El Estado
mariquita25 de Octubre de 2012
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Universidad Bolivariana de Venezuela
Misión Sucre
Aldea La Fundación
Maracay - Edo. Aragua
EL ESTADO
Bachilleres:
Dulce M. Seijas C.
C.I: 7.238.511
INTRODUCCIÓN
Para abordar en este tema es necesario realizar un breve análisis referente al Estado – Nación, por cuanto es fundamental para la comprensión del mismo. Partiendo de que el Estado la máxima instancia de articulación de relaciones sociales, representa el cuerpo político de la nación, y que posee un conjunto de instituciones dotadas de autoridad y potestad para establecer los preceptos que regulan la sociedad, entre otros conceptos. En cuanto al Estado – Nación, está caracterizado por tener un territorio determinado, una población constante (estable), dicha población podría ser o no fija y un gobierno. Es una entidad política definida.
Dicha organización humana requiere de un plan de acción para poder sostener su existencia, ello se logra a través de la implementación de leyes creadas para tal fin, es decir, para mantener un orden, para prever el bien común, para el desarrollo integral del individuo.
En Venezuela, con la entrada en vigencia de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 (vigente), se han llevado a cabo un conjunto de transformaciones orientadas la formación del ser humano como sujeto integrador de la sociedad, dirigido a su desarrollo integral.
Mediante la implementación de innumerables leyes en las diversas esferas, sociales, políticas, económicas, culturales; por ejemplo, leyes en materia inquilinaria, laboral, agrícolas, el Estado garante se ha abocado a resolver los principales problemas que afectan la convivencia de los ciudadanos. El presidente Hugo Rafael Chávez Frías ha aprobado más de 166 Leyes por vía habilitante en sus tres periodos electorales (desde 1999 al 2000, del 2000 al 2006, y desde el 2006 al 2012), todas ellas con el objeto de dar cumplimiento al articulado de la Constitución Nacional, otorgarle los derechos a los venezolanos.
EL ESTADO
Del participio latino "status". El término en su sentido moderno fue introducido por Maquiavelo. Al hablar de lo stato, lo convierte en sustantivo abstracto con una significación similar a la de polis para los griegos y civitas para los romanos, es decir, comunidad humana suficiente en sí, con gobierno propio e independiente, supremo en su orden. Se diferencia de otros términos de parecida índole, como el de "sociedad", porque ésta admite otras caracterizaciones fuera de la sociedad política y porque no toda sociedad política es Estado. Al Estado generalmente se le define como "la sociedad civil jurídica y políticamente organizada".
Es una palabra polisémica, en las ciencias sociales y jurídicas dentro de sus diferentes acepciones tenemos que, es una institución política que posee soberanía, esto es, que no está sujeta a ninguna otra subdivisión política mayor. Es una organización inmaterial, una autoridad que ejerce su supremacía y poder sobre un territorio y toda la población que en el habitan; normalmente, su fuerza se encuentra regulada bajo los principios de su cultura generadora, o bien sobre los principios culturales de la nación que la constituyó.
Es un concepto político que se refiere a una forma de organización social, económica, política soberana y coercitiva, formada por un conjunto de instituciones involuntarias, que tiene el poder de regular la vida nacional en un territorio determinado.
En esta exposición vamos a tratar 3 temas de relevancia para la percepción del Estado Nación su institucionalidad socialista como lo son:
Estatuto actual del Estado Nación y el Estado Social como transición al Socialismo
Todo estatuto es una regla que tiene fuerza de ley, partiendo de esto se considera que toda ordenanza o reglamento que este dirigido a todo el estado nación, ya sea en el ámbito económico, político, social y territorial, forman parte del estatuto del estado, siendo la constitución de la republica la ley principal y por la cual se rige el estado democrático, y social de derecho y de justicia.
Para hacer una cronología del nuevo ordenamiento jurídico criollo es necesario comenzar por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, promulgada por la Asamblea Constituyente el 20 de diciembre de 1999, aprobada mediante referendo popular (diciembre 99) con 72% de los votos escrutados.
