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Ensayo de derecho. El derecho representa una forma de dirigir la conducta individual y social


Enviado por   •  4 de Diciembre de 2015  •  Tareas  •  2.216 Palabras (9 Páginas)  •  254 Visitas

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ENSAYO

El derecho representa una forma de dirigir la conducta individual y social, por lo cual su sentido es abarcador y rebasa la simple ética o moral propia de cada pueblo. Es integrador al determinar no sólo pautas culturales de interacción persiguiendo fines sociales, sino también porque representa una rejilla, un parámetro, una directriz que, dependiendo de los fines políticos, económicos, sociales y culturales de cada sociedad, enmarca el comportamiento social.

El derecho como tal es una materia interdisciplinaria y con efectos mucho más abarcadores que los que a primera vista podrían pensarse. Se impone a todos y cada uno de los miembros de una sociedad en particular y de sociedades interdependientes política o comercialmente, su espectro de acción es amplio y se deriva, en principio, de la búsqueda de la justicia y la rectitud en la vida cotidiana.

Cabe destacar que lo que se considera justo y recto en una sociedad podría no serlo en otra. El relativismo precisa puntos de análisis universales, lo que en todas las sociedades es reconocido como valioso.

La idea de cambio campa en el ámbito del derecho, es un proceso de estabilidad y cambio que es determinado por el momento histórico y las élites en el poder. El derecho también ha de precisarse, obedece a visiones ideológicas, las más de las veces, determinadas por poderes fácticos de clase.

El derecho debería ser una expresión de la búsqueda de la justicia social, sin embargo, al ser un quehacer humano, es perfectible, falsable e imperfecto.

Desde un punto de vista sistémico el derecho es parte ineluctable de referencia en las representaciones sociales que enmarcan a los miembros de una sociedad determinada y que provee de una semántica de sentido común al que infringe la ley, a quien la ejecuta y a quien vela por el cumplimiento de la misma.

El derecho posee dos raíces latinas que determinan su semántica:

Directum:

“Que debe entenderse como lo que está conforme a la regla; es decir, lo que no se desvía, lo que es recto”.  

Directus:

“Participio del verbo latino dirigiré, que también significa como lo recto o correcto”.

Recuperando la definición de derecho que realiza Efraín Moto Salazar, es preciso transcribirla para un análisis y comprensión de la misma:

 “Es un conjunto de normas que regulan la conducta social de los individuos, susceptibles de recibir una sanción política, y que, inspiradas en la idea de la justicia, tienden a realizar el orden social”.

El derecho se divide en: derecho vigente, formalmente válido; derecho natural, el cual se define como principios “supremos, universales y eternos”; y el derecho

positivo o eficaz, observado independientemente de su vigencia o no por el grupo social al cual va dirigido.

En este punto, se hace la precisión que el que interesa a nuestra rama de desarrollo (Administración), es el vigente o formalmente válido, puesto que dependiendo del medio social, de la época, de la costumbre y del estado de ánimo general social, serán dictadas los preceptos que nos permitan navegar apegados a lo válido, a lo correcto para llevar a cabo nuestro objetivo.

El derecho determina el progreso de una sociedad. Esto es válido, pues es un reflejo socio-histórico determinado por factores diversos como son la ideología, el tronco religioso del cual deriva necesariamente (no es la misma legislación la de un país teocrático cristiano, musulmán, hindusta, etc., ni siquiera si ha pasado a una fase laica cuyo pasado difiera del tronco religioso mayoritario).

Establecer una matriz regida por una axiología extrínseca al individuo y formalmente válida por el poder político, permite contrarrestar el interés individual al colectivo. La historia demuestra que el comportamiento individualista en torno a la consecución de diversos objetivos puede derivar en anarquía y desorganización social.

La evolución social está determinada por las leyes y por su aplicación, esto se constata en los pueblos septentrionales de Europa, donde se experimenta estadísticamente un desarrollo humano mucho más estable, progresivo y con calidad de vida para sus miembros que en países pertenecientes a la zona meridional del mundo, sea considerado para ejemplificar esto los países latinoamericanos o africanos. Sin embargo, desde una perspectiva social integrante, las leyes podrían ser vistas como resultado de las condiciones materiales de la existencia humana y la ideología derivada de la misma, la distribución equitativa de la riqueza, la educación y la cultura en general. .Así, el derecho no es una parte aislada del todo social, sino una rama de la interacción social.

El sentido del estudio del derecho debe ser crítico y propositivo. La evolución de la definición de los derechos humanos es un ejemplo de su devenir. Durante la Ilustración francesa y la Revolución consecuente de 1789, no se contemplaba en equidad ni igualdad a las mujeres que a los hombres.

Las normas:

Se clasifican en morales, religiosas, sociales y jurídicas.

La palabra “moral” deriva del vocablo latino mores, cuyo significado es “costumbre”. Moralis (latín mos = griego ‘costumbre’); consecuentemente, podemos afirmar que “moral” no implica por sí mismo el concepto de lo bueno o lo malo, sino que depende de las conductas o costumbres cuyos efectos sean considerados buenos o malos.

Las normas morales se puede comentar que son de carácter socialmente construido pero finalmente subjetivo.

Las normas religiosas hechas por humanos para control de humanos, con justificaciones heurísticas de dioses cuya existencia es ideológica.

Las normas sociales son más fácticas, pues determinan estilos de vida, vestimenta, cortesía y son funcionales en cuanto son reguladoras de conductas elementales y antropológicamente determinadas por marcos de referencia diversos.

Las normas jurídicas tienen una validación por el Estado, cuya finalidad es normar objetivamente a los sujetos enmarcados en el mismo. Su amplitud es hacia todos los miembros y la aplicación de las mismas no es volitiva, subjetiva ni por preferencia. Se determinan a través de la obediencia general hacía, en la medida de lo posible, la consecución del bien común.

En conclusión, las normas jurídicas pueden entenderse como el conjunto de reglas de conducta que el estado establece en un grupo social y época determinados, que imponen una sanción a los individuos que las incumplan, con el objetivo primario de establecer el orden social, el bien común y alcanzar la justicia como fin supremo.

Características de las normas:

Coercibilidad/ Incoercibilidad

Interioridad / Exterioridad

Unilateralidad / Bilateralidad

Autonomía / Heteronomía

Desde el punto de vista del sistema a que pertenecen, todo precepto de derecho pertenece a un sistema normativo.  

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