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Escritura pública: Constitución de nueva imagen, sociedad anónima de capital variable


Enviado por   •  5 de Febrero de 2014  •  3.645 Palabras (15 Páginas)  •  377 Visitas

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ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDAD ANÓNIMA

ESCRITURA NÚMERO 1458 VOLÚMEN NÚMERO 43

En la Ciudad de México Distrito Federal, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil seis, YO el Licenciado HUGO MURILLO ZERMEÑO, titular de la Correduría Pública número veintitrés de esta plaza, debidamente habilitado para el ejercicio de mis funciones por la Secretaría de Economía y actuando con el carácter de Fedatario Público, que la Ley me otorga, hago constar la constitución de “NUEVA IMAGEN” SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, al tenor del siguiente antecedente y las siguientes cláusulas:---------------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------------------A N T E C E D E N T E---------------------------------

ÚNICO.- Para el otorgamiento de este instrumento se solicitó y obtuvo el permiso de la Secretaría de Relaciones Exteriores número 12567; número de expediente 1492/2013; de fecha 26 de Septiembre de 2013, mismo que en copia fotostática que concuerda fielmente con su original agrego al archivo de la Correduría a mi cargo bajo la letra “A”; y agregaré sendas copias fieles a los originales que del presente instrumento expida.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------------------E S T A T U T O S---------------------------------------

---------------------------------------------CLAUSULAS------------------------------------------

----DENOMINACIÓN, DURACIÓN, DOMICILIO, OBJETO SOCIAL----------------

PRIMERA.- Los expresados comparecientes constituyen en este acto “NUEVA IMAGEN”, debiendo ir seguida de las palabras “SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” o de su abreviatura “S.A. DE C.V.”—------------------------SEGUNDA.- La duración de la sociedad será de noventa y nueve años.----------

TERCERA.- La nacionalidad de la sociedad es mexicana y su domicilio está ubicado en calle Camino del éxito No. 180 Colonia Campestre Aragón, Delegación Gustavo A. Madero, C.P. 07530, teniendo plena facultad de establecer sucursales o agencias en la República Mexicana o en el Extranjero.-

CUARTA.- La sociedad tendrá por objeto: -------------------------------------------------

I.- La comercialización, compra y venta de productos de materias primas para fiestas, incluyendo todo lo relacionado con publicidad, montajes, renta de espacios, promociones, venta de todo tipo de materiales y fletes relacionados con su objeto social.-------------------------------------------------------------------------------

II.- Edición, impresión, publicación, distribución, importación, exportación, maquila, de todo tipo de productos y todo lo relacionado a las materias primas.-

QUINTA.- Los socios extranjeros de la Sociedad se obligan ante la Secretaría de Relaciones Exteriores a considerarse como Nacionales respecto de: ----------

I.- Las acciones, partes sociales o derechos que adquiera esta sociedad.---------

II.- Los bienes, derechos, concesiones, participaciones o intereses de que sea titular esta sociedad.------------------------------------------------------------------------------III.- Los derechos y obligaciones que deriven de los contratos de esta sociedad.---------------------------------------------------------------------------------------------

Asimismo los socios extranjeros que en un futuro pertenezcan a la sociedad convienen que por ningún motivo invocarán la protección de sus gobiernos, considerándose como nacionales para todos los efectos, en perjuicio de perder, en caso contrario, su participación social en beneficio de la Nación.----------------

-----------------------DEL CAPITAL SOCIAL Y DE LAS ACCIONES--------------------

SEXTA.- El capital social es variable e ilimitado. El capital social mínimo fijo sin derecho a retiro es de $100, 000.00 MONEDA NACIONAL (cien mil pesos M/N) integrado por 100 ACCIONES comunes, con valor nominal de $1 MIL PESOS, MONEDA NACIONAL, cada una, totalmente suscritas y pagadas. El capital de la sociedad estará integrado por dos series de acciones, la serie “A” corresponde a las acciones que integran el capital mínimo fijo y son comunes u ordinarias y la serie “B” a las acciones que componen el capital variable, que podrán ser de voto restringido en términos de lo señalado en el artículo ciento trece de la Ley General de Sociedades Mercantiles.-------------------------------------

