

Artículo 318

Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. El objeto fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República.

El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia. El Banco Central de Venezuela ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá entre sus funciones las de formular y ejecutar la política monetaria, participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria, regular la moneda, el crédito y las tasas de interés, administrar las reservas internacionales, y todas aquellas que establezca la ley.

Artículo 319

El Banco Central de Venezuela se regirá por el principio de responsabilidad pública, a cuyo efecto rendirá cuenta de las actuaciones, metas y resultados de sus políticas ante la Asamblea Nacional, de acuerdo con la ley. También rendirá informes periódicos sobre el comportamiento de las variables macroeconómicas del país y sobre los demás asuntos que se le soliciten, e incluirán los análisis que permitan su evaluación. El incumplimiento sin causa justificada del objetivo y de las metas, dará lugar a la remoción del directorio y a sanciones administrativas, de acuerdo con la ley.

El Banco Central de Venezuela estará sujeto al control posterior de la Contraloría General de la República y a la inspección y vigilancia del organismo público de supervisión bancaria, el cual remitirá informes de las inspecciones que realice a la Asamblea Nacional. El presupuesto de gastos operativos del Banco Central de Venezuela requerirá la discusión y aprobación de la Asamblea Nacional, y sus cuentas y balances serán objeto de auditoria externas en los términos que fije la ley.

Artículo 320

El Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la vulnerabilidad de la economía y velar por la estabilidad monetaria y de precios, para asegurar el bienestar social.

El ministerio responsable de las finanzas y el Banco Central de Venezuela contribuirán a la armonización de la política fiscal con la política monetaria, facilitando el logro de los objetivos macroeconómicos. En el ejercicio de sus funciones; el Banco Central de Venezuela no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales deficitarias.

La actuación coordinada del Poder Ejecutivo y del Banco Central de Venezuela se dará mediante un acuerdo anual de políticas, en el cual se establecerán los objetivos finales de crecimiento y sus repercusiones sociales, balance externo e inflación, concernientes a las políticas fiscal, cambiaria y monetaria; así como los niveles de las variables intermedias e instrumentales requeridos para alcanzar dichos objetivos finales. Dicho acuerdo será firmado por el Presidente o Presidenta del Banco Central de Venezuela y el o la titular del ministerio responsable de las finanzas, y divulgará

en el momento de la aprobación del presupuesto por la Asamblea Nacional. Es responsabilidad de las instituciones firmantes del acuerdo que las acciones de política sean consistentes con sus objetivos. En dicho acuerdo se especificarán los resultados esperados, las políticas y las acciones dirigidas a lograrlos. La ley establecerá las

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (18 Kb)
Leer 10 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com