ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Escritura pública: Constitución de Neniz, sociedad anónima de capital variable


Enviado por   •  21 de Marzo de 2013  •  4.783 Palabras (20 Páginas)  •  619 Visitas

Página 1 de 20

------------------------------- VOLUMEN 38925 TREINTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICINCO. -------------------------------------------------------------------------------LIBRO 29 VEINTINUEVE ----------------------------------------------------------

---------------------------------------FOLIO 9875 NUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO. -------------------------------

-------------------------------------ESCRITURA NÚMERO MIL VEINTICUATRO ESCRITURA No.: 1024. -------------------------

EN LA CIUDAD DE SAN LUIS POTOSI, SAN LUIS POTOSI, ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, a los 02 Dos días del mes de Febrero del año de 2012 Dos mil doce, Yo, EMILIANO CUELLAR VILLAGRAN, en ejercicio en éste Municipio de SAN LUIS POTOSI, Titular de la Notaría Pública Número 10 DIEZ, HAGO CONSTAR: Que ante mi, C O M P A R E C I E R O N:- Los señores DENISSE ELIZABETH SALDAÑA GARCIA, JOSE ANGEL VILLAREAL JUAREZ, IVONNE ALEJANDRA VALDEZ RODRIGUEZ, BEATRIZ ADRIANA MENDOZA FLORES, y ; D I J E R O N: Que ocurren a celebrar un CONTRATO DE SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE conforme a los siguientes:------------------------------------------ ESTATUTOS SOCIALES.--------------------------------------------- CAPITULO PRIMERO.------------------------ DENOMINACION, OBJETO SOCIAL, DOMICILIO DURACION Y-----------------------------NACIONALIDAD.------------------ARTICULO 1.- DENOMINACION: La Sociedad es mercantil anónima de capital variable y se denominará “NENIZ”, debiendo usarse esta denominación seguida de las palabras SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, o de su abreviatura S.A. DE C.V.--------------- ARTICULO 2.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la Sociedad es: ---- 1).- Adquirir, comprar, vender, administrar, poseer, arrendar, promover, intervenir, enajenar, gravar, disponer, importar, exportar y explotar en cualquier forma, por cuenta propia o ajena, toda clase de galletas.-- 2).- Promover, organizar, invertir en la promoción de toda clase de actividades industriales o comerciales de cualquier clase de Sociedad sea Civil o Mercantil, dentro o fuera del Territorio Nacional, así como adquirir, administrar, comprar, arrendar o intervenir en las mencionadas sociedades, ya sea como tenedora de Acciones o participaciones de capital, de bonos, obligaciones o debentures; o mediante contratos o actos de cualquier naturaleza, relacionados con dicho objeto-------------- ARTICULO 3.- DOMICILIO: El domicilio social es Paseo Colon 1608, Col. Longoria, C.P.79005, ciudad San Luis Potosí, San Luis Potosí, México; pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier lugar de la República o del Extranjero, sin que por ello se entienda modificado su domicilio social.------------------------------ ARTICULO 4.- DURACION: La duración de la Sociedad será de (99) noventa y nueve años, contados a partir de la fecha de inscripción del Testimonio de su Escritura Constitutiva-- ARTICULO 5.- NACIONALIDAD: La Sociedad tendrá la nacionalidad mexicana. “Todo extranjero que en el acto de la constitución de la sociedad o en cualquier tiempo ulterior, adquiera un interés o participación en la Sociedad, se considerará por ese simple hecho como Mexicano respecto de uno y otra, y se entenderá que conviene en no invoca la protección de su Gobierno, bajo la pena en caso de faltar a su convenio, de perder dicho interés o participación en beneficio de la Nación Mexicana.--------------------------------------------------CAPITULO SEGUNDO.--------------------------------------------- DEL CAPITAL Y ACCIONES.-------------------------------- ARTICULO 6.- El Capital Social es Variable. El Capital Social Mínimo Fijo sin derecho a retiro asciende a la suma de $3,300,000.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.) y máximo ilimitado, dividido en 55 cincuenta acciones nominativas con valor nominal de $60,000.00 (SESENTA MIL PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL), ------------------------------- ARTICULO 7.- AUMENTO O DISMINUCION DEL CAPITAL SOCIAL: El capital social podrá ser aumentado o disminuido conforme a las siguientes disposiciones:------------ a) Los aumentos y disminuciones del capital mínimo fijo de la Sociedad se efectuarán mediante resolución de la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas.-------------------------- b) Los aumentos y disminuciones del capital variable de la Sociedad podrán efectuarse mediante resolución de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, quien determinará la cantidad de acciones a emitirse. En su caso, las acciones de tesorería podrán ser colocadas y retiradas por acuerdo del Consejo de Administración, dentro del monto autorizado por la Asamblea General Ordinaria de Accionistas.--------------- c) Ningún accionista tendrá el derecho de retirar totalmente, ni a reducir su parte proporcional del Capital Variable de la Sociedad, a menos que sea mediante Acuerdo tomado en Asamblea General Ordinaria de Accionistas que deberá afectar a todas las partes en forma proporcional, y como consecuencia, los accionistas renuncian al derecho que les concede el Artículo 220 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. El derecho aquí concedido no podrá ser ejercido cuando de ello resulte una disminución al Capital Social menor al Capital Mínimo Fijo, o cuando implique una reducción en el número de accionistas de la Sociedad a menos de dos--- --- d) Solamente acciones suscritas e íntegramente pagadas podrán ser amortizadas o retiradas.------------------------