En caso de aumento o disminución de capital en su parte fija ésta será por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de accionistas previa la publicación correspondiente, en el caso de reducción, las publicaciones deberán llevarse a cabo en el Diario Oficial de la Federación.-------------------------

En caso de disminución se aplicará ésta proporcionalmente sobre el valor de todas las acciones y la Asamblea fijará las normas de prorrateo de la amortización y la fecha en que las amortizaciones deban surtir efecto. ------------

No podrá decretarse un nuevo aumento de capital, sin que las acciones que representen el anteriormente acordado, estén totalmente suscritas y pagadas. -

La sociedad llevará un Libro de Registro de Accionistas en el que se inscribirán todas las operaciones de suscripción, adquisición o transmisión de que sean objeto las acciones de que forman parte del capital social. ----------------------------

La sociedad considerará como propietarios de las acciones a los que aparezcan inscritos en dicho libro.-------------------------------------------------------------

SEPTIMA.- Los títulos de las acciones o los certificados provisionales (que podrán amparar una o más acciones), se redactarán con acuerdo en el artículo ciento veinticinco de la Ley General de Sociedades Mercantiles.---------------------

OCTAVA.- Las acciones confieren a sus dueños iguales derechos y obligaciones.- Acciones de la serie "B”, que podrán ser de voto limitado, por lo que solamente podrán ejercitarlo en las asambleas extraordinarias que se reúnan para tratar los asuntos comprendidos en las fracciones uno, dos, cuatro, cinco, seis y siete (romanos) del artículo ciento ochenta y dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles. En este caso y para el supuesto de asignación de dividendos a acciones ordinarias o al momento de disolución de la sociedad, deberá observarse lo dispuesto por los párrafos segundo y tercero del artículo ciento trece del ordenamiento legal antes mencionado, en el entendido que dicho cinco por ciento recae sobre el valor nominal de cada acción.------------------------------------------------------------------------------------------------

En los aumentos del capital social, los accionistas tendrán preferencia para suscribir el nuevo que se emita.----------------------------------------------------------------

La preferencia se ejercitará dentro de los quince días siguientes a la fecha de la

publicación del acuerdo de aumentar el capital social. ----------------------------------

Dicho acuerdo se publicará en el Diario Oficial de la Federación o en uno de los

periódicos de mayor circulación del domicilio de la sociedad, salvo que la asamblea de accionistas determine otra cosa. --------------------------------------------

Los accionistas responderán de las pérdidas sólo hasta el monto de sus acciones.---------------------------------------------------------------------------------------------

-------------------------------------DE LAS ASAMBLEAS--------------------------------------

NOVENA.- La Asamblea General de accionistas es el órgano supremo de la sociedad y su régimen es el siguiente: ------------------------------------------------------

I. Serán extraordinarias u ordinarias: --------------------------------------------------------

Las extraordinarias serán las que se reúnan para tratar los asuntos a que se refiere el artículo ciento ochenta y dos de la Ley General de Sociedades Mercantiles y las demás serán Ordinarias --------------------------------------------------

Los incrementos o disminuciones del capital variable se harán en Asambleas Ordinarias.-------------------------------------------------------------------------------------------

II. Se celebrarán en el domicilio social.-------------------------------------------------------

III. Serán convocadas por el Consejo de Administración, el Administrador Único, o él o los Comisarios.--------------------------------------------------------------------

IV. La convocatoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación o en los periódicos de mayor circulación del domicilio de la sociedad y deberá notificarse personalmente mediante correo certificado a los accionistas en el domicilio señalado en el Libro de Registro de Accionistas, con anticipación de quince días a la fecha en que deba celebrarse la Asamblea --------------------------

Si todas las acciones estuvieron representadas al momento de la votación, no será necesaria la publicación de la convocatoria -----------------------------------------V.- Actuará como Presidente, el del Consejo, el Administrador Único, o la persona que designen los accionistas, y fungirá como Secretario la persona que designe el Presidente. ----------------------------------------------------------------------

VI.- Para que se considere legalmente reunida y para que sus resoluciones sean válidas se atenderá a lo dispuesto por los artículos ciento ochenta y nueve, ciento noventa y ciento noventa y uno de la Ley General de Sociedades

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