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El сontrato sobre el divorcio de los cónyuges con hijos menores de edad


Enviado por   •  1 de Marzo de 2015  •  Trabajos  •  676 Palabras (3 Páginas)  •  266 Visitas

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PROPUESTA DE CONVENIO QUE A EFECTO DE CUMPLIR CON LO QUE DISPONE EL ARTÍCULO 260 DEL CÓDIGO CIVIL VIGENTE PARA EL DISTRITO FEDERAL VIGENTE, PROPONE, EL SEÑOR MARIO DÍAZ SÁNCHEZ QUIEN SE ENCUENTRA CASADO CON LA SEÑORA LORENA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, ANTE EL JUEZ DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL, PARA SU APROBACIÓN, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS:

CLAUSULAS,

PRIMERA. Tanto durante el procedimiento como después de aprobado el presente convenio, las menores FERNANDA DÍAZ GONZÁLEZ Y RENATA DÍAZ GONZÁLEZ, estarán bajo la guarda y custodia de su madre la C. LORENA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ.

SEGUNDA: El señor MARIO DÍAZ SÁNCHEZ, otorgara por concepto de pensión alimenticia, para los efectos de atender las necesidades de sus menores hijas, la cantidad $4500.00 mensuales, mediante depósito a la cuenta bancaria numero No. ____________, del banco ___________, la cual está a nombre de LA C. LORENA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, pensión que deberá ser garantizada con fianza.

TERCERA: El señor MARIO DÍAZ SÁNCHEZ, otorgara por concepto de pensión alimenticia, para los efectos de atender las necesidades de su aun conyuge LA C. LORENA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, la cantidad $1500.00 mensuales, mediante depósito a la cuenta bancaria numero No. ____________, del banco ___________, la cual está a nombre de LA C. LORENA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ, pensión que deberá ser garantizada con fianza.

CUARTA: El señor MARIO DÍAZ SÁNCHEZ tendrá la convivencia con sus menores hijas en un periodo comprendido de _________________, para este efecto, el suscrito deberá recoger a sus menores hijas en el domicilio ubicado en calle _____________, COLONIA ____, DELEGACIÓN ______ EN MÉXICO DISTRITO FEDERAL, y deberá entregarlas en el mismo domicilio dentro del horario señalado.

QUINTA: En cumplimiento a los deberes que la Ley les impone a los padres, éstos se obligan recíprocamente a no sembrar en el ánimo de la menor, animadversión alguna en contra de cualesquiera de sus progenitores y a fin de lograr el mejor desarrollo emocional del niño, cada progenitor por su parte, se obliga a fomentarle el afecto y consideración en relación con el otro, con el propósito de que dicho menor tenga la oportunidad de afianzar en su formación, tanto la figura paterna como la figura materna.

SEXTA.- Ambas partes reconocen plenamente que este convenio reglamenta hechos y circunstancias derivados del comportamiento humano; por tal motivo, están consientes de que en su cumplimiento y ejecución, la solución final a los problemas casuísticos que involucre el ejercicio de la patria potestad sobre su menor hijo, deberá estar regida por un criterio sustentado en la buena fe, en el respeto recíproco y por lo tanto, ambas partes se obligan entre sí a evitar a toda costa enfrentamientos de orden personal, así como a

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