e).- Cualquier aumento o disminución del capital social, una vez efectuado, se anotará en el Libro de Registro especial que para tal efecto llevará la Sociedad------ ARTICULO 8.- AUMENTO DE CAPITAL POR APORTACION EN EFECTIVO: En caso de aumento de capital por aportación en efectivo, los accionistas tendrán derecho de preferencia para suscribir las nuevas acciones que se emitan, en proporción al número que poseyeren con anterioridad a dicho aumento, teniendo los accionistas un plazo de (15) quince días naturales contados a partir de la notificación por escrito que le haga llegar el Consejo de Administración para ejercitar su derecho de preferencia en la forma que se haya acordado.---------------------------------------- ARTICULO 9.- DISMINUCION DE CAPITAL POR REEMBOLSO O PERDIDAS.- En caso de reducción de Capital, ya sea por reembolso o por haberse perdido parte del Capital Social, se llevará a cabo por cualquier medio que acuerde la Asamblea, afectándose siempre a todas las acciones por igual.------------- ARTICULO 10.- REGISTRO DE ACCIONES: La Sociedad tendrá un Registro de Acciones que contendrá--------------- a) El nombre, la nacionalidad y el domicilio del accionista y la indicación de las acciones que le pertenezcan, expresándose los números, series, clases, y demás particularidades;---------------------- b) La indicación de las exhibiciones que se efectúen; y------------------------ c) Las transmisiones que se realicen en los términos que prescriben el Artículo 129 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.- El Registro de Acciones deberá estar firmado indistintamente por el Presidente del Consejo de Administración, por el Secretario del mismo o por cual(es)quier funcionario(s) designado(s) para tal efecto por el propio Consejo de Administración. Salvo el caso de orden judicial en contrario, la Sociedad considerará como dueño de las acciones a quien aparezca inscrito como tal en el Registro a que se refiere este ARTÍCULO.-------------- CAPITULO TERCERO. ---------------------- ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS.--------------------- ARTICULO 11.-ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS: La Asamblea General de Accionistas es el órgano supremo de la Sociedad, pudiendo acordar y ratificar todos los actos y operaciones de la misma. Sus facultades no tendrán otras limitaciones que las que señalen la Ley y los Estatutos. Sus resoluciones válidamente adoptadas son obligatorias para todos los socios, aún para los ausentes o disidentes, así como para los Consejeros, Director General, Directores, Gerente General, Gerentes, Subgerentes y Apoderados, y serán ejecutadas por la empresa o personas que en ellas se designen como delegados especiales, o a falta de designación expresa, por el Presidente del Consejo de Administración.------------------------- ARTICULO 12.- ASAMBLEAS GENERALES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DE ACCIONISTAS: Las Asambleas Generales de Accionistas podrán ser ordinarias o extraordinarias. Unas y otras deberán reunirse en el domicilio social y sin este requisito serán nulas, salvo caso fortuito o de fuerza mayor.- Serán extraordinarias las que se celebren para tratar cualquiera de los asuntos mencionados en el Artículo 182 de la Ley General de Sociedad Mercantiles. Serán ordinarias las Asambleas que tengan por objeto tratar cualquier asunto que no sea competencia de las extraordinarias, así como acordar los aumentos o disminuciones al Capital Social en su parte Variable.- Cada año se celebrarán por lo menos una Asamblea General Ordinaria, en la fecha que señale el Consejo de Administración dentro de los tres meses siguientes a la cláusula del ejercicio social, en el cual deberán tratar además de los puntos incluidos en la Orden del Día, los siguientes asuntos:------------------------ a) Discusión, modificación o aprobación del informe a que se refiere el Artículo 172 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, previo dictamen de el o los Comisarios;---------- b) Designación cada año de las personas que integren el Consejo de Administración y de el o los Comisarios, para el siguiente período;----------- c) Determinación de los emolumentos correspondientes a los Consejeros y Comisario(s); Las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias se reunirán además cada vez que fueren convocadas en los términos de los presentes Estatutos

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (30 Kb)
Leer 19 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com