El Testamento
esther374 de Agosto de 2011
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USTIFICACION: Decidí realizar el presente ensayo con el tema de Testamento, porque es algo muy importante para cualquier persona que en un momento determinado de su vida lo realice y que tenga nociones de lo que este trae detrás.
En varias ocasiones hemos escuchado la palabra testamento, pero en sí, muy pocos conocemos lo que realmente significa: en si es definido como un acto jurídico unilateral, personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz transmite sus bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte, a sus herederos o legatarios, o declara deberes para después de la misma. Y que debemos de saber y conocer muy bien a lo que se refiere, muchas personas desconocemos realmente lo que conlleva realizar un testamento y por no tener conocimiento sobre este, no sabemos lo que tenemos que hacer, como realizarlo, cuáles son nuestros derechos y en su caso nuestras obligaciones. Y sobre todo nosotros como estudiantes de la Licenciatura en Derecho Burocrático debemos de conocer todo respecto a este, ya que al desempeñarnos como futuros abogados tendremos la oportunidad de asesorar a quienes lo requieran.
Espero aprender mucho al realizar este tema tan especial e importante para todos y cada uno de nosotros, conocer el concepto de testamento, poder identificar sus características, quienes pueden realizarlo, su clasificación, a partir de qué momento se puede realizar, su término, cuales son las condiciones para poder realizarlo, etc.
OBJETIVO GENERAL: Conocer las características, clasificación, elementos de existencia y desde luego cada una de las partes que integran un testamento. Considero que este tema es importante, porque vamos a conocer lo que significa en si el testamento, cuales son los derechos y obligaciones de las personas que realizan el testamento y las que lo reciben, ante quien acudir para elaborarlo, etc. Todos y cada uno de esos detalles que debemos conocer.
Es por este motivo que elegí este tema en particular y de esta manera tener los conocimientos suficientes realizando el presente trabajo relacionado con el testamento.
OBJETIVOS ESPECIFICOS:
*Definir jurídicamente la palabra testamento.
*Saber quienes integran un testamento.
*Conocer los elementos que integran el testamento.
*Saber cuál es su clasificación.
*Identificar los diferentes tipos de testamentos.
*Saber si existe nulidad en los testamentos.
*Conocer si tiene un término.
PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
EL TESTAMENTO
DEFINICION DEL TESTAMENTO: Se dice que el testamento es un acto jurídico unilateral , personalísimo, revocable y libre, por el cual una persona capaz transmite sus bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte a sus herederos o legatarios, o declara y cumple deberes para después de la misma.
ELEMENTOS DEL TESTAMENTO:
*El testamento es un acto jurídico unilateral.
*Es personalísimo, revocable y libre.
*Debe ser ejecutado por persona capaz.
*Tiene por objeto la transmisión de bienes, derechos y obligaciones que no se extingan por la muerte o la declaración y cumplimiento de deberes.
Tiene doble objeto; se transmiten bienes, derechos y obligaciones y también puede tener por objeto la declaración y cumplimiento de deberes, como reconocer a un hijo o nombrar un tutor.
EL TESTAMENTO COMO ACTO JURIDICO: Al tratar el testamento como acto jurídico sirve para aplicar la teoría del mismo y para tratar de sus elementos esenciales y de validez por lo que esto nos permitirá realizar un estudio de los testamentos validos, nulos e inexistentes, y saber cuales son los elementos esenciales para su existencia y cuales son los elementos de validez que traen consigo la nulidad absoluta o relativa de este acto jurídico.
El acto jurídico: Es una manifestación de voluntad que se hace con la intención de producir consecuencias de derecho, siempre y cuando la norma jurídica ampare esa manifestación de voluntad. Y encontramos varios elementos:
*Una manifestación de voluntad;
*La intención de producir consecuencias de derecho;
*Que la norma jurídica sancione esa manifestación de voluntad;
*Que tenga un objeto o sea producir consecuencias de derecho.
EL TESTAMENTO ES CONSIDERADO UN ACTO PERSONALISIMO, REVOCABLE Y LIBRE:
Se dice que es un acto personalísimo, porque no puede desempeñarse por conducto de representante.
Cuando se refiere a personalísimo es porque es el testador en persona el que manifiesta su voluntad, instituyendo herederos y legatarios, asignando cantidades y distribuyendo bienes. No puede encomendarse a un tercero ni la designación de herederos y legatarios ni la asignación de bienes y o cantidades.