La principal diferencia con las anteriores constituciones del período de la cuarta República es el reconocimiento del ser humano como eje de su orientación (Art.3), y que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo en la forma prevista en la propia Constitución (Art. 5).
A 10 años de su promulgación (en 2009) se aprobó la modificación de 5 artículos de la Constitución, también por referendo (160, 162, 174, 192 y 230), con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua e indefinida. Durante los 13 años de la Revolución Bolivariana se han aprobado y decretado, hasta hora, 846 leyes, que responden al espíritu del Estado democrático y social de derecho y de justicia que consagra la Constitución venezolana, promulgada en 1999, luego de la elección de Hugo Chávez como Presidente constitucional.
Dichas leyes están orientadas a crear las condiciones necesarias para el desarrollo económico y social de la población, "procurando la igualdad de oportunidades para que todos los ciudadanos puedan desarrollar libremente su personalidad, dirigir su destino, disfrutar los derechos humanos y buscar su felicidad", tal como reza la Carta Magna en su preámbulo.
Los mayores logros se han alcanzado en las áreas de poder popular, derechos de la mujer y la familia, derechos indígenas, medio ambiente, investigación científica y tecnología, democratización de la tierra productiva y pesca, explotación de hidrocarburos y minas y economía y finanzas y las más recientes como lo son la laboral e inquilinato.
Poder Popular y refundación de la patria
Sin lugar a dudas, los conceptos de inclusión y poder popular son las medidas más ambiciosas y de mayor trascendencia con miras a la patria socialista que la mayoría de venezolanos desea, adhiere y vota en las elecciones.
El poder popular es el ejercicio pleno de la soberanía por parte del pueblo (en lo político, económico, social, cultural, ambiental e internacional) y se expresa a través de distintas formas de organización que edifican el estado comunal.
Las leyes del poder popular tienen como objetivo generar condiciones para que los ciudadanos y ciudadanas ejerzan sus derechos y constituyan formas de autogobierno.
Queda establecido en las diferentes leyes relacionadas que la asamblea de ciudadanas y ciudadanos es la máxima instancia de participación y decisión de la comunidad organizada y sus instancias de poder son: el consejo comunal, la comuna, la ciudad comunal y los sistemas de agregación comunal.
Las leyes puntuales referidas al poder popular son 5: la Ley Orgánica del Poder Ciudadano (25 de octubre de 2001), Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo (5 de agosto de 2004), Ley Orgánica del Poder Popular, Ley Orgánica de las Comunas y Ley Orgánica de Contraloría Social (todas estas del 21 de diciembre de 2010).
Ellas y ellos, nosotras y nosotros
Legislar con perspectiva de género tiene que ver justamente con construir mecanismos para superar las discriminaciones, exclusiones y agresiones en las relaciones entre los géneros con perjuicios casi siempre contra la mujer.
Hay 5 leyes relativas a los derechos de la mujer y la familia que sobresalen por su importancia e impronta revolucionaria.
1999: (26 de octubre) Ley de Reforma de la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer (dictada en período habilitante).
2007: (19 de marzo) Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; (20 de septiembre) Ley para Protección de las Familias, la Maternidad y la Paternidad; (09 de diciembre ) Ley sobre Procedimientos Especiales en Materia de Protección Familiar de Niños, Niñas y Adolescentes y, finalmente, (23 de agosto) la Ley Orgánica de Deporte, Actividad Física y Educación Física.
No es un dato menor que en la actualidad 13 mujeres ocupen cargos de primera línea y responsabilidad en el Gobierno Bolivariano: en el Consejo Nacional Electoral (CNE), en el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en la Defensoría del Pueblo y en la Contraloría General. Además en los ministerios para el Comercio, para la Educación Universitaria, para la Educación, para la Salud, para el Trabajo y Seguridad Social, para los Pueblos Indígenas, para la Mujer y la Igualdad de Género, para la Juventud y para el Servicio Penitenciario.
Pueblos originarios
Otro grupo históricamente marginado ha empezado a tener su justo lugar: los indígenas y pobladores originarios.
Para garantizar sus derechos y el desarrollo pleno de sus facultades se han decretado 3 leyes referidas al tema. La Ley de Demarcación y Garantía del Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas (01 de diciembre
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