Solamente puede encomendarse a tercero la distribución de cantidades o bienes que hubiese dejado el testado para ciertas clases, como huérfanos, ciegos, pobres, etc. Fijando una cantidad global o un acervo de bienes.
El testamento, en su disposición fundamental que es instituir herederos y legatarios, al asignar determinado acervo, valor o cantidad, es ejecutado personalmente por el testador.
El testamento es un acto revocable y hay inexistencia por imposibilidad jurídica, cuando el acto no puede llevarse a cabo, porque una norma de derecho constituye un obstáculo insuperable para la realización del mismo.
La norma dice que el testador puede, en cualquier momento que así lo desee, revocar su testamento y no puede renunciar a esa facultad ni tampoco restringirla o modificarla.
El testamento es un acto libre. Por lo que el testador no puede obligarse por contrato o por convenio a no testar, o en su defecto a testar bajo ciertas condiciones, o bien a transmitir por testamento solo parte de sus bienes y reservar otra parte para sus herederos legítimos.
ELEMENTOS ESENCIALES DEL TESTAMENTO:
Manifestación de voluntad, si no hay manifestación de esta, entonces no hay testamento.
Dicha manifestación de la voluntad debe hacerse por el testador en forma clara y expresa.
INTERPRETACION DE LA VOLUNTAD:
El Código fija reglas para definir la interpretación y el alcance que debe darse a la manifestación expresa de la voluntad del testador.
Cuando del texto claro del testamento se desprenda en una forma también manifiesta la intención del testador, no existe problema de interpretación, o sea que coincidan la letra con la interpretación en la manifestación de la voluntad.
Debe prevalecer la intención sobre el texto del documento. Nuestra legislación ha elegido entre la interpretación objetiva y la subjetiva: es decir entre la voluntad declarada y la interna, y acepta esta última:
EL OBJETO DEL TESTAMENTO:
Este puede consistir en la institución de herederos o legatarios o en la declaración y cumplimiento de ciertos deberes o ejecución de determinados actos jurídicos, por lo que el testamento tiene un objeto variado, diverso, esto quiere decir que no es indispensable que se reúnan estos distintos aspectos del objeto en el testamento, es suficiente que exista uno de ellos para que haya testamento.
La ley se encarga de regular el objeto principal. O sea la institución de herederos o legatarios, el legislador admite la posibilidad de que el objeto en el testamento pueda ser diverso y que exista a pesar de que no haya institución de herederos o legatarios.
INSTITUCION DE HEREDEROS Y LEGATARIOS:
Cuando la transmisión es a titulo universal, existe la institución de herederos; y cuando la transmisión es a título particular, se instituyen legatarios.
Institución de herederos: Es el acto por virtud del cual el testador trasmite a una persona la totalidad de su patrimonio o una parte alícuota del mismo.
Institución de legatario: Es el acto por el cual el testador transmite a una persona un bien determinado o determinable, corporal o incorporal, es decir, una cosa o un derecho.
La institución de herederos no impide que exista al mismo tiempo institución de legatarios.
La transmisión total del patrimonio puede realizarse y separar ciertos bienes para transmitirlos por legados, o bien, puede gravarse al heredero o herederos con la obligación de entregar ciertos bienes que se deduzcan del patrimonio en forma directa, cuando sean determinados, o en forma indirecta, cuando deban adquirirse con el producto de los bienes hereditarios para que se entreguen a los legatarios.
El testador puede disponer de sus bienes a titulo universal sin imponer legados, también puede disponer de todos sus bienes a título particular sin instituir herederos, todos los legatarios se reputaran herederos para el efecto de responder hasta la cuantía de sus bienes de las deudas hereditarias.
POSIBILIDAD DEL OBJETO:
El objeto en los actos jurídicos debe ser posible, desde el punto de vista físico como jurídico, en los testamentos el objeto consiste en la transmisión d los bienes que integran el patrimonio de la sucesión, estos bienes existan o puedan existir en la naturaleza para que sea físicamente posible su transmisión.
Debe de haber una posibilidad jurídica: los bienes deben existir en la naturaleza. Es necesario que estén en el comercio, que sean determinados o determinables, para que puedan considerarse
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